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ABC MADRID 08-01-2014 página 18
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ABC MADRID 08-01-2014 página 18

  • EdiciónABC, MADRID
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18 ESPAÑA MIÉRCOLES, 8 DE ENERO DE 2014 abc. es españa ABC Castro imputa a la Infanta un Cree que Doña Cristina conocía que Aizoon fue creada para defraudar y que Urdangarín no pudo cometer delito fiscal sin su conocimiento PABLO MUÑOZ JOSEP MARÍA AGUILÓ MADRID PALMA DE MALLORCA a Infanta Doña Cristina conocía que Aizoon, que compartía con su marido al 50 por ciento, era una sociedad pantalla creada para repartirse el dinero del Instituto Nóos; Iñaki Urdangarín no pudo cometer los delitos contra la Hacienda Pública sin el conocimiento y aquiescencia de su esposa; Doña Cristina se lucró del dinero de Aizoon sabiendo que al menos en parte procedía de actividades irregulares... Este es el nudo argumental seguido por José Castro, el juez del caso Nóos, para la nueva imputación de la hija menor de los Reyes, ahora por delito fiscal y blanqueo de dinero. Sin embargo, la Agencia Tributaria sostiene lo contrario en sus informes e implica solo a Urdangarín. Además, es la primera vez que se imputan estos delitos a una persona en contra del criterio de Hacienda. El magistrado, que en un auto de más de 200 páginas cita a declarar a la Infanta el 8 de marzo, insiste en que solo se trata de dar a la hija menor de los Reyes la posibilidad de que en sede judicial facilite explicaciones sobre hechos indiciarios de delito y cree que no por ello hace tambalear los pilares del Estado de Derecho, más bien todo lo contrario Reprocha además que se le pida especial cuidado en la toma de esta decisión, y defiende que son los personajes públicos quienes están llamados a observar ese especial cuidado para no situarse en órbitas que pudieran resultar cuando menos comprometedoras L des estaban predestinadas a servirse la una de la otra y precisa que la segunda fue creada para servir como cauce para el reparto de los beneficios obtenidos por Nóos. Además, perseguía que se facturaran a través de Aizoon hipotéticos servicios de Urdangarín a distintas entidades, sustrayéndolos así de las declaraciones del IRPF. El levantamiento de velo del fraude se efectúa precisamente, d ice el juez, por la existencia previa de una estructura ideada para la defraudación, en la que se busca que los ingresos generados, y consiguientemente la titularidad de los mismos, alcance jurídicamente a los dos cónyuges, pues estando el matrimonio en régimen de separación de bienes Castro no entiende que no se hubiera constituido una sociedad limitada unipersonal. Indicios de dos delitos Blanqueo de capitales Los artículos 301 a 304 castigan con penas de seis meses a seis años de cárcel (agravadas en determinados supuestos) a quien adquiera, posea, utilice o transmita bienes sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva Facturación cruzada Asimismo, según esta tesis la firma se habría creado para participar en el giro cruzado de facturaciones ficticias entre las distintas entidades de la galaxia Nóos y así equilibrar sus beneficios frente a Hacienda al objeto de tributar lo menos posible, y también para aprovechar los incentivos fiscales para empresas pequeñas sobre la base de aparentar falsamente incrementos sustanciales de plantilla. Finalmente, se buscaba minorar la base imponible del Impuesto de Sociedades cargando Aizoon en su contabilidad gastos estrictamente personales del matrimonio que se detallan de forma prolija a lo largo del auto y que de este modo participaran de manera fiscalmente opaca en los beneficios obtenidos. La participación de Doña Cristina en la entidad tendría como objetivo hacer un escudo frente a Hacienda, siempre según el instructor. Castro destaca que Aizoon no ha repartido entre sus dos socios dividendo alguno lo que se aviene mal con que simultáneamente se cargasen a la mercantil diversos gastos personales. Para el juez resulta palmario que dichos gastos constituyen rentas procedentes del capital mobiliario que los Duques de Palma, puestos de común acuerdo para no calificarlos como dividendos, omitieron incluir, cada Delito fiscal El que defraude a la Hacienda Pública será castigado con prisión de uno a cinco años y multa de hasta seis veces lo defraudado. (Art. 305) Contabilidad falsa Como premisa general, Castro sostiene que la contabilidad de Aizoon distaba mucho de ajustarse a la realidad y los datos positivos eran muy superiores a los contabilizados y muy inferiores los negativos, si se tiene en cuenta la sobrecarga de gastos personales de los copartícipes, que ni por asomo guardaban una mínima conexión con la actividad y que fiscalmente cabría conceptuarlos como aplicación de renta Así, al no computar reparto de beneficios, se disfrazaban como gastos de explotación con la consecuencia de minorar la base imposible del impuesto de sociedades y, con ello, la cuota a ingresar Por lo que respecta a la vinculación del Instituto Nóos con Aizoon, el instructor sostiene que las dos entida- Insólito El juez se acoge al informe pericial de Manos Limpias en lugar de al de los inspectores de Hacienda uno en un 50 por ciento, en sus respectivas declaraciones sobre la Renta Y añade que los delitos fiscales de Urdangarín difícilmente se podían haber cometido sin, cuando menos, el conocimiento y aquiescencia de su esposa, por mucho que de cara a terceros indiciariamente mantuviera una actitud propia de quien mira para otro lado En este contexto, cabría preguntarse por qué no utilizó su paritario potencial participativo en Aizoon SL para instar la presentación de rectificaciones de liquidaciones anteriores supuestamente defraudatorias Según el juez, no consta que la Infanta ejerciera el menor control sobre la actuación de su marido en Aizoon, sino que, contrariamente, hay sobrados indicios de que colaboró activamente con éste El juez, consciente de lo insólito de acoger la argumentación de un informe pericial de Manos Limpias, en lugar de la de los inspectores de Hacienda, señala que el hecho de que no coincida plenamente con todas las conclusiones que extrae la

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