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ABC MADRID 08-08-2006 página 7
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ABC MADRID 08-08-2006 página 7

  • EdiciónABC, MADRID
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ABC MARTES 8 8 2006 Opinión 7 TRIBUNA ABIERTA POR GUILLERMO VELASCO ALEMANIA: EJEMPLO CONSTITUCIONAL La Constitución española debe reformarse. Si, como en el caso alemán, es capaz de integrar la adecuación a las nuevas realidades sin poner en peligro la unidad y estructura del Estado, nuestro sistema avanzará hacia la madurez democrática L Bundestag y Bundesrat aprobaron por mayoría de dos tercios la más importante reforma de la Ley Fundamental de Bonn de 1949. El objetivo de la reforma es reducir el número de leyes que requieren el visto bueno de los länder para agilizar los trabajos del Poder Legislativo y reordenar el reparto de competencias entre la Federación y los länder. La decisión constitucional a favor del Estado federal fue tomada con la finalidad de contrarrestar el centralismo estatal del nacionalsocialismo. El orden constitucional de los länder debe responder a los principios del Estado de Derecho republicano, democrático y social en el sentido de la Ley Fundamental. Esta revisión del federalismo, corrigiendo los defectos acumulados durante más de cincuenta años, ha sido posible por el consenso de los partidos que integran la Grosse Koalition (CDU CSU- SPD) El Estado federal seencontraba bloqueado por el continuo veto del Bundesrat (órgano constitucional de la Federación y no de los länder) A pesar de las reformas constitucionales para reforzar los poderes del Estado, el poder de veto del Bundesrat alcanzó el 60 por ciento de la legislación federal hasta llegar al absoluto bloqueo de los últimos gobiernos de los cancilleres Kohl y Schröder. Como las elecciones de los länder se van produciendo en años diferentes, a lo largo de una legislatura del Bundestag, los cambios de mayoría que se originan en los Parlamentos de los länder alteran la composición del Bundesrat y condicionan la actividad legislativa de la mayoría que tenga el Gobierno Federal. Los votos se emiten de forma uniforme en el Bundesrat, es decir, conjunta, y no tienen independencia al votar los miembros del Bundesrat porque deben seguir las instrucciones de los respectivos Gobiernos de los länder. La Grosse Koalition, liderada por la canciller Merkel, ha sido capaz de realizar esta importante reforma constitucional que fortalece al Estado federal. Los Gobiernos de los länder han cedido la posibilidad de vetar las propuestas legislativas por mayores competencias en ámbitos como el medio ambiente, educación o régimen de funcionarios en cuanto a la contratación y remuneración. Especialmente criticada ha sido la cesión de la competencia de educación en lugar de haber mantenido un sistema uniforme para toda Alemania. Por otra parte, Los Verdes temen que el medio ambiente, icono de la política social alemana, quede relegado a un segundo plano. Las numerosas reformas constitucionales se han realizado siempre sin poner en peligro la unidad del Estado que está garantizada con la Ewigkeitsgarantie. No se permite ninguna modificación constitucional que afecte a la organización de la Federación en los länder, al principio de participación de los mismos en la legislación, a la protección de la dignidad humana o a E la propia estructura del Estado (arts. 1, 20 y 79 LF) El Bundestreue o principio de lealtad federal ha inspiradosiempre a los partidos políticos en las reformas constitucionales. Por otra parte, la Ley Fundamental establece que son inconstitucionales los partidos políticos que tiendan a desvirtuar o eliminar el régimen fundamental de libertad y democracia o pongan en peligro la existencia de la República Federal de Alemania (art. 21 LF) El Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales dos partidos políticos radicales en los años cincuenta (SRP en 1951, BVerfGE 2,1 ff y KPD en 1956, BVerfGE 5, 85 ff) El partido próximo al nazismo NPD plantea en la actualidad serios problemas de constitucionalidad. La Constitución española debe reformarse para adecuarse a las nuevas realidades y desarrollarse en toda su extensión. Sólo se ha modificado en una ocasión para adecuarse a las exigencias del Derecho Comunitario (art. 13.2 CE) Además, enla historia del constitucionalismo español las Constituciones no se han reformado sino que han sido sustituidas por otras de corte distinto a la anterior (Constituciones de 1812, 1834, 1837, 1845, 1869, 1876, 1931) Si, como en el caso alemán, es capaz de integrar la adecuación a las nuevas realidades con el mantenimiento de lo esencial, sin poner en peligro la unidad y estructura del Estado y la protección de la dignidad humana, nuestro sistema avanzará hacia la madurez democrática. En definitiva, la próxima reforma de la Constitución, en la que deben participar todos los partidos políticos y alcanzarse el máximo consenso, debería modificar el orden de sucesión a La Corona, hacer referencia a la construcción europea y a Hispanoamérica para potenciar y mejorar las relaciones históricas, educativas y comerciales de la comunidad hispanoamericana, cerrar el modelo territorial con una mención expresa a las comunidades autónomas (por orden alfabético como en Alemania, por orden geográfico- -de norte a sur- -como Italia, o por orden cronológico encuanto a su constitución encomunidades autónomas como Suiza) lograr un equilibrio competencial entre el Estado y comunidades autónomas, alcanzándose la máxima descentralización posible pero teniendo en cuenta que debe primar siempre el bien común, es decir, el interés general de todos los españoles, recuperar aspectos básicos de la competencia de educación por el Estado, convertir al Senado en auténtica cámara de representación territorial donde comunidades autónomas sean las verdaderas protagonistas, potenciar la autonomía municipal y tener presente la inmigración como fenómeno de enriquecimiento social y cultural. Corresponderá al Rey, como ya ha hecho en otras ocasiones, unir a los que hoy parecen irreconciliables y al pueblo español, titular de la soberanía nacional, aprobar la necesaria reforma de la Constitución de 1978 que, desde el reconocimiento a la diversidad territorial, cultural y lingüística, ha dado origen a una etapa de prosperidad y modernización ejemplar en uno de los Estados más antiguos y determinantes en la historia de Occidente. Doctor en Derecho. Máster en leyes por la Universität Passau (Alemania) REVISTA DE PRENSA POR ENRIQUE SERBETO TOMARSE LA JUSTICIA POR SU MANO En la localidad belga de Maasmechelen, de la región flamenca de Limbourgo, la semana pasada se produjo un suceso que tiene a Bélgica en pleno debate. Según lo contaba ayer Le Soir, un hombre de 28 años que acababa de robar en una casa en la noche del miércoles al jueves, fue interceptado por tres jóvenes del barrio y cuando lo entregaron a la policía estaba lo bastante herido como para que no se pudiera hacer nada por salvar su vida. Todos son emigrantes, pero el supuesto ladrón es de origen marroquí y los supuestos vengadores son belga- italianos. El primero era un heroinómano y los jóvenes han sido detenidos. En el barrio los habitantes estaban hartos de robos. Algunos dan a entender que el ladrón no ha tenido más que lo que merecía. ¿Se ha convertido la reprimenda en permiso para vengarse o incluso para matar? Tres senadores flamencos han propuesto una reforma legislativa que extienda la legítima defensa a la protección de los bienes y no solamente a la de las personas Asunto a seguir. También hay que seguir el consejo del Financial Times, que se ocupa de una exposición de un gran pintor, Santiago Rusiñol, en una pequeña localidad como Sitges (comparada con la vecina Barcelona, quiero decir, que no se ofendan por el juego de palabras los habitantes de este simpático rincón del Garraf) El crítico de arte contempla la evolución de un pintor luminoso y mediterráneo, como la propia Sitges, a una obra oscura, negra, desgarradora. ¿A qué se debió este cambio repentino? Parcialmente a la polaridad entre el placer y la muerte que impregnaba la cultura catalana de aquel tiempo y también el rastro de la enfermedad en la década de 1890 que llevó a Rusiñol al descubrimiento de, en sus propias palabras, los paraísos artificiales que no eran patios soleados, sino las drogas Algunos que creían haber inventado algo hace diez o quince años, resulta que no hacían sino imitar al siglo XIX. Como ejercicio refrescante, el Moscow Times recomienda una visita fascinante a la página web del Servicio Federal de Seguridad ruso, el sucesor del KGB (FSB, es decir www. fsb. ru) Hay hasta cuatro páginas dedicadas a los consejos que uno debe saber si es secuestrado por un grupo de terroristas. Digno de verse.

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