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ABC MADRID 06-05-2007 página 12
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ABC MADRID 06-05-2007 página 12

  • EdiciónABC, MADRID
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12 ESPAÑA www. abc. es DOMINGO 6- -5- -2007 ABC El TS se inclina por dar paso a Batasuna con la anulación parcial de las listas de ANV La notificación de la sentencia se retrasa hasta hoy s ANV podría disponer de la mitad de sus candidaturas para ir a las elecciones del 27- M NIEVES COLLI MADRID. Tras una jornada de intensas y agrias deliberaciones, la Sala del 61 del Tribunal Supremo se inclinaba la pasada madrugada por anular sólo las candidaturas de ANV impugnadas por el fiscal y el abogado del Estado. De mantenerse, esta decisión- -a la que el tribunal se habría visto forzado dadas las limitaciones derivadas de las demandas- -permitiría a ANV acudir a las elecciones municipales con cerca de la mitad de las listas que presentó, gran parte de ellas (especialmente en Guipúzcoa) en los feudos históricos de Batasuna. Pasadas las doce de la noche- -el Tribunal pidió la cena sobre las once y media- -la Sala del 61 discutía cómo plasmar en el texto de la sentencia el malestar de un nutrido grupo de magistrados con la Fiscalía y la Abogacía del Estado por los planteamientos tan poco ortodoxos de sus demandas. Este fue, según han explicado fuentes judiciales, uno de los asuntos más espinosos del debate, que en algún momento llegó a alcanzar un tono poco agradable. Pero también era el elemento que, a última hora, podía determinar si la sentencia iría firmada por los dieciséis magistrados o si, por primera vez en la aplicación de la Ley de Partidos, la Sala del 61 se partiría en dos bloques. Los magistrados partidarios de incluir un toque de atención a los demandantes anunciaron votos particulares si su propuesta no era aceptada. El planteamiento por el que la Fiscalía y la Abogacía del Estado habían optado en sus respectivos escritos colocó a la Sala ante un reto jurídico muy complicado. Primero surgió el problema procesal al pretender ambos demandantes que se aplicara a un determinado número de candidaturas de un partido político el procedimiento que la ley prevé para las agrupaciones de electores, cuya personalidad jurídica es completamente diferente y su tratamiento, en consecuencia, también. Y, después, tuvo que resolver el no menos complejo problema de cómo salvar la incongruencia que supone impugnar sólo una parte de las listas presentadas por ANV por entender que están contaminadas por Batasuna, y argumentar que esa contaminación no afecta a las demás candidaturas y al partido en sí, que en definitiva es quien selecciona y coloca a sus candidatos. Tesis inviable Votos particulares Todas las fuentes judiciales consultadas por ABC advirtieron desde un principio que se trataba de tesis difícilmente defendibles en Derecho y de un intento de forzar la aplicación de ley de Partidos en unos términos que ésta no prevé. El primer problema (el de índole procesal) lo resolvieron el viernes por la noche, y por unanimidad, los dieciséis magistrados de la Sala del 61 Rechazaron la propuesta del fiscal y del representante legal del Gobierno de tramitar las demandas contra 110 y 122 listas, respectivamente, de ANV co, mo un procedimiento contencioso- electoral y acordaron reconducirlo como un incidente de ejecución de la sentencia que declaró ilegales HB, EH y Batasuna en marzo de 2003. Esto supuso, además de un revés importante a la Fiscalía y al Gobierno, un cambio radical en el objeto sometido a deliberación por el Tribunal. De hecho, ya no se trataba de determinar si la presencia de miembros de Batasuna había contaminado un concreto número de listas- -sin entrar a valorar la posibilidad de ilegalizar ANV- sino de analizar si el partido ha sido utilizado para dar continuidad a la ilegal Batasuna y para permitir su participación fraudulenta en las elecciones municipales del próximo día 27. Esta decisión- -notificada mediante auto ayer por la ma- El portavoz de Batasuna en Álava en la concentración proetarra de ayer en Vitoria ñana- -contenía una clara desautorización a los dos demandantes, que para nada entraban en la posibilidad de tocar a ANV Ambos argumentan en sus escritos de demanda que no existen pruebas suficientes para actuar contra el partido, aunque la Fiscalía reconocía que hubo un ámbito de colaboración entre ANV y Batasuna y que, fruto de esa cooperación, ANV cedió a la formación ilegal una parte de sus listas. Resuelto el problema procesal y encauzado desde el viernes por la noche el procedimiento (como incidente de ejecución de la sentencia de Batasuna) la Sala del 61 abordó durante parte de la jornada de ayer la no menos espinosa incongruencia con la que las dos demandas pretendían que se diese un tratamiento individualizado a las candidaturas de ANV como si en lugar de per, tenecer a un partido político y ser fruto de una única voluntad (la de la dirección de ese partido de colaborar con Bata- EFE Varios magistrados entendían que las demandas, tal y como se formularon, ataron a la Sala de pies y manos suna) se tratara de agrupaciones electorales, para las que la ley sí prevé ese trato por separado al ser cada una de ellas jurídicamente independiente de la otra. El único resquicio para acordar la anulación parcial de las listas de ANV era la de hacer una interpretación literal de la letra de la Ley de Partidos Políticos cuando en su artículo 12.1. b) señala, entre los efectos de la disolución judicial de un partido político (Batasuna) el sancionar los actos ejecutados en fraude de ley Como acto en fraude de ley podría entenderse la confección de una parte de las listas de ANV con miembros de Bata-

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