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ABC MADRID 29-05-2007 página 37
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ABC MADRID 29-05-2007 página 37

  • EdiciónABC, MADRID
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ABC MARTES 29 s 5 s 2007 ESPAÑA 37 El Constitucional no acumulará en uno los siete recursos contra el Estatuto Con esta decisión, el magistrado Pérez Tremps, recusado por el PP, podrá intervenir en la resolución de seis de ellos NIEVES COLLI MADRID. Pasada ya la convocatoria electoral, el Tribunal Constitucional ha retomado el espinoso asunto del Estatuto catalán y ha hecho pública su decisión (firmada el pasado jueves) de no acumular en uno solo todos los recursos planteados contra la ley autonómica. Es decir, el Pleno del TC dictará siete sentencias diferentes, una por cada uno de los siete escritos que impugnan distintos preceptos del Estatuto. La primera y más inmediata consecuencia de esta decisión afecta al magistrado Pablo Pérez Tremps, quien deberá abstenerse de intervenir en las decisiones que el TC tome sobre el recurso del Partido Popular (parte demandante cuya recusación prosperó) pero no de participar en las deliberaciones y resoluciones que dicte el Tribunal en los otros seis recursos. De hecho, ni el Defensor del Pueblo, ni los representantes legales de los gobiernos autonómicos de Baleares, Aragón, Comunidad Valenciana, La Rioja y Murcia cuestionaron su imparcialidad. Uno de los argumentos que complementan la decisión del TC contraria a la acumulación se refiere precisamente a la composición del tribunal. Afirma el Pleno, de acuerdo con el abogado del Estado, que la acumulación provocaría un efecto extensivo de la recusación formulada por el PP contrario a la doctrina constitucional, que defiende el carácter restrictivo que el alcance de toda recusación debe tener De hecho, si se unificaran los recursos Tremps no podría integrarse en el Pleno ni conocer de ninguno de los seis recursos en los que no fue recusado. Resueltas ya todas las cuestiones colaterales, los magistrados del Constitucional podrán empezar a resolver sobre el fondo y determinar si el Estatuto es o no acorde con la Constitución. En un auto dictado ayer por unanimidad, el Pleno del TC explica que la ley exige dos condiciones para que pueda acordarse la acumulación de dos o más asuntos: en primer lugar, que se dé una conexión entre ellos. En otras palabras, que los procesos que se pretenda acumular posean un contenido idéntico o muy cercano. Según el TC, este primer requisito se cumple sólo de forma parcial puesto que, si bien los siete recursos se formulan contra la misma ley, cada uno de ellos se refiere a unos concretos preceptos y contiene unas fundamentaciones jurídicas diferentes que es aconsejable contestar de forma separada. El segundo requisito que exige la ley implica que la acumulación sea necesaria para obtener del Tribunal una decisión doctrinal jurídica uniforme Se trata de evitar el riesgo de que se dicten resoluciones contradictorias en asuntos que deben obtener la misma respuesta. Y en el caso del Estatut, sostiene el TC, la acumulación de los recursos no sería beneficiosa desde el momento en que no facilitaría la respuesta del tribunal. Cada escrito está fundamentado de forma diferente y requiere una respuesta diferenciada de las demás. A ello se añade que no hay peligro de que se dicten resoluciones contradictorias pues todas corresponden al Pleno. La otra recusación En otro auto dictado ayer, el Pleno del Tribunal Constitucional hace extensiva a los siete recursos de inconstitucionalidad la desestimación de la recusación que la Generalitat de Cataluña formuló contra el magistrado Jorge Rodríguez- Zapata. El pasado 7 de marzo, el TC rechazó el intento del Gobierno catalán de apartar a este magistrado en lo que se interpretó en medios judiciales como una maniobra para conseguir un supuesto reequilibrio ideológico del Pleno tras la recusación de Pérez Tremps. Al pretender la Generalitat que Zapata se apartara de los siete recursos, el rechazo de la recusación afecta necesariamente a todos ellos. ABC. es Los autos íntegros del Tribunal Constitucional en abc. es españa Condenan a 34 años de cárcel a los dos etarras que secuestraron a Delclaux N. C. MADRID. La Audiencia Nacional ha condenado a diecisiete años de cárcel a cada uno de los dos miembros de ETA que, siguiendo instrucciones de Javier Arizcuren Ruiz, Kantauri secuestraron a Cosme Delclaux. El cautiverio del empresario se prolongó durante los 232 días que permaneció encerrado, sin salir en ningún momento al exterior en un reducido habitáculo sin ventilación y sin las mínimas condiciones higiénicas. Los etarras Gregorio Vicario Setién y José Ordóñez Fernández deberán abonar al hermano de la víctima 6.010.121 euros (mil millones de las antiguas pesetas) que es la cantidad que la familia de Cosme Delclaux hizo llegar a los terroristas como pago del rescate también deberán pagar al secuestrado una indemnización de 250.000 euros por los padecimientos que le causaron. Según la sentencia, el abogado sufre una grave secuela psíquica que ha incidido de manera significativa en su vida personal, social y profesional Entre otras pruebas, el tribunal maneja las declaraciones como testigos de otros dos miembros de ETA (ya condenados por el secuestro) que alojaron a los liberados encargados de ejecutar la acción, les proporcionaron el vehículo en cuyo maletero, sedado y con una capucha en la cabeza, trasladaron a Delclaux al zulo, y les hicieron llegar comida durante todo el tiempo que duró el secuestro. Requisitos incumplidos

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