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ABC MADRID 27-06-2018 página 43
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  • EdiciónABC, MADRID
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ABC MIÉRCOLES, 27 DE JUNIO DE 2018 abc. es conocer SOCIEDAD 43 El Constitucional obliga a eliminar datos de las hemerotecas digitales El Tribunal se pronuncia por primera vez sobre el derecho al olvido NATI VILLANUEVA MADRID DOBLADO Un largo proceso Fuera de los buscadores En su primera sentencia, el Supremo aceptó que la noticia de los años 80 sobre su implicación en un caso de tráfico de estupefacientes no apareciera ya en los grandes buscadores de Internet. Ángel Boza, uno de los cinco de La Manada en el juzgado de Sevilla La Manada no podrá acercarse a la víctima de Pozoblanco Podrán recibir un subsidio especial de 430 euros al mes durante año y medio F. POYATO M. J. PEREIRA CÓRDOBA SEVILLA La juez que instruye la causa abierta en Pozoblanco contra cuatro integrantes de La Manada por un presunto abuso sexual contra una joven de 21 años decretó ayer una orden de alejamiento contra los acusados para preservar a la víctima. Según ha podido confirmar ABC de fuentes judiciales, la orden se extiende hasta los 500 metros del lugar donde resida la joven así como de su punto de trabajo y aquellos sitios que frecuente, así como la prohibición de comunicarse con ella. Esta decisión fue notificada a las partes el lunes y horas después de que los miembros de La Manada fueran puestos en libertad provisional y pasaran por la sede judicial de Sevilla a firmar ante el juez. Según ha podido saber ABC, la agredida se encuentra bien aunque afectada cada vez que salta a los medios de comunicación la condena por el caso de San Fermín. La joven compareció ante la juez de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Pozoblanco a petición propia a finales de mayo pasado para declarar en la que sería al menos su tercera comparecencia desde que se abrió el proceso. La víctima acudió al juzgado para dejar claro que el vídeo donde se observa el presunto abuso habría sido grabado sin su consentimiento, al igual que su difusión a través de diferentes chats de la aplicación WhatsApp por parte de los acusados. La defensa sigue manteniendo como principal argumento para cerrar la causa un tema procedimental al entender que el vídeo, que es la principal causa probatoria de los hechos, se habría obtenido de manera ilícita y en el contexto de otra investigación. Este caso se inició después de que la Policía Foral de Navarra diera con el vídeo del supuesto abuso cometido contra esta joven en el contexto de la investigación de Pamplona. El documento audiovisual llevó a los agentes hasta la chica de Pozoblanco quien interpuso la correspondiente denuncia de manera posterior siendo remitido el caso a los juzgados de Pozoblanco. Ayuda económica Los miembros de la Manada podrán cobrar durante 18 meses un subsidio especial para liberados de prisión por haber estado privados de libertad más de seis meses, según Carmen García Rivero, portavoz del Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria del Colegio de Abogados de Sevilla. La ayuda, de 430 euros mensuales, pueden pedirla una vez que estén inscritos en el registro del Servicio Público de Empleo. De los cinco miembros de la Manada, podrían pedir este subsidio de desempleo al menos tres, ya que dos de ellos- -el militar Alfonso Jesús Cabezuelo Entrena y el guardia civil Antonio Manuel Guerrero Escudero- -están recibiendo un porcentaje de su sueldo, aunque están suspendidos de empleo. Los tres que podrían pedir el subsidio serían José Ángel Prenda Martínez sin estudios superiores, al que no le consta ningún trabajo desde 2013; Ángel Boza Florido, quien ya tenía antecedentes por robo con fuerza; y Jesús Escudero Domínguez, que trabajaba con su tío en una peluquería. La práctica de indexar los nombres y los apellidos de personas que no tengan relevancia pública para su uso por el motor de búsqueda interno de un Sí en las hemerotecas medio de comunicación debe ser liPero rechazó su petición de mitada, idónea, necesaria y proporcioque las propias hemerotecas nada al fin de evitar una difusión de de los medios tuvieran que la noticia lesiva de los derechos al hoborrar su rastro. Sostuvo que nor e intimidad. Así lo asegura el Trila noticia podía permanecer en bunal Constitucional en una sentensu integridad, incluyendo los cia en la que por primera vez se pronombres y apellidos de los nuncia sobre el derecho al olvido afectados. Los magistrados estiman el recurso de amparo interpuesto por dos persoFuera de la hemeroteca nas que consideraron vulnerado su hoLos afectados presentaron un nor, intimidad y protección de datos recurso de amparo respecto a por el uso de las tecnologías de intereste punto y ahora el Constitunet, al aparecer sus nombres y apellicional corrige al Supremo, dos en los buscadores de hemerotecas extendiendo el alcance del digitales. Ambos alegaban que permiderecho al olvido a las hemerotir esta búsqueda vulneraba su deretecas digitales. cho al olvido, recogido el art. 17 del Reglamento de Protección de Datos de la Unión Europea, como derecho a la supresión de los datos personales. El fallo recurrido por los demandan- ción de los documentos informativos, tes era el dictado por el Tribunal Supre- para facilitar el acceso a la información mo el 15 de octubre de 2015 sobre un de todos los usuarios de internet. caso de tráfico y consumo de drogas en La sentencia explica que en estos los años 80. La Sala Civil había recha- casos podría ponerse en duda la prezado la eliminación de los nombres y valencia del derecho a la información apellidos de la información recogida en sobre el derecho a la intimidad de una la hemeroteca o que los persona que, pasado un datos personales contenilapso de tiempo, opta por Solo iniciales dos en la información no solicitar que estos datos No son puedan ser indexados por e información, que punecesarios los el motor de búsqueda indieron tener relevancia datos personales pública en su día, sean olterno de la hemeroteca, porque nada pues consideró que estas vidados medidas suponían una agregan al interés El fallo concluye que restricción excesiva de la debe tenerse en cuenta que de la noticia libertad de información los motores de búsqueda vinculada a la existencia internos de los sitios web de las hemerotecas digitales. cumplen la función de permitir el hallazgo de la noticia y que esa función queEl paso del tiempo da garantizada aunque se suprima la poEl TC recuerda ahora que la libertad sibilidad de efectuar la búsqueda acude información constituye no sólo un diendo al nombre y apellidos de las derecho fundamental de cada persona personas en cuestión, que no tienen resino también una garantía de la forma- levancia pública alguna. Por tanto, siemción y existencia de una opinión públi- pre será posible, si existe una finalidad ca libre y plural, capaz de adoptar de- investigadora en la búsqueda de inforcisiones políticas a través del ejercicio mación alejada del mero interés periode los derechos de participación pero dístico en la persona investigada, locaeste derecho no es absoluto, sino que lizar la noticia mediante una búsqueda debe ser modulado por dos elementos: temática, temporal, geográfica o de cualuno, el valor del paso del tiempo a la quier otro tipo No así los datos persohora de calibrar el impacto de la difu- nales de los solicitantes del amparo, que sión de una noticia sobre el derecho a nada agregan al interés de la noticia y la intimidad del titular de ese derecho; cuya filiación se puede hacer constar y dos, la importancia de la digitaliza- sólo con iniciales.

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