Archivo ABC
ArchivoHemeroteca
ABC MADRID 09-10-2018 página 38
ABC MADRID 09-10-2018 página 38
Ir a detalle de periódico

ABC MADRID 09-10-2018 página 38

  • EdiciónABC, MADRID
  • Página38
Más información

Descripción

38 SOCIEDAD MARTES, 9 DE OCTUBRE DE 2018 abc. es conocer ABC Los jueces consideran a Vela autor del robo de un bebé pero lo absuelven Los magistrados argumentan que el delito de sustracción de Inés Madrigal al nacer ha prescrito LAURA DANIELE MADRID Seis años de batalla judicial le han costado a Inés Madrigal conseguir que un juez admitiera que fue robada al nacer y entregada a un matrimonio de forma ilegal en 1969. Ese reconocimiento llegó ayer en forma de una sentencia pionera. Se trata de la primera vez que la Justicia reconoce un caso de bebé robado en toda Europa. Para Inés, sin embargo, fue un trago agridulce ya que la Sección séptima de la Audiencia Provincial de Madrid decidió absolver al médico que la sustrajo de su madre biológica. En el fallo, los magistrados consideran que el acusado, el doctor Eduardo Vela, es autor de ese delito, pero consideran que los hechos denunciados están prescritos. Los jueces argumentan que el ginecólogo de 85 años de edad es culpable de los tres delitos de los que estaba acusado y por los que la Fiscalía pedía once años de prisión: detención ilegal, suposición de parto y falsedad en documento oficial. El fallo considera que en el juicio quedó probado que el ginecólogo sustrajo a Inés Madrigal una niña de pocos días de edad a su madre biológica y la entregó fuera de los cauces legales al matrimonio formado por Inés Pérez y Pablo Madrigal, simulando la existencia de un parto que no se había producido y estableciendo una filiación falaz Todo ello añade la sentencia sin que conste que hubiera mediado consentimiento, ni tan siquiera conocimiento por parte de los progenitores del recién nacido, siendo el acusado, la persona que hizo la certificación falaz acerca del supuesto parto de Inés Pérez, a sabiendas de que tal hecho no era cierto Pese a quedar demostrado que el ginécologo cometió los tres delitos cuando era director de la madrileña clínica San Ramón, la Sala precisa que los hechos denunciados por Madrigal han prescrito. Arriba, el doctor Vela, durante el juicio. A la izq. Inés Madrigal, ayer, en la Audiencia Provincial de Madrid Recurriremos ante el Supremo Ahora tenemos la obligación de recurrir ante el Tribunal Supremo aseguró ayer Guillermo Peña, abogado de Inés Madrigal. Para el letrado es un gran paso que el Tribunal haya considerado probada la filiación forzosa de Inés pese a aplicar en el fallo la prescripción del delito. Según recordó, la prescripción de los delitos de sustracción de menores no es un tema demasiado pacífico en la jurisprudencia No puede prescribir un delito cuando alguien no es consciente del mismo. Tenemos la obligación de ir al Supremo recordó. El letrado tiene cinco días para anunciar la presentación del recurso ante el Supremo. Una de cal y otra de arena El fallo reconoce que me arrebataron a mi madre biológica, pero no estoy de acuerdo con la absolución. Pensé que los jueces iban a ser más valientes Detención ilegal, el más grave La Sala entiende que la prescripción depende de la del delito de mayor gravedad de los tres cometidos: la detención ilegal Inés Madrigal denunció su sustracción cuando, según los jueces, ya había vencido el plazo para su denuncia. Según el artículo 131 del Código Penal, el tiempo de prescripción es de diez años a partir de que la víctima cumple 18 años. Madrigal alcanzó su mayoría de edad el 4 de ju- nio de 1987, pero no presentó la denuncia hasta abril de 2012, quince años después de que el delito había prescrito. Pensé que los jueces iban a ser más valientes y no se iban a detener en esto aseguró ayer Inés Madrigal, tras la notificación de la sentencia en la Audiencia Provincial y a la que no asistió el doctor Vela. Los magistrados recuerdan en su fallo que, pese a que el delito de detención ilegal continúa ejecutándose mientras se mantiene la situación de encierro o privación de libertad esta limitación de libertad termina en el momento en que el menor alcanza la mayoría de edad, puesto que es a partir de ese momento cuando ya su libertad se ejercita de modo independiente, sin precisar del auxilio de sus tutores Según añaden los magistrados, en el caso de Inés Madrigal la mayoría de edad de la denunciante coincide con la toma de conocimiento de las circunstancias de su situación familiar, por lo que, evidentemente, a partir de ese momento pudo realizar las pesquisas y acciones que tuviera por conveniente, ya que no dependía para el ejercicio de su derecho de persona alguna, y su libertad, hasta entonces limitada, queda expedita dice la resolución. Inés Madrigal siempre ha sostenido que decidió denunciar su caso después de que en 2010 comenzaran a salir en AFP los medios de comunicación casos de bebés robados vinculados a la clínica San Ramón, donde ella había nacido. Fuentes judiciales explicaron que el tribunal plantea en su fallo un reproche penal al acusado, aunque no aplica ninguna sanción penal Ha sido una de cal y otra de arena. La sentencia reconoce que me arrebataron a mi madre biológica pero no estamos de acuerdo con la absolución del doctor Vela aseguró ayer Madrigal. Se estima que alrededor de 300.000 recién nacidos fueron sustraídos entre 1940 y 1990 en España, según la asociación SOS Bebés Robados. Cerca de 30.000 han sido denunciados, aunque solo éste se ha juzgado.

Te puede interesar

Copyright (c) DIARIO ABC S.L, Madrid, 2009. Queda prohibida la reproducción, distribución, puesta a disposición, comunicación pública y utilización, total o parcial, de los contenidos de esta web, en cualquier forma o modalidad, sin previa, expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa, a salvo del uso de los productos que se contrate de acuerdo con las condiciones existentes.