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ABC MADRID 05-12-2007 página 22
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ABC MADRID 05-12-2007 página 22

  • EdiciónABC, MADRID
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22 ESPAÑA MIÉRCOLES 5 s 12 s 2007 ABC El Tribunal europeo recorta el rango de las delegaciones autonómicas Dictamina que no pueden considerarse en ningún caso representación de un Estado ENRIQUE SERBETO, CORRESPONSAL BRUSELAS. Podría llamarse el caso de la soberana nómina o de cómo las ambiciones de un funcionario- -funcionaria en este caso- -obligan a los tribunales a recordar los límites de las instituciones. Puede verse como una cuestión menor que afecta al sueldo de una ciudadana de nacionalidad española que actualmente trabaja en la Comisión Europea, o podría haber sido uno de los argumentos que tanto le gusta utilizar a personajes como el vicepresidente de la Generalitat, Josep Lluis Carod- Rovira, que por cierto estuvo por Bruselas recientemente para firmar un tratado con Flandes. De región a región o de nación a nación que diría el líder de ERC. En todo caso, el Tribunal Europeo de Justicia acaba de sentar en una sentencia que la delegación de una comunidad autónoma en Bruselas, la de Cataluña concretamente, no puede considerarse en ningún caso representación de un Estado y que no puede aspirar a que la Comisión Europea lo admita como tal. El fondo del asunto es, sin embargo, totalmente crematístico. La Comisión Europea paga unos sueldos espléndidos a sus funcionarios y, además, compensa con un complemento a los que dejan su país para trabajar en Bruselas. Este concepto representa un 16 por ciento del sueldo, además de complementos varios por hijos a su cargo, incluyendo colegios y otras mejoras. Sin embargo, como Bruselas es una ciudad llena de oficinas de empresas, organizaciones no gubernamentales, grupos de presión, representaciones de todo tipo de organizaciones, sindicatos y todo lo que uno se pueda imaginar, no es infrecuente que haya quien acabe dando el salto desde uno de estos organismos a las instituciones europeas. Y en ese caso, aunque se trate de un ciudadano de un país que no sea Bélgica, si llevaba ya 5 años viviendo en Bruselas, la Comisión Europea considera que no debe pagarle el complemento y las prebendas porque su residencia aquí ya no se atribuye a su nueva condición de funcionario, sino que ya se da por hecho que se trata de alguien integrado en su lugar de residencia. Las excepciones que establece la regulación de la Comisión afectan sólo a aquellos que se encontraban en Bruselas prestando servicios a otro Estado o a una organización internacional La funcionaria en cuestión, A. H. R. trabajó entre 1993 y 2001 en la oficina del Patronat Catalá Pro Europa, que hasta no hace mucho ejercía las funciones de oficina de representación de la Generalitat de Cataluña ante las instituciones europeas. Cuando la demandante se convirtió en funcionaria de la Comisión en noviembre de 2001, invocó su condición de expatriada, para percibir el 16 por ciento más en sus emolumentos bajo el argumento que había estado hasta entonces prestando servicios en igualdad de condiciones que los funcionarios de la Representación Permanente de España (la embajada ante la UE) El tribunal acaba de sentencias que la representación de una comunidad autónoma no cabe en las excepciones porque no se ciñe al concepto de Estado en el sentido del artículo 4, apartado 1, letra a) segundo guión, del Demanda de una funcionaria EPA Toma de mando en Bosnia, a distancia por la niebla España asumió ayer el mando de la misión europea en Bosnia, en un acto celebrado en Sarajevo al que no pudieron asistir por el mal tiempo ni el Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad de la UE, Javier Solana, ni el ministro de Defensa, José Antonio Alonso, cuyo avión no pudo aterrizar por la niebla. anexo VII del Estatuto, al Derecho internacional público que rige las relaciones entre los Estados miembros y los Estados terceros Además, aun cuando el reparto de competencias en el plano estatal interno varía en función de la estructura institucional de cada Estado, éste debe tener la consideración, en Derecho internacional público, de sujeto con carácter unitario. A la luz de esta interpretación, se exige que el Estado esté representado, ante otros Estados y ante las organi- Marruecos prohíbe la marcha del senador Yahya sobre Perejil ABC RABAT. El Gobierno de Marruecos ha prohibido la marcha sobre el islote septentrional de Perejil que había sido convocada para el próximo día 10 por el senador Yahya Yahya, según confirmaron ayer fuentes del Ministerio marroquí del Interior. El Ejecutivo justifica la prohibición de esa expedición al islote cuya soberanía reivindica Marruecos con el argumento de que el senador no es residente en la provincia de Tetuán, desde la que partiría esa marcha, según informa la agencia Efe. El pasado 28 de noviembre el senador Yahya Yahya, que es también presidente de la Comisión de Amistad de los Senados de España y Marruecos, anunció que encabezaría una expedición al islote de Perejil para denunciar la situación de lo que denomina territorios ocupados por España. Por otro lado, el presidente de la denominada Coordinadora de las Organizaciones de la Sociedad Civil en Nador (cerca de Melilla) Jamal Dardori, anunció que ha convocado una marcha para los día 14 y 15 entre Nador y Tetuán, con el propósito de que continúe hasta Ceuta. Se trata de una caravana de vehículos cuyo objetivo es la sensibilización de los marroquíes y de la opinión pública internacional acerca de Ceuta y Melilla, según dijo Dardori. Sin embargo, reconoció que su asociación aún no tiene el permiso oficial para realizar esa marcha. Su intención además es la de convocar actos en Tetuán y una manifestación en la frontera con Ceuta. zaciones internacionales, por un sistema de representación diplomática único, que es reflejo de la unidad, en el plano internacional, del Estado de que se trate El Tribunal declara que aunque no sea esencial que esté empleado en la Administración central de este Estado, en cambio, supone un elemento determinante que se halle integrado funcionalmente en la representación permanente de dicho Estado ante la UE En el fondo del asunto, la demanda tiene bastante razón, porque denuncia una discriminación entre los funcionarios de la Comisión. Al fin y al cabo, si alguien ha elegido esta carrera de funcionario europeo, no puede decirse que sea una penalidad trasladarse a Bruselas, o de otro modo no se explicarían las colosales cifras de participación en las oposiciones a puestos de funcionario europeo en todos los países. ABC. es Texto de la sentencia de la sala cuarta del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en abc. es

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