Archivo ABC
ArchivoHemeroteca
ABC MADRID 17-04-2016 página 28
ABC MADRID 17-04-2016 página 28
Ir a detalle de periódico

ABC MADRID 17-04-2016 página 28

  • EdiciónABC, MADRID
  • Página28
Más información

Descripción

28 ESPAÑA Operación por extorsión La reforma de la ley DOMINGO, 17 DE ABRIL DE 2016 abc. es espana ABC Jueces y fiscales ven imprescindible limitar la acusación popular Piden una regulación clara ante las querellas sustentadas en recortes de prensa NATI VILLANUEVA MADRID Los límites que la Justicia ha ido fijando al ejercicio de la acusación popular no han puesto freno a las cada vez más frecuentes incursiones en los tribunales de partidos, fundaciones, sindicatos o asociaciones cuyos fines no son tan inocentes como en abstracto pudiera parecer. Querellas basadas en recortes de prensa, ayuntamientos personados en procedimientos contra los miembros del Consistorio anterior, de signo político opuesto; acusaciones que solo buscan titulares en los medios y en las que no está del todo claro lo que persiguen ni el porqué. ¿Dónde están los límites de los que, sin ser perjudicados directos por el delito, enarbolan el ejercicio de la acción penal? ¿Es necesario mantener una figura que tal y como está concebida solo existe en España? Mientras no se lleve a cabo la compleja reforma del sistema procesal penal, los jueces y los fiscales instan al legislador a que regule de forma clara la acusación popular y establezca mecanismos para evitar que el fin legítimo de la acción penal por parte de cualquier ciudadano que proclama la Constitución no pervierta el sistema. Y es que en muchas ocasiones, especialmente en las macrocausas, la acción popular se está convirtiendo en un elemento de distorsión al obstaculizar y dilatar el procedimiento. Eso cuando no se busca de forma intencionada una pena de banquillo con consecuencias que una absolución ya no puede reparar. Ha llegado la hora, dicen los juristas, de revisar una figura devaluada especialmente en los últimos tiempos por el uso fraudulento que de ella se ha hecho. la acción popular puede o no puede sostener la acusación cuando el fiscal y la acusación particular no acusan. En definitiva, habría que plasmar en la ley lo que hasta ahora es interpretación jurisprudencial: las doctrinas Botín y Atutxa. Rodríguez recuerda que, en derecho comparado, España es una auténtica isla en lo que a la acusación popular se refiere. Solo existe una figura parecida y en la práctica no prospera por el filtro de los tribunales, en el Reino Unido, donde, aunque la batuta de la investigación la lleva la Fiscalía, un particular puede denunciar la comisión de un delito ante el juez, que es quien en última instancia decide si se investiga. Joaquim Bosch, de la asociación Jueces para la Democracia, cree que el problema de fondo radica en el tipo de proceso penal. A su juicio, en el actual contexto la acción popular está justificada porque si no la acusación quedaría en manos de la Fiscalía y Partidos y sindicatos, fuera de juego en la reforma que propuso Gallardón Aunque nunca llegó a ver la luz, el Código Procesal Penal que presentó Alberto Ruiz- Gallardón en 2013 (cuando era ministro de Justicia, el antecesor de Rafael Catalá) ponía por primera vez límites a la acusación popular. Entre otras cuestiones establecía la prohibición expresa de su ejercicio a partidos políticos, sindicatos y cualquiera otra persona jurídica pública o privada (como asociaciones, fundaciones o corporaciones) Se exceptuaba de esta prohibición a las asociaciones de víctimas de terrorismo. El borrador limitaba la persecución a delitos de corrupción cometidos por funcionarios públicos, a delitos contra la ordenación del territorio y el urbanismo, el medio ambiente, delitos electorales, terrorismo o provocación a la discriminación, al odio o a la violencia. También regulaba los requisitos temporales para poder ejercer la acción popular: la querella tendría que interponerse antes de que el Ministerio Fiscal formule su escrito de acusación. La acusación popular está recogida en el artículo 125 de la Constitución como una figura que permite que todos los ciudadanos puedan acusar en un proceso penal mediante una querella, sean o no ofendidos. Regulación exigente Desde la mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura, su portavoz, Celso Rodríguez, es partidario de regularla en términos muy exigentes Es imprescindible llevar a cabo una reforma que la limite dice. Y ello, porque en la mayoría de las ocasiones se ha constatado su inutilidad extraprocesal: cuando sirve a intereses espurios que el ordenamiento jurídico no debe proteger También su utilidad intraprocesal es escasa, cuando no nula A su juicio, el espíritu de una hipotética reforma de la acción popular tendría que pasar por vincularla al ejercicio de un interés verdaderamente legítimo Eso sí, de cara al juicio habría que clarificar en qué términos Virginia López Negrete representa a Manos Limpias en el juicio de Nóos

Te puede interesar

Copyright (c) DIARIO ABC S.L, Madrid, 2009. Queda prohibida la reproducción, distribución, puesta a disposición, comunicación pública y utilización, total o parcial, de los contenidos de esta web, en cualquier forma o modalidad, sin previa, expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa, a salvo del uso de los productos que se contrate de acuerdo con las condiciones existentes.