Archivo ABC
ArchivoHemeroteca
ABC MADRID 14-07-2016 página 68
ABC MADRID 14-07-2016 página 68
Ir a detalle de periódico

ABC MADRID 14-07-2016 página 68

  • EdiciónABC, MADRID
  • Página68
Más información

Descripción

68 MADRID JUEVES, 14 DE JULIO DE 2016 abc. es espana madrid ABC Nueva Ley de Muerte Digna La Asamblea regulará que se respete el deseo de morir, pero sin incluir la eutanasia Se garantizan los cuidados paliativos para evitar la agonía, aunque acorten la vida El PSM pide consagrar el derecho a fallecer en una habitación individual del hospital ITZIAR REYERO MADRID Las claves ¿Qué se aprueba hoy? El Pleno de la Asamblea toma en consideración la propuesta de Ley de derechos y garantías de las personas en el proceso final de la vida, registrada por el PSOE. Se inicia así la tramitación de la futura Ley de Muerte Digna. ¿En qué consiste la ley? Dispone de una serie de derechos y garantías que protegen la dignidad del paciente en la fase final de su vida. Se asegura la autonomía del enfermo en la toma de decisiones del tratamiento, al amparo de la ley. Además, otorga seguridad jurídica a los profesionales sanitarios. paliativa o administración de fármacos en dosis requeridas para reducir la conciencia de un paciente incurable terminal. El objetivo es aliviar el dolor o la agonía de estos enfermos, que dan su consentimiento expreso, aunque suponga un acortamiento de la vida. La ley madrileña ofrece una regulación clara de todo esto. mientos y limitar el esfuerzo terapéutico obstinación retirando los soportes vitales en situaciones irreversibles cuando no tienen otro efecto que mantener artificialmente una vida biológica, sin posibilidades reales de recuperación ¿Cuáles son los límites? En España, la eutanasia está penalizada y, por tanto, no se incluirá en la ley madrileña. La diferencia radical entre la sedación terminal y la activa (eutanasia) es, según se recoge en el texto socialista, que la primera no busca intencionadamente la muerte, sino aliviar o evitar el sufrimiento E l derecho a una vida digna debe incluir una muerte digna. Desde esta premisa general, la Comunidad de Madrid se dispone a elaborar una Ley de derechos y garantías de las personas en el proceso final de la vida, que explicite y proteja la potestad de los pacientes terminales a recibir una buena atención sanitaria sobre la base del principio de dignidad y de autonomía del enfermo en la toma de decisiones. Pero que también regule los deberes de los profesionales sanitarios, dotándoles de guía y seguridad jurídica eximiéndoles de cualquier posible responsabilidad derivada de asumir los deseos del paciente, que estén al amparo de la ley. La Asamblea regional dará hoy el primer paso aprobando la toma en consideración del proyecto legislativo del PSOE, que deberá ahora someterse a la tramitación parlamentaria para su visto bueno. Los grupos han renunciado a incluir en el debate la eutanasia, que en todo caso es competencia de las Cortes Generales. El suicidio asistido está recogido por el Código Penal, castigado con hasta diez años de prisión. Podemos registró en enero una resolución para despenalizar la eutanasia, pero la retiró en aras del consenso. Todos los partidos están de acuerdo en regular una norma clara sobre la Muerte Digna, que ya tienen siete comunidades: Andalucía, Navarra, Galicia, Canarias, Aragón, Baleares y, desde hace una semana, el País Vasco. Y que otras, como la Valenciana, están elaborando. La futura ley se fundamentará en algunos principios ya consensuados y recogidos por la legislación básica española, explica el portavoz socialista de Sanidad, José Manuel Freire, au- ¿Qué derechos recoge ya la legislación básica? La Ley estatal de Autonomía del Paciente, de 2002, dispone el derecho del paciente a rechazar el tratamiento y limitar la obstinación terapéutica, retirando los soportes vitales si está en situación irreversible. Se garantizan los cuidados paliativos, en casa o el hospital. También se prevé la sedación ¿Dónde se puede informar? Otra clave de la legislación es el documento de instrucciones previas, en el que el paciente deja expreso deseo de los cuidados en el final de su vida. La Asamblea quiere que este documento pueda hacerse en todos los centros de salud y se incorpore directamente en el historial clínico del paciente. Sedación terminal También se pretende regular la sedación paliativa, definida como la administración de fármacos en dosis requeridas para reducir la conciencia de un paciente incurable con enfermedad avanzada o terminal El objetivo: aliviar el dolor o la agonía de estos enfermos que dan su consentimiento expreso, aunque suponga un acortamiento de la vida. La diferencia radical entre la sedación terminal y la activa (eutanasia) es, según se recoge en el texto socialista, que la primera no busca intencionadamente la muerte, sino aliviar o evitar el sufrimiento Estas actuaciones médicas ya están previstas en la sanidad madrileña y recogidas en la Ley estatal de Autonomía del Paciente, de 2002, que reconoce como un principio básico la dignidad de la persona y el respeto a la autonomía de su voluntad Y una de las las claves es poder formular instrucciones previas por escrito, que recojan sus deseos y preferencias en el manejo terapéutico. Unos 20.000 madrileños han registrado este documento desde 2005, cuando se reguló. Pero la Asamblea de Madrid quiere otorgarle la máxima difusión entre la población y en diciembre aprobó que el escrito pudiera firmarse en todos los centros sanitarios de la región. Se incorporará al historial clínico del paciente, de manera que pueda con- tor de la propuesta de origen. Tal es el reconocimiento del derecho de todas las personas en fase terminal o avanzada de una enfermedad a recibir cuidados paliativos integrales. Hayan elegido morir en su casa o en el hospital. En este último caso, los socialistas quieren consagrar el derecho a pasar el último trance en una habitación individual. También que se facilite el acompañamiento familiar y el auxilio espiritual siempre que sea compatible con las medidas sanitarias. Los hijos menores del paciente ingresado añade el texto socialista tienen pleno derecho de visita sin que pueda ser limitada, salvo circunstancia extraordinaria que lo desaconseje Además, se quiere reforzar la garantía del paciente a rechazar trata- Ocho autonomías ya han legislado La región se suma a las siete comunidades autónomas que ya han legislado sobre la materia: Andalucía, País Vasco, Aragón, Navarra, Baleares, Canarias y Galicia Seguridad jurídica La norma pretente aclarar los derechos de los pacientes terminales y las obligaciones del personal sanitario que los atiende, dándoles seguridad jurídica

Te puede interesar

Copyright (c) DIARIO ABC S.L, Madrid, 2009. Queda prohibida la reproducción, distribución, puesta a disposición, comunicación pública y utilización, total o parcial, de los contenidos de esta web, en cualquier forma o modalidad, sin previa, expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa, a salvo del uso de los productos que se contrate de acuerdo con las condiciones existentes.