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BLANCO Y NEGRO MADRID 10-03-1935 página 159
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BLANCO Y NEGRO MADRID 10-03-1935 página 159

  • EdiciónBLANCO Y NEGRO, MADRID
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El valor de la vida humana en los atropellos de automóvil Por JUAN SEGURA I usted, lector, es automovilista, ¿ha pensado en la posibilidad de que se atraviese ante el radiador de su coche un personaje de la política o de los negocios convertido en un vulgar peatón? El caso es remoto, pero posible, y si sobreviniese, ¿a cuánto ascendería la indemnización que fijarían los tribunales por la muerte o por la inutilidad física causada a la víctima? El valor de la vida humana no se resiente de las bajas de precios. P o r el contrario, la vida y la integridad de las personas van alcanzando precios muy considerables en el mercado trágico y desconcertante de las indemnizaciones. Los juristas han sentado distintas doctrinas para poder llegar a la valuación exacta de la vida y de la integridad humana, con objeto de efectuar una reparación efectiva de las mismas. Unos han buscado, partiendo de la edad de la víctima en el momento del accidente, los años de vida de que probablemente habría disfrutado aquélla. Otros han tenido en cuenta, de manera predominante, el valor de producción destruido por la muerte o por la invalidez de la víctima. Desde el Fuero Juzgo, que señalaba un criterio uniforme de indemnizaciones, condenando al homicida por imprudencia al pago de una libra de oro, cualquiera que fuese la categoría de la víctima, el problema ha constituido! a preocupación de los legisladores y de los tribunales. En Norte América han llegado a establecer ciertas tarifas a tanto alzado, variables según la edad de la víctima. E n E s paña el problema está, en cierta manera, inédito, pero las recientes orientaciones de los tribunales marcan un aumento considerable en la cuantía de las indemnizaciones, y existen precedentes muy recientes, como una sentencia de la Audiencia de Granada, que ha condenado a 80.000 pesetas de indemnización por la muerte de un profesor de Normal. E s ta alza de precios en los valores humanos ha puesto de relieve en el extranjero un problema muy grave con relación al seguro de responsabilidad civil, que es el siguiente: S bastan para indemnizar los daños causados, pero, ¿es que el seguro se contrata para et caso normal? Evidentemente que no. El seguro está destinado a domar las fuerzas ciegas del azar, sometiéndolas a una ley racional de previsión, y el asegurado tiene derecho a que se le garanticen hasta las últimas consecuencias de un accidente. Los automovilistas extranjeros han planteado el problema a las Compañías de seguros, con el grito de guerra de que a una responsabilidad ilimitada corresponde una garantía ilimitada, y entonces ha surgido la fórmula del seguro total, que constituye la más moderna y perfecta conquista del seguro de responsabilidad, por el cual se garantizan al asegurado todas las consecuencias de un accidente, cualquiera que sea su valor. Ello ha costado muchas discusiones entre las Compañías y entre los graves tratadistas, pero es evidente que ha proporcionado la tranquilidad necesaria a los automovilistas de los países que disfrutan de esta combinación. Parece que va a introducirse en España está fórmula de garantía total. N o creemos que usted, lector automovilista, sienta deseos de atrepellar en el mismo día y sin darle importancia a una gloria del toreo, un artista famoso y un multimillonario conocido, pero si creemos que se sentirá usted más tranquilo en el volante si sabe que, aunque tenga la desgracia de producir una catástrofe, la Compañía pagará todas las indemnizaciones necesarias. ¿Cuáles serán las consecuencias en lo futuro de esta forma novísima y ultraperfecta del seguro? E n Francia se objetó por sus adversarios que esta combinación proporciona tan absoluta seguridad a conductor, que puede aflojar los resortes de su atención y de su prudencia. No creemos, sin embargo, que la argumentación revista verdadera solidez. La casi totalidad de los atropellos no provienen de falta de interés por parte del conductor, sino de taras psicológicas del mismo, que le producen en ciertos momentos una disminución de las facultades necesarias para reaccionar de manera conveniente ante un ca? o de peligro. El nuevo Código de Circulación español recoge esta tesis y pretende buscar el remedio de ello mediante un examen riguroso de las facultades psicológicas del conductor, a quien no se deberá dar el título de conducción sin demostrar que posee las mínimas aptitudes psíquicas y físicas para conducir sin peligro de sus semejantes. Por nuestra parte, votamos decididamente en favor de la nueva fórmula, aunque sólo sea pensando en que mediante ella las víctimas encontrarán la posibilidad de hacer efectivas las indemnizaciones por elevada que sea su cuantía. Se puede, por ejemplo, fijar de antemano el valor de una casa, y, por consiguiente, el límite de los daños posibles por incendio de la misma, pero en la responsabilidad civil no se puede determinar con antelación hasta dónde llegará el coste de un accidente. Sin embargo, las Compañías de seguros han exigido hasta ahora a sus clientes que determinen un límite, a partir del cual se conviertan en propios aseguradores, y los automovilistas tienen siempre sobre sí el peligro de apuntar bajo en el cálculo d l a s consecuencias y de resultar directamente responsables de una suma que cause su ruina. Naturalmente que en los casos normales las cifras presupuestas

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