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ABC MADRID 07-09-2016 página 23
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  • EdiciónABC, MADRID
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ABC MIÉRCOLES, 7 DE SEPTIEMBRE DE 2016 abc. es espana ESPAÑA 23 Un paripé Es sólo un paripé de Sánchez hasta el 25- S aseguraban en el PP tras el contacto telefónico políticos sólo están en la fase de explorar qué estamos dispuestos a hacer todos para que no haya terceras elecciones En fuentes socialistas ven ineficaz un pacto sólo con Podemos porque no sumarían suficientes votos, y a la vez rechazan pactar con los independentistas por imperativo del Comité Federal. La opción de un acuerdo a tres bandas, PSOE- Podemos- Ciudadanos, recuerda Batet que ya se intentó tras el 20- D y se vio frustrada porque la formación morada no quiso sumarse. El TC ni siquiera admite a trámite el recurso de Otegui Recuerda que no se ha vulnerado ningún derecho y que su inhabilitación es firme NATI VILLANUEVA MADRID Con Rivera, hoy De momento, el único de los cuatro principales partidos que se quedó sin hablar con Pedro Sánchez ayer es Ciudadanos. El secretario general de los socialistas no llamó a Albert Rivera previsiblemente lo hará hoy pero no por eso se quedó sin saber lo que pensaba el líder de la formación naranja, que fue muy explícito en sus declaraciones públicas. En ellas, pidió a Sánchez y a Rajoy que se dejen de llamaditas y de marear la perdiz y se pongan a negociar para intentar llegar a un acuerdo. Les advirtió a ambos que el bloqueo se mantendrá hasta que no entiendan que tienen que ceder Y calificó de inviable un pacto de su partido con PSOE y Podemos: No voy a participar de ningún apoyo a un gobierno de cuarenta y tantos partidos, algunos de los cuales apoyan la independencia El exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegui, ha agotado ya, sin éxito, al menos en España, todos los cauces legales para poder concurrir como candidato de Bildu a la presidencia del Gobierno vasco. La Sala Primera del Tribunal Constitucional rechazó ayer, de forma fulminante, el recurso de amparo electoral que el batasuno, condenado por pertenencia a ETA, interpuso contra la decisión de la Junta Electoral y de un juzgado de lo Contencioso- Administrativo de San Sebastián, de excluirle de las listas de Bildu para las elecciones del 25- S. Sobre Otegui pesa una inhabilitación para el ejercicio de cargo público hasta el 1 de febrero de 2021, motivo en el que se basaron las decisiones de la autoridad administrativa primero y de la judicial después para rechazar su candidatura. A Otegui ya solo le queda el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuyo pronunciamiento llegaría en todo caso una vez pasados los comicios autonómicos y con el nuevo Gobierno vasco ya en marcha. En el auto notificado ayer, el TC considera que no se ha producido ninguna vulneración de un derecho fundamental tutelable en amparo, pues no Arnaldo Otegui REUTERS Respuesta al TC ¿Quién eres tú para negar nuestra elección? publicó EHBildu en su cuenta oficial corresponde a la jurisdicción Contencioso- Administrativa (la que avaló la decisión de la Junta Electoral) revisar la liquidación de condena que en su día hizo la Audiencia Nacional. Tampoco una liquidación de condena podría ser objeto de un recurso de amparo electoral, recuerdan los magistrados. Tanto la Junta Electoral como el juez de San Sebastián habían basado su decisión en que Otegui está inmerso en una causa de inelegibilidad por no haber terminado de cumplir la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo a la que fue condenado. Hace apenas unos meses la Audiencia Nacional dictó una providencia en la que señalaba que el batasuno no terminará de cumplir esa pena hasta el 1 de febrero de 2021. En su auto de ayer, el Constitucional recuerda que Otegui se aquietó no recurrió esta providencia, y que ésta, a su vez, no puede ser objeto ni de este recurso de amparo electoral ni tampoco del proceso contencioso- electoral que su defensa promovió contra el acuerdo de la Junta. La jurisdicción contencioso- administrativa no es la competente para determinar el cumplimiento de las penas y su liquidación señala el TC. Tampoco el acuerdo de la Junta Electoral ha lesionado ninguno de los derechos fundamentales invocados por el recurrente: derecho a la tutela judicial, principio de legalidad penal y derecho de participación en los asuntos públicos. Lehendakari del pueblo La defensa del batasuno había sustentado su recurso en que la pena de inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo habría quedado extinguida al mismo tiempo que la pena de prisión, es decir, el pasado 1 de marzo. Nada más conocer la decisión del TC, EHBildu colgó en su cuenta oficial una foto de una pancarta en la que se lee en euskera: ¿Quién eres tú para negar nuestra elección? Otegi, el lehendakari del pueblo

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