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ABC MADRID 14-01-2016 página 47
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  • EdiciónABC, MADRID
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ABC JUEVES, 14 DE ENERO DE 2016 abc. es economia ECONOMÍA 47 Corporación Ceslar El juez niega al accionista rebelde de El Corte Inglés volver al consejo S. E. MADRID El TC avala el recorte urgente de las primas a las renovables El real decreto aprobado en julio de 2013 por el Gobierno rebajó en 1.670 millones de euros las subvenciones JAVIER GONZÁLEZ NAVARRO MADRID El titular del juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid ha desestimado que Corporación Ceslar vuelva de manera cautelar al consejo de administración de El Corte Inglés, del que fue expulsado por, supuestamente, revelar información confidencial de la compañía. En un auto, el juez desestima las medidas cautelares solicitadas por Ceslar en la demanda que presentó para impugnar los acuerdos de la junta de El Corte Inglés por los que se aprobó su expulsión del consejo de administración de la sociedad así como cambios en sus estatutos. El juez desestima las cautelares, entre otros motivos, por considerar que existe plena coherencia entre la causa del cese alegada y los hechos acreditados. La corporación, dueña del 9,001 de El Corte Inglés, estaba representada en el consejo por Carlota Areces, hija de Luis Areces hermano del fundador del grupo Ramón Areces y contraria a la entrada en la firma del jeque qatarí Hamad Bin Jasim Bin Jaber Al Zani. Audiencia Nacional El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado el drástico recorte de las primas a las energías renovables en nuestro país aprobado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en 2013 y ha subrayado que el Ejecutivo justificó de forma suficiente la necesidad de aprobar las medidas por la vía de urgencia. Ese recorte, que venía recogido en el real decreto ley 9 2013, de 12 de julio, fue cuantificado entonces por Industria en unos 1.750 millones de euros. Sin embargo, la rebaja en 2014 se quedó en 1.670 millones, según la liquidación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. El objetivo del Gobierno con este decreto era equilibrar el sistema financiero eléctrico, que en ese momento tenía un déficit de tarifa (diferencia entre los ingresos y pagos de la actividad regulada) que superaba los 26.000 millones de euros y que estaba a punto de convertirse en una nueva burbuja financiera. Desde el Ministerio de Industria subrayaron ayer que esa sentencia desarma los argumentos incluidos en los mencionados recursos. El TC señala que, según la doctrina consolidada, el artículo 86.1 CE habilita al Gobierno a legislar por decreto siempre y cuando resulte justificada de forma explícita la extraordinaria y urgente necesidad de las medidas aprobadas por esta vía. Seguridad jurídica Así, destaca que según la exposición de motivos de la norma impugnada y la intervención del ministro de Industria, José Manuel Soria, en el debate de convalidación del Congreso, las medidas contenidas en el real decreto- ley recurrido sirvieron para hacer frente al aumento imprevisto del déficit tarifario causado por los efectos de la crisis económica, esto es, por la caída de la demanda de energía eléctrica y por el incremento general de los costes del sistema eléctrico. A este respecto, en anteriores resoluciones cuya doctrina resulta aplicable al presente recurso, el Tribunal ya había determinado que la importancia del sector energético para el desarrollo de la actividad económica en general determina que su ordenación sea susceptible de constituir una necesidad cuya valoración entra dentro del ámbito de atribuciones que corresponde al Gobierno La sentencia rechaza también la denuncia de vulneración de principio de jerarquía normativa, al señalar que no corresponde a este Tribunal determinar la compatibilidad o no de un precepto legal con un tratado internacional, ni estos pueden erigirse en normas fundamentales y criterios de constitucionalidad Además, el fallo también rechaza que las modificaciones en el régimen retributivo de las energías renovables contenidas en el derecho recurrido vulneren el principio de seguridad jurídica. A este respecto, explica que este principio, así como el de confianza legítima, no protegen de modo absoluto la estabilidad regulatoria, ni la inmutabilidad de las normas Dicha estabilidad regulatoria es compatible con cambios legislativos cuando sean previsibles y derivados de exigencias claras del interés general añade al respecto. En definitiva, indica la sentencia, los principios de seguridad jurídica y confianza legítima no permiten consagrar un pretendido derecho a la congelación del ordenamiento jurídico existente No obstante, tres magistrados del Tribunal consideran, en un voto particular, insuficientes los argumentos respecto al principio de confianza legítima. GD VT QDRG RQJ 4 GHCQLG RQ 7 HX CQ TGH 8? 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ARECHEDERRA MADRID Rentabilidad razonable Una de las medidas que recogía la nueva normativa era la fijación de la denominada rentabilidad razonable de las instalaciones de energía renovable, cogeneración y residuos. Aquella se fijó en el 7,5 frente al 20 que estaban percibiendo muchas de ellas, según declaró el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy. Sin embargo, en el sector insisten que la rentabilidad media es de tan solo el 6 La sentencia del TC desestima el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de la región de Murcia contra varias disposiciones del mencionado real decreto. Cabe recordar que en el Tribunal Supremo hay unos 400 recursos contra la nueva normativa aprobada por el Gobierno del PP sobre renovables y que diversos organismos de arbitraje internacionales acumulan más de 20 demandas contra el Reino de España por los mismos motivos. Antes de abandonar la causa por falta de fondos, la acusación popular de UPyD ha presentado su escrito de acusación en el caso de las tarjetas opacas de Caja Madrid y Bankia, en el que solicita diez años de prisión para los expresidentes Miguel Blesa (de Caja Madrid) y Rodrigo Rato (de Bankia) y para el ex director financiero de la caja de ahorros, Ildefonso Sánchez- Barcoj. La formación política solicita esta pena por los delitos de administración desleal por la entrega de las visas opacas, con las que 83 ex altos cargos gastaron 15,5 millones de euros sin control y de espaldas a Hacienda y de apropiación indebida, por los gastos que pagaron con las suyas, según fuentes jurídicas. La petición se reduce a seis años de cárcel para los demás, un total de 63 banqueros, a los que solo se acusa de apropiación indebida por el uso con sus tarjetas, ya que no eran responsables del esquema de las visas. La acusación popular del sindicato SIC también firma el escrito y será quien lo defienda en el juicio. EFE José Manuel Soria, ministro de Industria

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