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ABC MADRID 29-07-2006 página 13
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  • EdiciónABC, MADRID
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ABC SÁBADO 29 7 2006 Nacional LA REHABILITACIÓN MORAL Y ECONÓMICA 13 LEY DE VÍCTIMAS DE LA GUERRA CIVIL Y LA DICTADURA La vicepresidenta primera destacó que, frente a la pretensión de alguna asociación y fuerza política de que se procediera a declarar la nulidad de los juicios sumarísimos, el Gobierno ha optado por la vía más sensata Argumentó, en este sentido, que existen no sólo razones de índole jurídico- constitucional, sino sobre todo el sentido común de que esa fórmula llevaría a los ciudadanos (y también a la Administración) a procedimientos judiciales muy costosos para obtener sólo una reparación moral ya que aquellas sentencias carecen hoy de todo efecto o consecuencia jurídica. Alegó también que en las aproximadamente 15.000 cartas de afectados- -básicamente republicanos, aunque no sólo- -que se han dirigido al Gobierno por esta causa, la reivindicación es sobre todo de reconocimiento personal Para obtener estas declaraciones se prevé un plazo total de dos años y medio a partir de la entrada en vigor de la ley: uno para la solicitud, uno para su resolución y medio de cautela para posibles procedimientos adicionales. te tres o más años, y que tuvieran cumplidos 60 años de edad el 31 de diciembre de 1990. La indemnización será de 6.010,12 euros si se ha estado tres o más años en prisión, y 1.202,02 adicionales por cada periodo de tres años completos a partir de los tres primeros. También tendrá derecho el cónyuge en la sucesión intestada. El número de beneficiarios se calcula en torno a 1.500. 4. Dejar exentas del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2005, las indemnizaciones a favor de quienes sufrieron privación de libertad como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley de Amnistía. 5. Ayudas para compensar la carga tributaria de las indemnizaciones percibidas entre el 1 de enero de 1999 y el 31 de diciembre de 2004 como consecuencia de los supuestos contemplados en aquella ley, de octubre de 1977. El coste económico de todo este apartado se calcula en 20 millones de euros. El plazo de solicitud será de un año. nistía- Se estima que los posibles beneficiarios no llegan a cuarenta. Desaparecidos La regulación abarca los artículos decimotercero a decimosexto. Con carácter general se establece que las Administraciones Públicas, en el marco de sus competencias- -la mayoría son autonómicas y municipales- facilitarán las actividades de indagación, localización e identificación de las personas desaparecidas violentamente durante la guerra o la represión posterior y cuyo paradero se ignore Con este fin, podrán arbitrarse subvencio (Pasa a la página siguiente) Víctimas de la Transición La disposición adicional segunda reconoce una indemnización especial, de 135.000 euros, para quienes perdieron la vida en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1968- -la fecha de referencia de la Ley de Víctimas del Terrorismo- -y el 6 de octubre de 1977- -fecha de aprobación de la Ley de Am- Pensiones e indemnizaciones Los artículos octavo a duodécimo reconocen diversas mejoras de derechos económicos ya recogidos desde 1979, fecha desde la que se han resuelto favorablemente cerca de 574.000 expedientes de pensiones o indemnizaciones, con un coste acumulado hasta 2005 de 16.356 millones de euros, de los que 391 corresponden a indemnizaciones por tiempo de prisión y el resto a pensiones. El número de beneficiaros de éstas ha ido disminuyendo por la consolidación del sistema de ayudas y la edad del colectivo afectado, que ascendía a 95.943 personas en enero de 2006. Ante las carencias detectadas, el proyecto de ley determina: 1. Modificar la Ley de 18 de septiembre de 1979 de reconocimiento de pensiones, asistencia médico- farmacéutica y asistencia social a favor de las viudas, hijos y demás familiares de fallecidos como consecuencia o con ocasión de la Guerra Civil Se elimina el plazo de que el fallecimiento se hubiera producido dentro de los dos años siguientes al final de la guerra, lo que, por ejemplo, dará cobertura a quienes murieron a causa de las bombas abandonadas que explotaron años más tarde. También dará cobertura a quienes murieron como consecuencia de actuaciones u opiniones políticas y sindicales, siempre que se establezca la relación directa entre la Guerra Civil y el fallecimiento 2. Incrementar las pensiones de los huérfanos no incapacitados mayores de 21 años, que estaban congeladas desde 1981. La nueva pensión se establece en 132,86 euros mensuales, con los complementos y revalorizaciones que establezcan anualmente los Presupuestos del Estado. 3. Modificar el ámbito de aplicación de las indemnizaciones a favor de quienes sufrieron prisión en los supuestos contemplados en la Ley de Amnistía. Se posibilita la obtención de indemnización, por una sola vez, a quienes acrediten haber sufrido privación de libertad en Batallones Disciplinarios, en cualquiera de sus modalidades, duran-

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