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CULTURAL MADRID 13-03-1998 página 55
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  • EdiciónCULTURAL, MADRID
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13 de marzo de 1998 A B C de la ciencia ALGUNAS voces autorizadas han reclamado rápidamente el establecimiento de reglas jurídicas para regular los derechos sobre la reserva de millones de toneladas métricas de agua descubierta por la NASA en el satélite terrestre nes de pesetas, cifra equivalente a la novena parte del Producto Interior Bruto (PIB) de España. No es extraño, por tanto, que surja un interrogante inmediato: ¿A quién pertenece esta valiosa reserva de hielo? ¿A su descubridor, Estados Unidos? Según el Tratado de Naciones Unidas sobre el Espacio Exterior, firmado en 1966 Í ninguna nación puede arrogarse derechos de propiedad sobre la Luna. Sin embargo, algunas voces autorizadas han reclamado rápidamente el establecimiento de reglas jurídicas para regular los derechos sobre el agua del satélite terrestre. Entre ellas destaca la de Philip Chapman, astronauta de la NASA que ahora trabaja en el Centro para Empresas en el Espacio, con sede en Scottsdale (Arizona) y la de Lawrence Roberts, de la Escuela Legal Setton Hall, en New Jersey. La propia Agencia espacial norteamericana se ha encargado de introducir el debate a través del web de la misión Lunar Prospector la nave que ha proporcionado el espectacular descubrimiento. Incluso uno de los principales artífices del hallazgo, William Feldman, responsable del instrumento científico que ha detectado el hielo lunar, advirtió hace semanas que si se encontraba agua, la Luna se convertiría en una tierra de promisión, como en su día fueron las minas de oro de Okiahoma. Las propiedad es un rasgo humano, tan común como el aire que respiramos. Los Gobiernos deben asegurar la justicia con leyes razonables que, a la vez, refuercen a la sociedad dice la NASA al respecto. El problema, según apuntan los expertos, es que el Tratado del Espacio Exterior presenta lagunas legales en relación con los recursos naturales extraterrestres. Aunque la posibilidad de que existiera agua en los casquetes lunares fue propuesta en 1961 por tres investigadores del Instituto Tecnológico de California (Kenneth Watson, Bruce C. Murray y Harrison Brown) el Tratado de Naciones Unidas ratificado cinco años después respondía, en realidad, a la utilización del espacio 1O DAVÍA no ha entrado en vigor el Tratado de la Luna, que permite deforma ambigua la explotación de los recursos extraterrestres por parte de un país, siempre que estas riquezas naturales beneficien a todo el género humano por parte de las dos superpotencias militares, Rusia y Estados Unidos, que para entonces habían enviado ya sus primeros satélites al espacio. Para prevenir una guerra nuclear en un teatro de operaciones espaciales, Naciones Unidas creó en 1959 el Comité de Usos Pacíficos del Espacio Exterior (COPUOS) formado por representantes de once países. Actualmente, este Comité reúne a miembros de 54 naciones y sus decisiones deben ser aceptadas tras alcanzarse un consenso mayoritario, lo que ahora es mucho más complicado que cuando fue creado. Cuando se alcanza el acuerdo, la decisión tomada es votada por la Asamblea General, donde sólo es necesaria una mayoría simple para la aprobación y no existe derecho de veto, como ocurre con el Consejo de Seguridad. El principal fruto de esta iniciativa fue el Tratado sobre el Espacio Exterior, firmado por 96 países y considerado como la Carta Magna del Espacio. Similar al Tratado Antartico, previene que ningún país puede reclamar propiedad sobre ningún objeto planetario, aunque deja la puerta abierta para que empresas privadas realicen exploraciones del Sistema Solar. Y es aquí donde algunos expertos ven el principal problema, ya que el derecho espacial no deja suficientemente claro si individuos o compañías privadas pueden reclamar aquellos territorios de lunas, planetas, asteroides o cometas a donde lleguen por sus propios medios, al igual que realizan las empresas que se dedican al rescate de tesoros hundidos en nuestros océanos. Estas dudas legales se deben en gran parte a que uno de los cuatro principales documentos del COPUOS, el Tratado de la Luna (1979) todavía no ha entrado en vigor. El objetivo de este texto internacional, que no ha firmado Estados Unidos ni Rusia, es asegurar que ningún país pueda reclamar objetos cósmicos para su propia- dad, sino sólo en nombre de la Hu- íSíí 55

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