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ABC MADRID 28-06-2018 página 22
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  • EdiciónABC, MADRID
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22 ESPAÑA JUEVES, 28 DE JUNIO DE 2018 abc. es espana ABC A LAS PUERTAS DE LA SUSPENSIÓN ORIOL JUNQUERAS EX VICEPTE. DE LA GENERALITAT JORDI TURULL EXCONSEJERO DE PRESIDENCIA JOSEP RULL EXCONSEJERO DE TERRITORIO RAÜL ROMEVA EXCONSEJERO DE EXTERIORES En prisión preventiva desde el 2 de noviembre, obtuvo escaño en las autonómicas de diciembre. El juez abrió la puerta a que se le permitiera delegar el voto Tras un mes en prisión, fue excarcelado en diciembre. Volvió a entrar en prisión el 23 de marzo, tras ser procesado. También tiene el voto delegado Al igual que Turull ingresó en prisión en noviembre y un mes después salió en libertad bajo fianza. En marzo volvió a entrar y delegó su voto Como Turull y Rull, su prisión ha sido intermitente: primero un mes, y tras casi cuatro libre, volvió a entrar preso. Delegó el voto para que cuente en los plenos El TS avala el delito de rebelión el 1- O porque en Cataluña hubo un alzamiento El procesamiento firme de los secesionistas implica la suspensión de siete diputados N. VILLANUEVA L. P. ARECHEDERRA MADRID No es descabellado sostener que existe un alzamiento cuando las autoridades legítimas de una comunidad autónoma, integrada como una parte de España, deciden, desde el ejercicio del poder, derogar de hecho la Constitución, el Estatuto y el resto del ordenamiento jurídico negando la autoridad al Estado y constituyéndose en un poder político absolutamente autónomo, utilizando así de forma torticera un poder que les fue conferido con otras y muy diferentes finalidades Así de contundente se muestra la Sala Penal del Tribunal Supremo en el auto en el que confirma el procesamiento por rebelión, malversación y desobediencia de los 15 líderes independentistas que recurrieron la resolución del juez Llarena del pasado 23 de marzo. Otros diez no lo hicieron, por lo que su procesamiento ya era firme desde hacía semanas. La decisión del Supremo, que sitúa ya a los golpistas a las puertas del banquillo, es clave: primero, porque supone un aval a la instrucción que el juez Pablo Llarena ha llevado a cabo en los últimos meses entre críticas a su falta de imparcialidad y a acusaciones de persecución política; segundo, porque contempla, al igual que el instructor, que el proceso rupturista que desembocó en la declaración unilateral de independencia se encuadra en el delito de rebelión; y tercero y consecuencia de lo anterior porque esa calificación jurídica supondrá la suspensión de sus cargos públicos de los siete procesados que los ostentan, pues son diputados en el Parlamento de Cataluña. El artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que fir- Torra, en Washington, junto a Andrew Davis EFE me un auto de procesamiento lo que ocurrió ayer y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión Es la primera vez que se aplica este precepto para un delito de rebelión y supone adelantarse unos meses a una inhabilitación que, de acordarse, ya sería en sentencia, es decir, después del juicio. La aplicación de este precepto afecta a los presos Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Jordi Sànchez, y a los huidos de la Justicia española Carles Puigdemont y Antoni Comin, estos dos últimos con orden de detención e ingreso en prisión vigente en España. Actos de violencia LOS SIETE ACUSADOS DE REBELIÓN NO PODRÁN VOTAR El independentismo pierde la mayoría parlamentaria DANIEL TERCERO BARCELONA La primera consecuencia política del auto de la Sala Penal del Tribunal Supremo (TS) es que el secesionismo perderá la mayoría absoluta en el Parlamento de Cataluña. Actualmente, Junts per Catalunya (JpC) ERC y la CUP suman 70 escaños. Pero, Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull, Raül Romeva y Jordi Sànchez, más Toni Comín que ya había retirado su derecho a delegar el voto perderán sus derechos (votar, delegar y cobrar sueldos) como diputados autonómicos, en cumplimiento del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. De esta manera, los independentistas tendrán 63 votos en la Cámara autonómica. Por 65 que suman Cs, el PSC, los comunes y el PP. A partir de ahora, JpC y ERC tendrán que decidir si mantienen el escaño de los siete encausados en el TS o, por el contrario, estos renuncian al escaño para no perder la mayoría parlamentaria mientras se mantenga su situación judicial. Ayer, tras conocer la decisión de la Sala Penal, Cs registró un escrito en el Parlamento de Cataluña advirtiendo a los letrados de las consecuencias que se derivan si no se acata el auto del Supremo y recordando que la decisión del Alto Tribunal supone la suspensión temporal automática de los acusados. La Sala Penal afirma que los indicios disponibles en este momento procesal permiten considerar que la calificación de los hechos como rebelión es suficientemente razonable como para no descartarla de modo absoluto Reconoce que aunque el término rebelión evoca los pronunciamientos militares el Código Penal no exige el empleo de armas para apreciar el delito. De hecho, esgrimirlas supone solo una agravante del tipo delictivo básico. Los magistrados recuerdan que los actos de violencia encaminados a la celebración del referéndum del 1- O, fueron asumidos y alentados directa o indirectamente por los autores del plan rupturista que, ante la imposibilidad de una negociación orientada a ese objetivo, planearon la movilización popular y el enfrentamiento físico con los agentes representantes del Estado como la forma de obligar a este a claudicar y aceptar aquella declaración y el mismo hecho de la independencia La Sala avala también el delito de malversación, pues a través del engaño se desviaron fondos para el 1- O.

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