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BLANCO Y NEGRO MADRID 08-09-1935 página 166
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BLANCO Y NEGRO MADRID 08-09-1935 página 166

  • EdiciónBLANCO Y NEGRO, MADRID
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y Jos intereses de los créditos y préstamos con garantía de valores mobiliarios y personales en el Banco de España, y a su tenor en la lianca privada. Y, por último, el Consejí) Superior Bancarío acuerda e Jas cuentas corrientes abiertas por los particulares en los Bancos y Banca pivada rediíúen el 1,25 por 100, a la vista, en vez del 1,50, que empezó a regir, contra el 2 por 100, el I. de enero del año en curso y que las libretas ordinarias de ahorro devenguen el 2,50, contra el s y el 3,50 precedentes, J s imposiciones a seis meses disfrutarán el 3, contra el 3,60 de ambos períodos anteriores, y las consignadas a un año, el 3,50, contra e! 4. Tenemos, pues, una transformación en sentido regresivo para ei interés, especialmente dentro del año actual. No ha sido unánime ¡a baja del ínteres de reterencia, sobre todo en las cuenias corrientes: elenientos muj destacados ban opinado que no debiera producirse esta regresión en la cuantía indicada, por estimar que la baja en tal proporción no está consolidada nt corresponde a la general del país, en cuanio al poder liberatorio de la neseta. Esta misma teoria la hemos defendido en otros artículos, al decir que los elementos de retribucjón del capital tienen que l a r coordinados íntimamnte y que, en tanto no decaiga la retribucicín a la mano de obra ni se aminoren los impuestos, la prwlucción ño puede reducir el coste de sus artículos y el capitalista se encuentra con un menor interés, deducido de sus patrimonios, sin la ventaja de hallar una compensación en la compra de los elementas que a diario necesita para subsistir. No suelen tener eficacia las medidas restrictivas de! Poder público cuando no se determina esa coordinación necesaria entre el productor y el consumidor. La Historia nos da vivos ejemplos de la esterilidad de las imposiciones oficiales no entrelazadas a la vida real económica deJ país. Napoleón, en sus tiempos de máximo poder, decretó la tasa del trigo y fué lerogada sin haber surtido los efectos que el gran conquistador se proptisiera. Recientemente, hemos visto en Espana no pocas ordenanzas, referentes también a dicho cereal, incluso la tasa, y es notorio que no ha podido subsistir con fuerza y vigor naturales esa serie de disposiciones erróneas desde su base, por la razón de iue hay que establecer ima correlación lógica y efectiva entre los intereses de la producción privada y los del Poder público. O t r o caso reciente nos lo suministra Franda, cuya economía, a pesar de los decretos- leyes íle Laval. sigue alterada y no sólo no han bajado en la cuantía prevista determinados artículos, sino que han subido otros, dejando la carestía de la vida casi en SH nivel anterior a estas determinaciones l e a l e s El comercio francés, que, en algún caso ha disminuido inchiso volan- tartamente sus precios, no sigue con risrurosa preceptiva los mandatos y las Prcfacturas no pueden dominar el problema conforme a los témiinos legales, ¿Y por qué esta disparidad y estas disensiones? Porque las leyes económicas ticnen fueros que no pueden quebrantarse impunemente. No importa que los Parlamentos y los Gobiernos decreten leyes y órdenes: lo que importa es que estén concebidos a base de la correlación que tiene que imperar entre la producción y el trabajo y entre los elementos y las tasas de retribución al capital. Y mientjas estos términos no estén aj- untados, no serán jamás eficaces las disposiciones gubernamentales. F u n d a m e n t o y ¡ustificación del i n t e r é s La noción del interés descansa únicamen g en los servicios que el capital es susceptible de rendir. Si el capital es, por su naturaleza, propio d producir utilidad, el interés será el resultado de esta utilidad, pero este elemento está sujeto a la influcnci de la oferta y la demancti, como todo otro elemento económico, y la demanda del capital está determinada por el tipo del interes. No haría falta probarlo, pero si n el momento actual una entidad de solvencia absoluta ofreciera una emisión al tipo de 6 por 100, por ejemplo, sería tal e! ñumerario demandado, que el rorrnteo se reduciría al más mínimo coeficiente. Y viccversa, si por mucha responsabilidad financiera que tuviese una empresa y por muy alto que fuera su crédito invitara a suscribir valores al los por ciento, el capital se abstendría dé acudir, La tasa del interés debe estar en relación directa con eJ poder adquisitivo de la n oiieda nacional, dentro de los límites en ¡ne universalmente se sitúan los tipos del interes en cada país. El capital español se ha visto n estos últimos meses acorralado- sta es la palabra- -rpor las reducciones de rendimiento y en los valores públicos, en las cédulas hipotecarias, en ¡as obligaciones de buena garantía, en el interés de las cuentas corrientes, en el de las libretas de ahorro, en todos cuantos elementos producen un interés, la baja se ha manifestado y el capital no tiea e otra acción sino someterse al imperio de tales fenómenos hasta poder deducir si se mantienen o se modifican, Es más fácil ílegar a estas alturas de cotización de valores y de estimación de patrimonio provocadas por las bajas retributivas, que mantenerlas. Els más fácil, asimismo formar un capital que sostenerlo. Es más fácil también llegar a la cima que perpettiarse en ella, porque las condiciones de habitabilidad en ésta exigen más esfuerzos que en ei valle. (La sida del hombre no puede desarrollarse a una altura sui t- rior a Jos 4.500 ó 5.00 Q metros.

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