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ABC MADRID 01-04-2007 página 18
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  • EdiciónABC, MADRID
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18 ESPAÑA El desafío constante de ETA- Batasuna DOMINGO 1 s 4 s 2007 ABC La Sala del 61 Presidente: Francisco Hernando (es el presidente del Supremo) Magistrados: Juan Antonio Xiol (presidente de la Sala Civil) Juan Saavedra (presidente de la Penal) Fernando Ledesma (sustituye al presidente de la Sala de lo Contencioso- Administrativo, Ramón Trillo, que es uno de los magistrados encargados del CNI y podría estar contaminado para los asuntos que afectan a Batasuna) Joaquín Samper (presidente de la Social) Ángel Calderón (presidente de la Militar) Los más antiguos de cada sala son: Román García Varela, Enrique Bacigalupo, Ricardo Enríquez (en sustitución de Mariano de Oro, que fue magistrado del CNI) Aurelio Desdentado y José Luis Calvo. Los más modernos: Antonio Salas (que será sustituido por Encarnación Roca tras modificar el CGPJ el escalafón) Manuel Marchena, Manuel Martín Timón, Rosa Virolés y Javier Juliani. Los cabecillas batasunos estuvieron arropados ayer por sus antiguos jefes de los años ochenta y noventa REUTERS Ocho preguntas sobre la Ley de Partidos En boca de todos cada vez que se aproxima una convocatoria electoral, tan aplaudida y criticada a la vez, la Ley de Partidos es la prueba del algodón por la que deben pasar todas las formaciones que pretendan dar continuidad a la ilegal Batasuna POR NIEVES COLLI MADRID. La proximidad de una convocatoria electoral ha puesto en marcha la maquinaria judicial con el fin de poner la lupa sobre los partidos políticos y agrupaciones de electores que intenten presentar a sus candidatos para dar continuidad a los ilegales Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna y devolverles su antigua presencia en las instituciones del País Vasco y Navarra. Fiscalía, Abogacía del Estado y los dieciséis magistrados de la Sala del 61 han tenido que recuperar de sus estanterías la Ley de Partidos Políticos, verdadero filtro por el que tienen que pasar todas las formaciones sobre las que pese la sospecha de su vinculación a las tres ilegalizadas y a ETA. mocrático de libertades, justificar el racismo y la xenofobia o apoyar políticamente la violencia y las actividades de las bandas terroristas guos y más modernos de cada una de ellas. La preside Francisco Hernando. cial que puede culminar con la ilegalización de un partido sólo puede iniciarse a instancias de la Fiscalía y del Gobierno por sí mismos o a petición del Congreso de los Diputados o del Senado. Es lo que ocurrió cuando HB, EH y Batasuna fueron ilegalizadas, así como en cada convocatoria electoral posterior a la entrada en vigor de la Ley de Partidos. La sentencia con la que culmina el proceso debe ejecutarse desde el momento de su notificación y sólo puede ser recurrida ante el Constitucional. La Sala del 61 también puede anular agrupaciones de electores, pero sólo si pretenden dar continuidad a un partido previamente ilegalizado. Si no es así, procedería abrir un procedimiento contencioso- electoral ordinario ante el juez competente, no ante la Sala del 61 4. ¿Cuándo puede actuar la Sala del 61 El procedimiento judi- estimó después alguno de los recursos y redujo a 225 las que no se pudieron presentar. El 21 de mayo de 2004, la Sala del 61 anuló por la misma razón la candidatura de Herritarren Zerrenda (HZ) al Parlamento Europeo. Finalmente, el 26 de marzo de 2005, anuló la candidatura de Aukera Guztiak para las elecciones vascas del 17 de abril al apreciar su continuidad y sucesión con la actividad y objetivos de Batasuna, EH y HB. No, aunque éstas cuestionen el marco constitucional. La ley quiere evitar la existencia de partidos políticos cuya actividad (no el ideario) reiterada (no basta que sea aislada) ponga de manifiesto inequívocamente toda una trayectoria de quiebra de la democracia Y, por ello, distingue las organizaciones que defienden sus ideas y programas con respeto a los principios democráticos de aquellas otras que sustentan su acción política en la connivencia con el terror o la violencia 2. ¿Prohíbe esta ley la defensa de determinadas ideas políticas? 6. ¿Cuál es el trámite que se seguirá a partir de ahora con Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB) La situación que se plantea es nueva pues, a diferencia de lo que ocurrió con Batasuna, HB y EH (que eran partidos legalmente inscritos en el registro del Ministerio del Interior) o con las plataformas electorales (que por su diferente personalidad jurídica no necesitan inscribirse y pueden presentar directamente sus candidaturas) ASB no ha llegado a cumplir ese requisito. Las alarmas saltaron justo cuando los promotores de este partido intentaron inscribirlo. La próxima semana, Fiscalía y Abogacía del Estado presentarán ante la Sala del 61 sendos escritos en los que, según todas las previsiones, pedirán que ASB se declare ilegal por ser heredero de Batasuna. El Tribunal deberá después pronunciarse en base a las pruebas que le hayan presentado el fiscal y el representante jurídico del Gobierno. tividades que, realizadas de manera reiterada, pueden llevar a la ilegalización de un partido pueden resumirse en las siguientes: apoyo político expreso o tácito del terrorismo (aunque, según el TC, la negativa a condenar el terrorismo no basta) presentar programas que fomenten el enfrentamiento y la confrontación civil ligada a la actividad de los terroristas; incluir regularmente en sus órganos y listas personas condenadas por terrorismo que no hayan rechazado públicamente la violencia; utilizar símbolos o mensajes que se identifiquen con el terrorismo; ceder a los terroristas prerrogativas que la legislación electoral concede a los partidos, y promover desde las instituciones que gobierne actividades cuyo fin sea homenajear o distinguir acciones violentas o terroristas. 7. ¿Cuándo se debe declarar ilegal un partido? El abanico de ac- ción de motivos de esta norma, aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados en 2002, se señala expresamente que su objetivo es garantizar el funcionamiento del sistema democrático impidiendo que un partido político pueda, de forma reiterada y grave, atentar contra ese régimen de- 1. ¿Cuál es el objetivo de la Ley de Partidos Políticos? En la exposi- cia es de la Sala Especial del Tribunal Supremo- -conocida como Sala del 61 cuya composición es un pleno reducido del alto Tribunal. De hecho, está formada por los presidentes de las cinco Salas (Civil, Penal, Contencioso- Administrativo, Social y Militar) y por los magistrados más anti- 3. ¿A quién corresponde aplicar la Ley de Partidos? La competen- 5. ¿En cuántas ocasiones se han ilegalizado formaciones políticas? Con ocasión de la celebra- ción de tres convocatorias electorales. Todas las veces, la Sala del 61 ha dictado sus sentencias por unanimidad de sus dieciséis miembros. El 3 de mayo de 2003 fueron anuladas 241 de las 249 candidaturas que concurrieron a las elecciones municipales del 25 de mayo. El Tribunal entendió que formaban parte de la estrategia de sucesión de Batasuna. El TC ta una estructura, organización, financiación y funcionamiento similares; cuando coincidan las personas que la componen, rigen, representan o administran; o cuando se repitan otras circunstancias relevantes, como la disposición a apoyar el terrorismo, que permitan considerar dicha continuidad. 8. ¿Cuándo se considera que un partido quiere dar continuidad a otro ilegalizado? Cuando presen- ABC. es Más información en www. boe. es boe dias 2002 06 28 pdfs A 23600- 23607. pdf

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