Archivo ABC
ArchivoHemeroteca
ABC MADRID 12-09-2007 página 15
ABC MADRID 12-09-2007 página 15
Ir a detalle de periódico

ABC MADRID 12-09-2007 página 15

  • EdiciónABC, MADRID
  • Página15
Más información

Descripción

ABC MIÉRCOLES 12- -9- -2007 La lucha antiterrorista ESPAÑA 15 Garzón encarcela a Olano por inducir de forma decisiva a la batalla de San Sebastián Su conducta se enmarca en el conjunto de acciones terroristas gravísimas desarrolladas por ETA dice el juez NATI VILLANUEVA MADRID. En apenas cinco horas el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón despachó ayer el auto de prisión incondicional del dirigente de Askatasuna Juan María Olano por su participación en la manifestación del pasado domingo en San Sebastián. El acto, hasta en dos ocasiones prohibido, desembocó en una auténtica batalla campal con un saldo de nueve detenidos y varios heridos, entre ellos un ertzaina. El magistrado justifica la prisión de Olano no sólo en la reiteración delictiva en la que habría incurrido al estar procesado- -y en libertad bajo fianza- -en el sumario de Gestoras Pro Amnistía- Askatasuna (por un delito de integración en ETA) sino también en el riesgo de que se sustraiga a la acción de la Justicia, algo que ya hizo hace unos años. Sin embargo, en esta ocasión, y a diferencia de lo que ocurrió en 2006 con motivo de su detención por incitar a la huelga general en el País Vasco y Navarra el 9 de marzo, el juez no ha fijado ninguna fianza que permita al filoetarra abandonar la cárcel de Soto, a la que fue conducido pasadas las seis de la tarde desde los calabozos de la Audiencia Nacional. Allí había llegado a las diez de la mañana para prestar declaración ante el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5. En perfecto castellano, el dirigente del frente de presos se limitó a comunicar al juez su intención de no declarar y dejó a su abogada, Jone Goiricelaia, hacer el resto del trabajo, que consistió en oponerse a la solicitud de prisión de la Fiscalía alegando que no se podía imputar a su cliente por los hechos de San Sebastián al estar investigándose allí. Fuentes jurídicas aseguraron que Garzón ya ha pedido la inhibición a los juzgados de la capital donostiarra. En el auto de prisión, en el que se repasa la trayectoria de Olano desde el 20 de septiembre de 2006- -haciendo mención expresa a los actos en los que intervino en nombre de Askatasuna, el último, una entrevista en Gara el pasado 5 de septiembre- Garzón asegura que la acción previa del sujeto fue directamente dirigida a conseguir que se concurriera Olano, en el coche policial que lo trasladó a la Audiencia Nacional ayer por la mañana a la manifestación con una finalidad muy específica: que hubiera incidentes con potenciales daños, lesiones, amenazas y coacciones, tal y como aconteció Según el magistrado, su conducta, la de incitar a la violencia, se enmarca en el conjunto de acciones terroristas gravísimas desarrolladas por ETA, parte de las cuales se insertan como un tándem armónico y articulado en los diferentes frentes y de forma particular en el de presos, al que pertenece y dirige el imputado Señala, además, que con su última acción Olano escenificó un auténtico desafío a las instituciones, pues participó en el urdimiento de los hechos acaecidos, siempre dentro de la estrategia de la organización terrorista a la que presuntamente pertenece Es su posición preeminente y de dirigente dentro de Askatasuna y, por ende, en ETAEKIN, la que, según el magistrado de la Audiencia Nacional, le dio la capacidad de influir decisivamente sobre quien, siguiendo sus directrices, acudieron a la manifestación y actuaron ilícitamente en la forma descrita FRANCISCO SECO Las claves del auto Garzón imputa a Olano un nuevo delito de integración en ETA y otro delito de provocación para la comisión de delitos de terrorismo. En el primero de los casos su participación es clara: intervino de forma directa en la manifestación. El segundo viene dado por su capacidad de influir decisivamente sobre quienes protagonizadon los incidentes. Justifica la prisión en el riesgo de fuga y en la reiteración delictiva. ABC. es No quiso declarar Texto íntegro del auto dictado por el juez Baltasar Garzón contra Juan María Olano en abc. es PORTAVOZ AUTORIZADO (Y CUALIFICADO) DE ETA El filoetarra Olano, alto comisionado de la banda para el chantaje y la amenaza, se desenvuelve mejor en tiempos de guerra que en procesos de paz J. PAGOLA MADRID. Juan María Olano, de 55 años, natural de Gainza, en el corazón de la Guipúzcoa más profunda, es hombre de confianza de sus jefes de ETA. Por ello, dispone de información privilegiada sobre los malvados planes de la banda. Lo demostró días antes del atentado contra el aeropuerto de Barajas, cuando advirtió de que se habían encendido todas las alarmas por el bloqueo del proceso Lo corroboró a finales de febrero, cuando avisó de que hay demasiados políticos que están tentando la suerte Por aquellas fechas, su jefe Ternera ya trabajaba en el borrador del comunicado que anunciaba el fin de la tre- gua. Y, como hombre de confianza de Ternera el talibán de Gainza también controla a todos los presos etarras, presto a sofocar cualquier amago de deserción, atisbo de escisión o, simplemente, el más mínimo síntoma de desmoralización en el frente de makos Si es preciso, amenaza al recluso indisciplinado con represalias de la dirección. Pero también, si las circunstancias lo aconsejan, encabeza batallas campales, como la de San Sebastián, o enaltece a los pistoleros víctimas de su propio odio en homenajes póstumos. Todo sea por mantener prietas las filas en el colectivo de presos del que ya formó parte durante un tiempo tras ser extraditado por Francia en 2003.

Te puede interesar

Copyright (c) DIARIO ABC S.L, Madrid, 2009. Queda prohibida la reproducción, distribución, puesta a disposición, comunicación pública y utilización, total o parcial, de los contenidos de esta web, en cualquier forma o modalidad, sin previa, expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa, a salvo del uso de los productos que se contrate de acuerdo con las condiciones existentes.