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ABC MADRID 09-12-2006 página 14
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14 ESPAÑA 75 aniversario de la Constitución de 1931 SÁBADO 9 s 12 s 2006 ABC La Comisión Parlamentaria que negoció el articulado de la Constitución de 1931 ABC 1931, una Constitución de partido Hoy se cumplen 75 años de la proclamación de la Constitución de la II República s Considerada por sus partidarios como impulsora de los valores necesarios para la democracia, un análisis detallado revela que fue un recorte arbitrario de las libertades POR MANUEL ÁLVAREZ TARDÍO Profesor de Historia Política de la Universidad Rey Juan Carlos Tres días antes de que el Congreso aprobara el texto definitivo de la nueva Constitución republicana, José Ortega y Gasset se lamentaba en público de que, en apenas siete meses, el buen clima que había rodeado la proclamación de la República se hubiera transformado en desazón, descontento, desánimo, en suma, tristeza Para entonces, Niceto Alcalá- Zamora, el líder de la derecha republicana, que había sido presidente del Gobierno provisional hasta el mes de octubre y que en pocos días habría de convertirse en presidente de la República, había manifestado ya su oposición a algunos de los artículos de la Constitución. Más hacia la derecha, en el terreno del conservadurismo católico de antigua filiación monárquica, ahora accidentalista, el grupo político en el que empezaba a destacar el joven José María Gil Robles, se había retirado de las Cortes Constituyentes en protesta por la redacción de los artículos sobre religión y familia, y empezaba ya a preparar a la opinión pública conservadora para una activa campaña a favor de la modificación de la Constitución. Y en el centro- derecha republicano, el viejo Partido Republicano Radical dirigido por Alejandro Lerroux, que tenía el segundo grupo parlamentario de aquellas Cortes, aunque finalmente diera su apoyo a la nueva Constitución, no iba a tardar en articular un discurso político que hablaba, a su modo, de la necesaria revisión de la norma fundamental. Así pues, sólo los partidos de la izquierda republicana y el socialista, que juntos sumaban los diputados necesarios para obtener una justa mayoría absoluta en las Cortes, apoyaron sin reservas el texto de la Constitución aprobado el 9 de diciembre de 1931. Para ellos, desde luego, eso no constituía impedimento alguno para consolidar las nuevas instituciones. Estaban orgullosos, como explicara el socialista Luis Jiménez de Asúa, a la sazón presidente de la Comisión Constitucional, de haber elaborado una constitución de izquierdas. lado que suponían, o bien un recorte arbitrario de las libertades, o bien la inclusión de puntos programáticos de la izquierda que no eran propios de un texto constitucional que aspirara a convertirse en unas reglas del juego aceptadas por todos. El caso paradigmático fue el de la cuestión religiosa. El artículo 27 garantizaba a todos los españoles la libertad de conciencia y el derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión Pero ese reconocimiento estaba seriamente limitado por el resto del articulado; así, por ejemplo, toda manifestación pública de culto debería ser autorizada por el Gobierno, y ninguna orden religiosa podría dedicarse en adelante a la industria, el comercio o la enseñanza. Y en un país en el que una parte muy importante de la población era católica, sólo se reconocía a las iglesias el derecho a enseñar sus respectivas doctrinas en sus propios establecimientos lo que permitiría en breve proceder al cierre de los colegios católicos. Revolución religiosa Y todo eso era así porque se trataba, no de garantizar la libertad de conciencia, ni el principio de una Iglesia libre en un Estado libre, sino de hacer posible eso que las izquierdas solían llamar revolución religiosa entendida como una acción radical destinada a acabar de una vez por todas con el control católico de las conciencias. Para la izquierda republicana y los socialistas, la libertad de conciencia no era una libertad individual frente al Estado sino un arma en manos de este último para contrarrestar la todavía evidente influencia católica en la sociedad española. Los serios impedimentos que lastraban la libertad religiosa, la libertad de educación Menoscabo democrático Aquella Constitución reconoció algunas libertades fundamentales como las de conciencia, reunión y asociación, y estableció un sistema unicameral con un Congreso elegido por sufragio universal libre y secreto. Su carácter liberal democrático se vio, sin embargo, seriamente menoscabado por diferentes aspectos del articu- Ya no se trataba de transigir, sino de aplicar los principios- -revolucionarios- -sin miramientos

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