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ABC MADRID 07-05-2008 página 98
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  • EdiciónABC, MADRID
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98 TVyCOMUNICACIÓN www. abc. es comunicacion MIÉRCOLES 7- -5- -2008 ABC La comisaria europea para la Sociedad de la Información, Viviane Reding, sigue de cerca el volumen de anuncios de las emisoras en España ABC La CE acusa a España de permitir que las TV abusen de la publicidad desde 2005 Bruselas denunciará a España ante el Tribunal de Justicia de la UE si no pone freno a que se rebase el límite europeo de 12 minutos de anuncios por hora natural de emisión MARIBEL NÚÑEZ. CORRESPONSAL BRUSELAS. La Comisión Europea inició ayer la segunda fase del procedimiento de infracción contra España por permitir que las cadenas de televisión, tanto públicas como privadas, abusen de la publicidad. Este segundo aviso es el paso previo a una denuncia formal contra España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no respetar la recién aprobada Directiva de Televisión sin Fronteras que, al igual que la norma a la que sustituye, limita a 12 minutos por hora de emisión los anuncios, sean en el formato que sean. La comisaria europea de Sociedad de la Información, Viviane Reding, considera que la norma europea que regula la televisión en Europa, y que no se respeta en España, tiene como objetivo proteger al público contra el exceso de interrupciones publicitarias y promover un modelo europeo de televisión de calidad Reding pidió ayer de nuevo a España que cese en su actitud de permitir el mencionado abuso, ya que todos los anuncios de publicidad directa así como de telecompra, aunque se llamen telepromoción o publirreportajes o de cualquier otra manera, deben ser contabilizados para el tope de los 12 minutos por hora que establece la legislación comunitaria. Cualquier otra interpretación de la norma es negar el respeto debido a los telespectadores y a los ciudadanos Además, la CE asegura que la situación que denuncia no es ni mucho menos actual, ya que desde mayo de 2005 viene observándola en los controles que realiza sobre la televisión española. Bruselas acusa al Gobierno español de hacer una interpretación estrecha de la norma europea, fruto de la cual todo un elenco de publicidad que hay en televisión, como los microespacios publicitarios, los spots de telepromoción o los publirreportajes no son considerados anuncios. El segundo aviso de la CE a España por la infracción de una norma comunitaria se produjo ayer después de la primera amonestación, en julio de 2007, a la que le Gobierno español contestó en octubre del año pasado pero sin aceptar la interpretación que hace la CE de la Directiva de Televisión sin Fronteras en lo relativo a los topes de anuncios. El control del volumen de anuncios que hay en las cadenas de televisión españolas ha sido realizado por la empresa independiente TNS, que ha utilizado también datos de la Asociación de Usuarios de Comunicación española. Esta reiterada infracción de las normas de publicidad en televisión por parte de España se produce sin que hayan pasado ni cinco meses de la entrada en vigor de la nueva Directiva sobre Televisión sin Fronteras que, además, amplía considerablemente el volumen de anuncios en la pequeñas pantalla, como mal menor para que las empresas de televisión comunitarias puedan sobrevivir financieramente, según la versión de Bruselas, y ampliamente rebatida por las organizaciones de consumidores. España falta al respeto El emplazamiento de producto, ahora amparado M. N. BRUSELAS. La Comisión Europea, además del abuso de los anuncios en televisión, reprochaba el año pasado al Gobierno español que permitiera el uso de la técnica de emplazamiento de producto como manera de hacer publicidad. Sin embargo ahora, con ocasión del avance en el procedimiento de infracción contra España, que puede acabar en denuncia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, no se mencio- na. La razón de esta omisión no obedece a la casualidad sino a que la recientemente aprobada Directiva de Televisión sin Fronteras autoriza explícitamente esta técnica publicitaria, al contrario de lo que sucedía con la norma anterior. A partir de ahora este emplazamiento de producto, por el que los actores de una serie por ejemplo usan productos de marcas que son visibles como forma de publicidad, es legal en las películas, las series, los programas deportivos así como los de entretenimiento pero no se permite en los programas infantiles. Los países, no obstante, pueden optar por prohibir esta forma de publicidad no siempre evidente.

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