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ABC MADRID 12-09-2013 página 28
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ABC MADRID 12-09-2013 página 28

  • EdiciónABC, MADRID
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28 ESPAÑA JUEVES, 12 DE SEPTIEMBRE DE 2013 abc. es españa ABC Portal de la vivienda de Esteban González Pons el pasado 20 de marzo ROBER SOLSONA Uno de los participantes en la concentración REUTERS Pons no denunciará el acoso a su casa, pese a que la juez ve coacción Las dos mujeres que golpearon la puerta fueron más allá de la libertad de expresión JUAN FERNÁNDEZ- MIRANDA MADRID no resultando legítimo el mismo en cuanto que supone una vulneración del derecho de la familia de González Pons a gozar de su domicilio y de la tranquilidad y seguridad propia del lugar donde se desarrolla su vida privada Bertolín dijo a la juez Nieves Molina que no desea ser parte denunciante ni que su declaración tenga valor de denuncia Esta decisión supone que el caso queda cerrado. Golpeando la puerta Según el relato de hechos de la juez, sobre las once horas del 20 de marzo, un grupo de entre veinticinco y treinta personas pertenecientes a la Plataforma Afectados por la Hipoteca se concentraron de un modo pacífico ante el domicilio familiar del dirigente del PP. En el transcurso de la concentración, se pegaron carteles pequeños en la fachada del inmueble con la cara del señor González Pons y se profirió algún que otro grito con el lema sí se puede Entre las 12.40 y las 13.00 horas, todos los manifestantes abandonaron el lugar, excepto dos mujeres. Ha quedado constancia continúa la juez, que Ana María Blanco Grajal y Yolanda Patricia Prats Dese La mujer del vicesecretario de Estudios y Programas del PP, Esteban González Pons, ha renunciado a denunciar en los tribunales a las personas que se concentraron en la puerta de su domicilio el pasado 20 de marzo, pese a que la juez que sigue el caso considera que dos de las manifestantes cometieron una falta de coacciones. María del Pilar Bertolín Verges acudió ayer por segunda vez al Juzgado número 21 de Valencia, donde ya prestó declaración en abril tras la denuncia que interpuso su marido para denunciar el escrache. En esta ocasión, accedieron al rellano donde se encuentra la vivienda familiar y durante un tiempo aproximado de algo más de diez minutos estuvieron llamando al timbre y golpeando la puerta con la mano En opinión de la magistrada, hay diferencia entre el comportamiento del conjunto de los manifestantes y el de estas dos mujeres. Mientras que en el caso de los primeros los hechos están amparados por el legítimo derecho a la libertad de expresión en el caso de las segundas sí tiene relevancia penal. El actuar de Blanco y Prats va más allá del simple ejercicio del derecho a la libertad de expresión, Situación de angustia En el momento en que tuvo lugar la concentración ante la vivienda del diputado del PP, éste no se encontraba en su casa de Valencia, sino que estaba trabajando en Madrid. En la vivienda sí estaban su mujer y el hijo menor de ésta, a los que la situación generó una situación de angustia Atendiendo a los hechos, la juez considera que la conducta de Blanco y Prats debe ser considerada penalmente como una coacción, aunque no un delito, sino una falta. No consta que llegasen a proferir amenazas o insultos, hasta el punto de que los vecinos del inmueble no advirtieron la presencia en el rellano explica la magistrada, para quien no quedan debidamente justificados los elementos de gravedad que cabría exigir que los hechos fuesen constitutivos de delito Sea lo que fuere, al renunciar los denunciantes a seguir adelante, el caso queda cerrado. El relato de la juez Accedieron al rellano y durante diez minutos llamaron al timbre y golpearon la puerta TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Admiten el recurso contra el complemento salarial navarro N. V. MADRID El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra la ley navarra que establece el pago a los funcionarios de la comunidad foral de un complemento salarial. La finalidad de dicha norma es compensar la pérdida de poder adquisitivo que supuso la su- presión de la paga extra de Navidad de 2012. La decisión del TC supone la suspensión automática de la ley recurrida, al ser de aplicación el artículo 161.2 de la Constitución, según informó el Tribunal Constitucional en un comunicado. Este precepto señala que el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. Yolanda Barcina EFE La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal Constitucional, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses. La Abogacía del Estado sostiene en su recurso que la ley foral es inconstitucional porque vulnera normas dictadas por el Estado en materia de retribuciones y también porque el nuevo complemento salarial supone un incremento de las retribuciones del personal de las Administraciones Públicas de Navarra (presidida por Yolanda Barcina) superior al que permite la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013, recuerda el TC.

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