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ABC MADRID 06-11-2013 página 41
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  • EdiciónABC, MADRID
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ABC MIÉRCOLES, 6 DE NOVIEMBRE DE 2013 abc. es sociedad SOCIEDAD 41 El proceso judicial La televisión pública valenciana aprobó en agosto de 2012 un ERE que afectaba inicialmente a 1.198 trabajadores. Cuatro sindicatos presentaron demandas colectivas. El TSJ valenciano les da la razón en la sentencia conocida ayer. Historia Radio Televisión Valenciana (RTVV) comenzó sus emisiones el 9 de octubre de 1989 bajo el mandato del socialista Joan Lerma. En la actualidad disponía de dos canales de televisión y otros tantos en la radio. Radiotelevisiones autonómicas: 900 millones de gasto R. PÉREZ EFE La liquidación de la empresa supondrá, además, la salida de los cerca de setecientos trabajadores que permanecían en la empresa tras la ejecución del ERE. La Generalitat, una vez descartada la opción de presentar un recurso, analizó la posibilidad de readmitir a los despedidos y comenzar los trámites para un nuevo expediente, que finalmente desechó. Trece autonomías cuentan con radiotelevisiones públicas. Entre las trece, este año se gastarán el triple de lo que cuesta a las arcas del Estado la corporación RTVE: ésta, 293 millones; las autonómicas, en su conjunto, 900 millones de euros con cargo a los presupuestos de los gobiernos regionales. Y eso que en los últimos años se han moderado en sus cuentas, porque el gasto público de los canales autonómicos llegó a superar los mil millones de euros por ejercicio. Además, pese a tan abultada inyección de fondos públicos, las pérdidas son galopantes y acaban engordando la deuda de estos entes, cuyas plantillas han llegado a sumar más de 10.000 trabajadores. En 2007, las radiotelevisiones autonómicas tuvieron unas pérdidas de 950 millones, en 2008 superaron los 760 millones, 700 millones en 2009... La cuenta suma y sigue. Salvo La Rioja, Cantabria, Navarra y Castilla y León, las demás autonomías cuentan con radiotelevisiones públicas. El doctor Morín a su llegada a la Audiencia de Barcelona en 2012 EFE El TS ordena repetir el juicio por los abortos de Morín El Supremo revoca la sentencia absolutoria porque la Audiencia negó varias pruebas JANOT GUIL BARCELONA Las razones del TS Cámara oculta Ve inmotivado el rechazo como prueba de los reportajes con cámara oculta del caso. Testificales Censura que no se leyeran las declaraciones previas de imputados durante el juicio Una historia de 24 años La nulidad del ERE y el cierre de la empresa, que comenzó sus emisiones el 9 de octubre de 1989 bajo el mandato del socialista Joan Lerma al frente de la Generalitat, supone dejar sin efecto la adjudicación del contrato para externalizar el grueso de la programación de la televisión autonómica aprobada hace menos de un mes por un importe cercano a los trece millones de euros. El presidente de la Generalitat trasladó a la directora general de RTVV, Rosa Vidal, la decisión política de dar por finalizada la andadura de RTVV por criterios económicos. Vidal se negó a presentar su dimisión (si bien tampoco se le pidió) y este jueves está previsto que presida una reunión del con- sejo de administración de la firma pública. Aunque la ejecución del ERE fue rubricada por el antecesor de Vidal en el cargo, Alejandro Reig, el papel de la actual directora general resultó determinante cuando decidió rescatar a 186 técnicos de un ERE cuya resolución todavía estaba pendiente del TSJCV para garantizar las emisiones de la televisión pública. Un informe de Garrigues, la firma que asesoró a RTVV en la ejecución del ERE, desaconsejaba la modificación en los términos previstos. Vulneración de derechos La sentencia conocida ayer argumenta la decisión de anular el ERE por la mala planificación y hace incidencia en la imprevisión y la vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas Entre ellas, por la decisión de repescar a 186 empleados cuando otros ya habían sido despedidos. El ginecólogo Carlos Morín, absuelto el pasado enero por la Audiencia de Barcelona junto una decena de imputados acusados de practicar casi un centenar de abortos ilegales en clínicas de Barcelona, volverá a ser juzgado. La Sala Segunda del Tribunal Supremo- -en una sentencia avalada por cuatro de sus cinco magistrados- ordenó ayer que se revoque la sentencia absolutoria y que Morín y el resto de encausados vuelvan a ser juzgados por un tribunal. Con magistrados diferentes de los que absolvieron, la Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona. Una decisión, basada en que se privó a las acusaciones de varias pruebas testificales y documentales, con pocos precedentes en la justicia española. El TS, aceptando los recursos del fiscal y las acusaciones populares- -E- Cristians, Alternativa Española y el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro- -fundamenta su fallo en que la Audiencia Provincial menoscabó el derecho de aportación probatoria del fiscal y las acusaciones En concreto, el Supremo reprocha al tribunal provincial tres decisiones. Que rechazara como prueba las imágenes grabadas con cámara oculta de sendos reportajes de Sunday Telegraph y la televisión pública danesa que destaparon el caso, que no se aceptara la declaración en la vista de los periodistas que realizaron estos reportajes y que tampoco se le- yeran durante el juicio las declaraciones- -algunas incriminatorias- -en fase de instrucción de varios imputados. Tras negarse éstos a contestar las preguntas de las acusaciones en la vista oral. La Audiencia juzgó probado que todos los abortos realizados en las clínicas de Morín- -Ginemedex, TCB y Grupo Barnamedic- fueron legales. Pese a que algunos de los inculpados declararon, en instrucción, que a veces no se había hecho la preceptiva visita de un psiquiatra a las pacientes, que en su mayoría se acogieron al supuesto de riesgo para la salud física o psíquica de la madre O se había hecho después de abortar. En cuanto a los reportajes con cámara oculta, la Audiencia consideró que eran una prueba nula porque implicaban una intromisión en la intimidad y la imagen de las pacientes y apeló a jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) El TS, sin embargo, entiende que fue una decisión voluntarista e inmotivada Sostiene que debía ponderarse atendiendo a las circunstancias del caso, a los datos que ofrecen los vídeos, y no en base a una cita acrítica y fragmentada de la doctrina del TC.

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