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ABC MADRID 20-03-2018 página 41
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ABC MARTES, 20 DE MARZO DE 2018 abc. es conocer SOCIEDAD 41 El TC se inclina por avalar las subvenciones públicas a colegios que segregan por sexos El Pleno aborda por cuarta vez el recurso del Grupo Socialista contra la Lomce NATI VILLANUEVA PALOMA CERVILLA MADRID Medidas de la Lomce revertidas Incremento ratios alumno aula La Lomce aumentó un 20 el número de alumnos por clase. Esta medida fue revertida en los Presupuestos de 2016, que incluyó una tasa de reposición del 100 La ratio máxima permitida volvió a ser la prevista en la normativa básica. En Educación Primaria se pasa de 30 a 25 alumnos máximo; en Educación Secundaria Obligatoria de 36 a 30 y en Bachillerato de 42 a 35. grados y máster universitarios en función de los costes reales, que serían diferentes y más altas para los máster no habilitantes. La decisión quedó en manos de las autonomías, dentro de los límites que establecía la Conferencia General de Política Universitaria. En la Ley de Presupuestos de 2017 se redujeron las horquillas de los no habilitantes para acercarlos a los habilitantes y a los Grados. José Ignacio Wert El Tribunal Constitucional tiene previsto abordar en el Pleno que comienza hoy una ponencia favorable a mantener las subvenciones públicas a centros educativos concertados que segregan a los alumnos por sexo. Según ha podido saber ABC de fuentes solventes, la mayoría de los magistrados se inclinan por apoyar que se mantengan estas ayudas, si bien lo harán muy divididos, de lo que da fe el hecho de que esta sea la cuarta vez que el asunto se lleve al Pleno. Sin embargo, y a diferencia de las anteriores, todo apunta a que en esta ocasión habrá sentencia. La financiación de la educación diferenciada es uno de los aspectos más polémicos de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) reforma promovida por el exministro José Ignacio Wert. Y es uno de los puntos cuestionados por el Grupo Socialista, cuyo recurso (hay otros cuatro pendientes) es el que hoy estará sobre la mesa de los magistrados. El apartado 3 del artículo 84 de la ley señala que no constituye discriminación la admisión de alumnos y alumnas o la organización de la enseñanza diferenciada por sexos y que la elección de esta educación no puede implicar en ningún caso un trato menos favorable Sustituciones de menos de diez días La Lomce establecía un plazo mínimo de diez días para sustituir las ausencias y bajas de los profesores en educación no universitaria. Los Presupuestos de 2016 modificaron esta medida en estos supuestos: alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, centros docentes que tengan menos de dos líneas educativas, segundo curso de Bachillerato y si la ausencia es por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento. Modalidades en Bachillerato La oferta de modalidades en Bachillerato ya no es aplicable con la nueva organización de la Lomce, ya que el Bachillerato no tiene modalidades. Plazas de ingreso universitario Se estableció que los costes del personal fueran autorizados por la autonomía dentro de la normativa básica sobre Oferta de Empleo Público. El Real Decreto- ley 10 2015, avala que las plazas cubiertas en concurso para la provisión de plazas vacantes en las universidades públicas no computan en la oferta de empleo en 2017 se hace extensiva para el 90 de interinos. Precios de matrículas La Lomce establecía horquillas de precios públicos para los Más puntos cuestionados Junto con la educación diferenciada, los socialistas dudan también de que sea constitucional eliminar la participación en el consejo escolar de profesores, padres y alumnos para decisiones relacionadas con el despido del profesorado; del sistema establecido para la enseñanza de religión, valores culturales y cívicos y valores éticos, la separación de los alumnos por itinerarios en la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y el régimen de selección y admisión de alumnos a partir del rendimiento académico. Sobre todos estos aspectos está previsto que se pronuncien los magistrados en este pleno ordinario que termina el jueves. Además del recurso del Grupo Socialista, el TC tiene que resolver también los del Parlamento de Cataluña, el Principado de Asturias, el gobierno de Canarias y la Junta de Andalucía. El pasado mes de febrero el TC anuló la posibilidad de que los padres escolarizaran a sus hijos en castellano en Cataluña con fondos públicos. La sentencia, en este caso dictada por unanimidad, llegaba en un momento de máxima sensibilidad en Cataluña después de que unos días antes el Gobierno, en virtud de las competencias que le otorga la aplicación del artículo 155 en Cataluña en materia educativa, anunciara que estudia mover hilos para que el castellano recupere el papel de lengua vehicular en esta comunidad. Vigilancia, no control La vía Wert o vía Lomce habilitada en 2013 por el entonces ministro de Educación José Ignacio Wert ofrecía 6.000 euros de ayuda luego la can- tidad se rebajó a las familias para sufragar la enseñanza bilingüe de sus hijos, dinero que después el Gobierno descontaba a la Generalitat. En la práctica, la propuesta embarrancó, ya que no habían centros públicos que ofrecieran escolarización en castellano, lo que obligó a los padres a matricular a sus hijos en centros de élite privados con matrículas inaccesibles. Desde un principio, los padres medio centenar han accedido a las ayudas entendieron que era una vía muerta. La sentencia del TC, que respondía Recursos pendientes Faltan por resolver cuatro recursos de Cataluña, Asturias, Canarias y Andalucía contra la Lomce Escolarización en castellano El mes pasado el Constitucional anuló la escolarización en castellano en centros privados con fondos públicos a un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Generalitat en 2014, consideró que esta vía para garantizar el castellano es inconstitucional y no respeta el reparto de competencias entre el Estado y la Comunidad. Según el TC, la alta inspección constituye una competencia estatal de vigilancia, pero no un control genérico e indeterminado que implique dependencia jerárquica de las Comunidades Autónomas respecto a la Administración del Estado De igual modo, la sentencia rechazaba que, a través de la alta inspección, el Estado asuma competencias que corresponden a las comunidades autónomas La sentencia también dirimía otras cuestiones sobre la Lomce, y, así, declaraba inconstitucional que el Gobierno pueda establecer, vía reglamento, las bases de la educación plurilingüe desde el segundo ciclo de Educación Infantil hasta Bachillerato.

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