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ABC MADRID 25-04-2018 página 17
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  • EdiciónABC, MADRID
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ABC MIÉRCOLES, 25 DE ABRIL DE 2018 abc. es espana ESPAÑA 17 PSOE y Podemos no logran impedir la ley exprés antiokupas PP, Cs y PNV apoyan la iniciativa de PDECat para poder desalojar en menos de 20 días S. E. MADRID La Comisión de Justicia del Congreso aprobó ayer la proposición de ley del PDECat que modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil con el fin de acelerar el proceso para agilizar el fin de la ocupación ilegal de una vivienda en determinados supuestos de propiedad, informa Europa Press. La iniciativa, una vez enmendada, ha contado con el respaldo del PP, Ciudadanos y el PNV, mientras que el PSOE, Unidos Podemos- En Comú Podem- En Marea, ERC y Compromís han votado en contra. El texto ha sido remitido al Senado para completar su tramitación. Finalmente los socialistas se han descolgado de un texto que, en gran medida, habían acordado y respaldado en la fase de ponencia, lo que ha sido afeado por diferentes grupos durante el debate en Comisión. Según alegan, el resultado final no tiene medidas concretas contra los extorsionadores, sino contra los ocupantes Modificación de la ley La norma ha acabado definiéndose como una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con la ocupación ilegal de inmuebles pese a que en un primer momento fue presentada como una modificación para regular un procedimiento específico para garantizar la posesión de viviendas titularidad de propietarios personas físicas y para asegurar a las entidades sociales y a las administracio- nes públicas la disponibilidad de las viviendas en su haber destinadas a alquiler social En la votación de enmiendas en la Comisión se han excluido del proceso de desahucio exprés a las entidades privadas y gestoras de un fondo de viviendas destinadas al alquiler social, que venían incluidas en el texto aprobado por la ponencia, lo que abría la puerta a que entidades financieras o fondos buitre pudieran acogerse a estos procedimientos. Según la propuesta finalmente aprobada, podrán pedir la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento las personas físicas propietarias de vivienda, entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social En este caso, se trasladará una notificación a los ocupantes, extensible a aquellos que en ese momento no se encuentren en la vivienda. Desde entonces, se exigirá a estos ocupantes que justifiquen la situación de posesión. Ante esto, exclusivamente podrán fundamentar su oposición a la demanda en la existencia de título suficiente para poseer la vivienda o en la falta de título por parte del demandante. En caso de no aportarse justificación suficiente, el tribunal ordenará mediante auto la inmediata entrega Un desalojo en Parla (Madrid) en abril de 2014 de la posesión de la vivienda Contra este auto, reza la ley, no cabrá recurso alguno y se llevará a efecto contra cualquiera de los ocupantes que se encontraren en ese momento en la vivienda Asimismo, también se dictará sentencia de inmediato en caso de que el demandado no contestara al requerimiento en el plazo previsto de cinco REUTERS días. La ley, además, posibilita la ejecución, si así lo solicitara el demandante, sin la necesidad de que transcurra el plazo de 20 días previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Servicios públicos La ley contempla la comunicación a los servicios públicos competentes en materia de política social en diferentes fases del proceso si procediera su actuación aunque no de oficio sino una vez se obtuviera consentimiento de los interesados La primera de ellas, en caso de identificarse a los ocupantes al efectuar la notificación de la demanda, al acordarse la entrega de la posesión de la vivienda y el desalojo y también cuando se fije la fecha para ejecutar el desahucio. ¿Y el PSOE? Se han descolgado del texto que apoyaron al inicio porque no tiene medidas contra los extorsionadores De inmediato La sentencia contra el okupa se dictará de inmediato si el demandado no contesta en cinco días

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