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ABC MADRID 09-02-2007 página 14
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  • EdiciónABC, MADRID
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14 ESPAÑA El Estatuto catalán, en el aire s La respuesta de la Generalitat VIERNES 9 s 2 s 2007 ABC Montilla contraataca y precipita la creación de un tribunal constitucional catalán La Generalitat aprobará la ley del Consejo de Garantías Estatutarias, recurrido ante el TG s Tutelará derechos y deberes como los de morir dignamente o saber catalán MARÍA JESÚS CAÑIZARES BARCELONA. En plena polémica sobre la recusación de uno de los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) en vísperas del debate sobre el recurso presentado por el PP contra el Estatuto catalán, la Generalitat ha decidido contraatacar con la inminente aprobación de un proyecto de ley de desarrollo básico del texto estatutario: la ley del Consejo de Garantías Estatutarias, una especie de tribunal constitucional catalán que velará por la adecuación a la Constitución y al texto estatutario de las iniciativas legislativas del Estado y del Gobierno autonómico. Según el borrador del anteproyecto de ley, al que ha tenido acceso ABC, está previsto que los dictámenes del Consejo que afectan a derechos y deberes estatutarios sean vinculantes. Se da la circunstancia de que la creación de este Consejo, que el Estatuto contempla en su artículo 76, es uno de los artículos recurridos por el PP ante el Tribunal Constitucional por considerar que puede interferirse en el sistema de garantías establecido en la Constitución española en relación a derechos fundamentales No obstante, el Gobierno que presidente José Montilla opta por la política de hechos consumados y agilizará la aprobación de esta normativa, que junto a la nueva Ley del Gobierno- -que regulará el cargo de vicepresidente de la Generalitat creado a la medida del republicano Josep Lluís Carod- Rovira en base al reparto del poder tripartito- -serán las próximas iniciativas legislativas que aprobará el Consejo Ejecutivo para desarrollar el Estatuto. Posteriormente, deberá ser enviado al Parlamento autonómico para su aprobación. El futuro Consejo de Garantías Estatutarias tiene como punto de referencia el actual Consejo Consultivo, órgano asesor de la Generalitat que dictamina la adecuación de las leyes catalanas y estatales a la Carta Magna. Los dictámenes de este organismo no son vinculantes, por lo que la aplicación del Es- El artículo recurrido que define el Consejo El artículo 76 del Estatuto catalán establece que el Consejo de Garantías Estatutarias es la institución de la Generalitat que vela por la adecuación al presente Estatuto y a la Constitución de las disposiciones de la Generalitat Dictamina la adecuación de los proyectos y proposiciones de ley sometidos a debate y aprobación del Parlamento y de los decretos leyes sometidos a la convalidación del Parlamento El Consejo deberá determinar antes de la interposición de recurso de inconstitucionalidad por parte del Parlamento o del Gobierno o antes de la interposición de conflictos de competencia por el Gobierno proposiciones que desarrollen o afecten a derechos reconocidos por el Estatuto Los dictámenes serán vinculantes en relación a proyectos y Dictámenes vinculantes tatuto obliga a regular una nueva institución adecuada a esos niveles superiores de autogobierno que otorga el texto estatutario. El borrador, que ha sido enviado a los grupos de la oposición, define el Consejo de Garantías Estatutarias como la institución de la Generalitat creada por el Estatuto de Autonomía que vela por la adecuación al Estatuto y a la Constitución de las disposiciones de la Generalitat También emite dictamen previo a la interposición de los recursos de inconstitucionalidad por parte del Parlamento o del Gobierno, ante el planteamiento de conflictos de competencia por el Gobierno y ante la interposición ante el TC de los recursos en defensa de la autonomía local Los dictámenes del Consejo serán vinculantes- -de obligado cumplimiento- -en relación a proyectos y proposiciones de ley del Parlamento de Cataluña que desarrollan o afecten a derechos estatutarios El Es- Montilla, tras la última reunión de su equipo de gobierno, ayer tatuto establece que los derechos y deberes que contempla su Título I serán tutelados por el mencionado Consejo. Entre los mismos destaca el derecho y deber de conocimiento y uso del catalán y del castellano en los ámbitos de la administración, la enseñanza o el comercio, así como el derecho a vivir con dignidad el proceso de la muerte o el derecho de la mujer al libre desarrollo de su personalidad. Estos dos últimos preceptos han sido interpretados como una puerta abierta a la eutanasia y el aborto. La lista de derechos y deberes es más larga y, según se puso de manifiesto durante los trabajos de reforma estatutaria, algunos de ellos suponen una duplicidad respecto a la Constitución- -menores, salud, laboral, vivienda o medio ambiente- En los casos de dictamen vinculante, el Consejo, una vez admitida la solicitud de informe, emplazará a los grupos parlamentarios que lo hayan pedido y al Gobierno para que en un plazo de diez días, hagan llegar al Consejo sus alegaciones. La tramitación parlamentaria del texto dictaminado no podrá continuar sin que los preceptos declarados contrarios a la Constitución o al Estatuto hayan sido suprimidos, sustituidos o modificados según el borrador. El anteproyecto, elaborado YOLANDA CARDO por el Instituto de Estudios Autonómicos- -dependiente de la Consejeria de Interior y Relaciones Institucionales que dirige Saura- -destaca la independencia del Consejo de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como su autonomía orgánica, funcional y presupuestaria. Está integrado por nueve miembros, nombrados por el presidente de la Generalitat, seis a propuesta del Parlamento por mayoría de tres quintas partes de los diputados y tres a propuesta del Ejecutivo Condición de catalán Los dictámenes que afectan a derechos y deberes serán vinculantes Uno de los seis miembros propuestos por la Cámara catalana lo será a partir de una terna presentada por el Consejo de Gobiernos locales. Los miembros del Consejo deben ser juristas de reconocida competen-

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