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ABC MADRID 08-03-2007 página 16
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  • EdiciónABC, MADRID
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16 ESPAÑA El Estatuto catalán, en el alero JUEVES 8 s 3 s 2007 ABC El TC rechaza por unanimidad el órdago de la Generalitat contra Zapata El Pleno inadmite de plano la recusación y asegura que el trabajo realizado por el magistrado tiene carácter doctrinal y científico y no afecta a su imparcialidad NIEVES COLLI MADRID. Un trabajo realizado por Jorge Rodríguez- Zapata para la Fundación Carles Pi i Sunyer de Estudios Autonómicos Locales no puede convertirse en el soporte de una sospecha fundada de parcialidad y, en consecuencia, no puede ser utilizado- -como pretendía la Generalitat- -para apartar al magistrado de las decisiones del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto catalán. Este es el argumento con el que el Pleno del TC, por unanimidad de sus diez miembros- -no estuvieron ni RodríguezZapata ni el ya recusado Pablo Pérez Tremps- rechaza el intento protagonizado por el Gobierno de José Montilla para reequilibrar las fuerzas en el Tribunal que tiene en sus manos el futuro del Estatuto. La admisión el pasado 5 de febrero- -por un apretado 6- 5- -de la recusación que planteó el PP contra Pérez Tremps y la imagen de división en dos bloques que mostró el Tribunal (hubo cinco votos particulares) animaron a la Generalitat a lanzar un órdago en forma de dos recursos: uno, de súplica (de dudoso encaje legal) contra la recusación de Pérez Tremps; otro, para recusar a Rodríguez- Zapata, precisamente el magistrado que redactó el auto que decidió apartar a su compañero Pérez Tremps. El primer órdago está aún pendiente de deliberación por el Pleno, aunque quizás se resuelva la próxima semana; el segundo es el que perdió ayer la Generalitat al inadmitir de plano el TC su pretensión de apartar a Rodríguez- Zapata. La resolución dictada ayer- -de la que ha sido ponente Pascual Sala- -sostiene que el trabajo realizado por este magistrado tiene carácter doctrinal y científico y se centra en recoger de forma descriptiva y sistemática la repercusión que ha tenido la Carta Europea de Autonomía Local en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de este Tribunal Constitucional Añade la resolución que el trabajo se limita a establecer unos principios generales relativos, entre otros, a la competencia y recursos financieros de los entes locales pero sin entrar en el detalle de competencias y recursos económicos de dichos entes Nada que ver con la denuncia de la Generalitat, según la cual el texto escrito por RodríguezZapata expresa un criterio jurídico anticipado sobre uno de los elementos más significativos de la reforma del Estatuto En concreto, sobre el gobierno, las haciendas y las competencias de los entes locales (municipios, veguerías y comarcas, entre otros) No se dan, por lo tanto, los requisitos que exigen la ley y la propia jurisprudencia del Tribunal (que el auto cita sin mención alguna a la resolución que apartó a Pérez Tremps, de la que Sala discrepó) Para que un juez pueda ser apartado del conocimiento de un asunto, explica el TC, es siempre preciso que existan sospechas objetivamente justificadas de que no es ajeno a la causa porque está o ha estado en posición de parte o porque ha exteriorizado anticipadamente una toma de partido a favor o en contra de las partes en litigio o que permitan temer que no utilizará como criterio de juicio el previsto por la ley sino otras consideraciones ajenas al ordenamiento jurídico No cumple los requisitos ABC. es Resolución del TC sobre la recusación de R. Zapata en abc. es informacion pdf auto- zapata. pdf Carod, Montilla y Saura, en la reunión mantenida el martes por el Ejecutivo catalán EFE

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