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ABC MADRID 14-05-2011 página 52
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ABC MADRID 14-05-2011 página 52

  • EdiciónABC, MADRID
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52 SOCIEDAD SÁBADO, 14 DE MAYO DE 2011 abc. es sociedad ABC Una ley obligará al médico a acatar la terapia que decida el paciente al final de su vida BLa futura norma, conocida hasta ahora como de Muerte Digna prevé habitación individual y atención a domicilio para determinados casos sionales. En cambio, el cumplimiento de la voluntad del paciente excluirá cualquier exigencia de responsablidad por las correspondientes actuaciones de los profesionales sanitarios Además, los médicos deberán consultar un Registro Nacional de Instrucciones Previas que prevé el anteproyecto de ley. U M. TRILLO L. DANIELE MADRID Derechos para el enfermo terminal B La voluntad del paciente Los profesionales estarán obligados a respetar la voluntad y las convicciones y creencias del paciente y su cumplimiento excluirá cualquier exigencia de responsabilidad na ley, a la que hasta ahora se conocía como de muerte digna y que el Gobierno ha bautizado como reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida obligará a los profesionales sanitarios a respetar la voluntad y las convicciones y creencias manifestadas por el paciente sobre los cuidados y el tratamiento asistencial que desea recibir en esa última etapa de su existencia. Así se expresa en el informe del Consejo de Ministros sobre el anteproyecto de ley, que el Gobierno pretende remitir a las Cortes Generales a lo largo del mes de junio y que antes pasará por los órganos consultivos correspondientes y los representantes de las Comunidades autónomas, a las que se dará un plazo de cinco años para adaptarse. La futura norma, que por ahora no tiene detallada una memoria económica, pretende que los ciudadanos afronten sus últimos días con dignidad y el menor sufrimiento posible, con independencia del lugar donde residan aseguró ayer la ministra de Sanidad, Leire Pajín, tras la reunión del Consejo. La ley establecerá que toda persona mayor de edad y con plena capacidad de obrar tiene derecho a manifestar anticipadamente su voluntad sobre los cuidados y el tratamiento asistencial que desea recibir en el proceso final de su vida Pajín trató de aclarar, aun antes de que los periodistas preguntaran, que la futura ley no despenaliza la eutanasia ni el suicidio asistido y que solo evitará el sufrimiento innecesario y el ensañamiento terapéutico para los pacientes en fase terminal No obstante, deja incógnitas abiertas que colectivos pro- vida interpretan como una puerta a posibles prácticas eutanásicas: la ausencia de límites en la sedación terapéutica o para la retirada de medidas de soporte vital, como la hidratación o la alimentación. Únicamente se dice que el personal sanitario adecuará el esfuerzo terapéutico de modo proporcional a Sedación en casa B Sedación terapéutica El paciente tendrá derecho a que se alivie el dolor, lo que incluye la sedación. Se evitará la adopción o mantenimiento de intervenciones de soporte vital carentes de utilidad clínica B Registro y comités éticos La ley prevé un Registro Nacional de Instrucciones Previas y promoverá comités de ética asistencial que impulsarán protocolos de actuación para garantizar la aplicación de la ley la situación del paciente y evitará la adopción o mantenimiento de intervenciones de soporte vital carentes de utilidad clínica sin menoscabo del bienestar del paciente Este esfuerzo requerirá del respaldo de, al menos, otro médico y antes se informará al paciente o su representante. Asimismo, tampoco se alude a la objeción de conciencia de los profe- Tanto la ministra como el propio informe sobre la ley ponen el acento en los derechos en la última fase vital, tales como a la información asistencial, a la toma de decisiones, al tratamiento del dolor, al acompañamiento y a la intimidad. Sobre este último punto, el texto obliga a los centros sanitarios a facilitar a las personas que deban ser atendidas en régimen de hospitalización una habitación de uso individual durante su estancia. En cuanto al tratamiento del dolor, habrá derecho a recibir la atención idónea para prevenir y aliviar el dolor, lo que incluye, además del tratamiento analgésico específico, la sedación Más aún, quienes lo precisen también tendrán derecho a la asistencia domiciliaria Se prevé también el caso en que el paciente esté en situación de incapacidad de hecho para el cual el consentimiento corresponderá, por este orden, al representante designado por él en sus instrucciones previas, su representación legal, el cónyuge o persona vinculada por análoga relación de afectividad o a los parientes de grado más próximo. El Gobierno pasa por alto que ya existe una Ley de Autonomía del Paciente- aprobada durante la etapa del PP en el poder, en 2002- que regula el testamento vital y establece que el paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles CASOS QUE CONMOCIONARON A LA OPINIÓN PÚBLICA Inmaculada Echevarría Inmaculada Echevarría AFP La historia de esta granadina fue la última en conmover a la opinión pública. A diferencia de Ramón Sampedro, esta mujer que padecía atrofia muscular consiguió que la Junta de Andalucía avalase su desconexión del respirador que la mantenía con vida desde hacía diez años. Murió en marzo de 2007, a los 51 años, en el hospital San Juan de Dios tras ser asistida por un equipo médico. El fallecimiento en 2006 del pentapléjico Jorge León en su casa de Valladolid (sobre estas líneas) estuvo sembrada de dudas sobre un posible suicidio asistido. Un juez archivó su caso por no existir motivos suficientes para atribuir su muerte a alguna persona. Jorge lo había intentado en otras tres ocasiones sin éxito y poco antes de su fallecimiento había pedido en internet una mano amiga para morir. Jorge León

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