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ABC MADRID 24-05-2006 página 24
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ABC MADRID 24-05-2006 página 24

  • EdiciónABC, MADRID
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24 Nacional MIÉRCOLES 24 5 2006 ABC El fiscal pide al Supremo que confirme la sanción que Bono impuso al general Mena Afirma que el militar interfirió en el debate político al no mantenerse neutral N. COLLI MADRID. El fiscal no tiene dudas, y así lo dice en reiteradas ocasiones en el informe enviado a la Sala Quinta del Tribunal Supremo: el teniente general José Mena mereció la sanción de arresto domiciliario que el pasado mes de enero le impuso el entonces ministro de Defensa, José Bono, por el contenido del discurso que pronunció durante la celebración de la Pascua Militar. Con su palabras, asegura el fiscal togado, se posicionó públicamente en contra del Estatuto de Cataluña, interfirió en el debate político e infringió su deber de neutralidad. Es decir, mostró una conducta que le está vedada como militar. El fiscal reprocha especialmente al general Mena su mención al artículo 8 de la Constitución- -el que atribuye a las Fuerzas Armadas la misión de garantizar la soberanía e independencia de España y la de defender su integridad- -sin hacer referencia alguna, siquiera somera, al sometimiento de las Fuerzas Armadas al Gobierno para el cumplimiento de las citadas misiones sometimiento que establece la propia Carta Magna en su artículo 97. En cualquier caso, añade el fiscal, Mena habría infringido su deber de neutralidad política: incluso dejando claro que corresponde al Ejecutivo tomar decisiones sobre la actuación de los ejércitos estaría advirtiendo al Gobierno de su obligación de emplear las fuerzas Armadas si el Estatuto catalán sobrepasara los límites de la Constitución. Lo legítimo habría sido que el general sancionado hiciera llegar sus preocupaciones en relación con la configuración territorial de España al JEME por conducto reglamentario y sin publicidad El fiscal togado ve claro, y cree fundamental destacar, que Mena no se posiciona sobre un hipotético supuesto fáctico gravísimo y delictivo contra la Constitución es decir, sobre un golpe de Estado sino que interfiere en un debate público al alinearse con quienes consideran inconstitucionales determinados artículos del Estatuto catalán y al advertir que la aprobación del texto en esos términos obligaría a la intervención de las Fuerzas Armadas En el escrito, el representante del Ministerio Público rechaza que la sanción vulnerase el derecho a la libertad de expresión de Mena, como éste ha reclamado. En este sentido explica que, por su condición de militar y precisamente con el objeto de preservar el necesario deber de neutralidad política de los miembros de las Fuerzas Armadas, Mena tiene limitado el ejercicio de este derecho. La sanción resultó por ello más justificada y legitimada pues castigó un comportamiento que, además, puso en peligro la necesaria cohesión interna de los ejércitos. Ni Turquía ni España pidieron la identificación de los cuerpos del Yak- 42 N. VILLANUEVA MADRID. El cónsul español en Turquía cuando se produjo el accidente del Yak- 42- -en el que el 26 de mayo de 2003 fallecieron 62 militares españoles- Raimundo Ezquerra, declaró ayer ante la magistrada Teresa Palacios que las autoridades turcas nunca pusieron como condición (para entregar los cadáveres) que éstos estuvieran identificados y que tampoco él advirtió a la comisión española desplazada a Turquía que fuera necesario realizar dicho trámite antes de que los cuerpos fuesen embarcados rumbo al aeropuerto militar de Torrejón. Tras la muerte repentina del traductor turco cuya comparecencia había solicitado la acusación particular, la declaración de Ezquerra supone la última diligencia que quedaba por practicar para dar por concluida la investigación sobre las identificaciones de los cuerpos. Por su parte, la instrucción sobre las causas del siniestro todavía está pendiente del informe que tiene que elaborar la comisión interestatal (constituida por representantes de Turquía, Ucrania y Rusia) y en el que se pondrá de manifiesto si el accidente fue o no evitable.

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