Archivo ABC
ArchivoHemeroteca
ABC MADRID 24-05-2006 página 20
ABC MADRID 24-05-2006 página 20
Ir a detalle de periódico

ABC MADRID 24-05-2006 página 20

  • EdiciónABC, MADRID
  • Página20
Más información

Descripción

20 Nacional MIÉRCOLES 24 5 2006 ABC EE. UU. apunta a Al Suri como estratega de los atentados posteriores al 11- S b El Washington Post confirma La Inspección del CGPJ propone que se expediente a Del Olmo por falta muy grave Ve en la libertad de El Harrak desatención en el cumplimiento de sus obligaciones b El informe de la Inspección, que no es vinculante, será debatido el 7 de junio por la Comisión Disciplinaria, que con toda probabilidad abra expediente a Del Olmo NIEVES COLLI MADRID. Abrir expediente a Juan del Olmo por falta disciplinaria muy grave de desatención. Esa es la propuesta del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en relación con la excarcelación de Saed el Harrak- -procesado como colaborador del 11- M- -por el vencimiento del plazo máximo de prisión preventiva sin que el juez lo prorrogara a tiempo. La puesta en libertad- -dice el informe- -fue debida a una desatención del juez en el cumplimiento de sus obligaciones El informe, cuyo carácter no es vinculante, será debatido el próximo día 7 por la Comisión Disciplinaria, que con toda probabilidad acordará la incoación de expediente. No está tan claro en este momento si lo hará por falta muy grave o no, pues hay algunos vocales que consideran desproporcionada esta calificación, mientras que otros recuerdan, de acuerdo con la Inspección, que la excarcelación de El Harrak se produjo por un error que sí podría merecer esa consideración. En cualquier caso, estamos en una fase inicial y es prematuro aventurar resultados pues, una vez abierto el expediente, corresponderá al magistrado que se designe para su instrucción elevar al CGPJ una propuesta (ya sea de sanción o de archivo) en un plazo que no deberá superar los seis meses. El instructor sólo tiene una limitación: no podrá calificar los hechos como constitutivos de una falta más grave de la que motivó la apertura del expediente. Es decir, si se abriera por falta grave, el instructor sólo podrá moverse en el abanico que va desde la leve a la grave, nunca más allá. Tras el análisis de los distintos informes- -entre ellos el de Del Olmo- -la Inspección concluye que el instructor del 11- M no utiliza un sistema efecti- que el sospechoso, detenido en Pakistán, permanece en un limbo extrajudicial a cargo de los servicios de inteligencia de EE. UU. PEDRO RODRÍGUEZ. CORRESPONSAL WASHINGTON. Mustafá Setmarian Nasar, Al Suri -el español de origen sirio reclamado por la Audiencia Nacional- -empieza a perfilarse como el principal arquitecto, estratega o inspirador de la descentralizada ofensiva terrorista responsable de los mortales atentados perpetrados en 2003 en Casablanca, en 2004 en Madrid y en 2005 en Londres. Según una información publicada ayer en portada del Washington Post Setmarian es autor de miles de páginas distribuidas a través de Internet en las que se explica detalladamente cómo pequeños grupos de extremistas pueden librar por su cuenta una guerra global contra EE. UU. y sus aliados. Con la pérdida de Afganistán como base de operaciones tras la invasión ordenada por la Administración Bush a finales del 2001, la tesis de Setmarian- -al que el Post sitúa en un limbo extrajudicial a cargo de los servicios de inteligencia de EE. UU. tras su detención en octubre pasado en Pakistán- es que los terroristas necesitan cambiar sus estrategias habituales, abrir el mayor número posible de frentes, utilizar las armas más letales a su alcance y trabajar de forma descentralizada, aunque a veces cuenten con indicaciones de emisarios esporádicos de un movimiento más amplio. El juez Del Olmo viajó en abril a Marruecos para investigar el 11- M EFE Los pasos de un expediente Informaciones previas. Las realiza la Inspección del CGPJ. Es una investigación preliminar que concluye con una propuesta no vinculante a la Comisión Disciplinaria. Esta Comisión tiene tres opciones: archivar, incoar diligencias informativas o abrir expediente. En caso de incoación de expediente, se designará un instructor que, en el plazo de seis meses, tendrá que practicar las pruebas que estime necesarias- -con intervención del expedientado y vo de control que garantice una adecuada vigilancia de los plazos y límites temporales de las situaciones de prisión provisional, hecho que constituye una falta muy grave de desatención La ley prevé para este tipo de faltas sanciones que van desde la suspensión hasta la separación de la carrera, pasando por el traslado forzoso. Al dictado de Setmarian En los casos de Casablanca, Madrid y Londres, según las fuentes antiterroristas citadas por el Washington Post los responsables directos de esos atentados habrían puesto en práctica los dictados de Setmarian organizándose en células locales, autosuficientes, que actuaron por su cuenta pero que probablemente también aceptaron orientación por parte de activistas volantes. Aunque sin quedar totalmente claro si tuvo un papel directo en alguno de estos brutales atentados contra objetivos civiles. De todos sus prolijos escritos, la principal obra de Setmarian es un mastodóntico volumen de 1.600 páginas titulado La llamada para una resistencia islámica global y que se ha convertido en una referencia obligada en chats y páginas de Internet frecuentadas por radicales islamistas. El texto critica insurgencias fallidas en lugares como Siria o Egipto e insiste, por ejemplo, en que para evitar ser infiltrados y desarticulados se debe operar en células pequeñas con mínimos vínculos de organización. del fiscal- -y remitir una propuesta de resolución. De ser sancionadora, deberá expresar la sanción. Conclusión del proceso: si la falta es muy grave, la propuesta de la Disciplinaria se vota en el Pleno; si es grave o leve, sanciona directamente la Disciplinaria. Posibles sanciones. Falta leve: se castiga con advertencia o multa de hasta 300 euros, o ambas. Grave: con multa de 300 a 3.000 euros. Muy grave: con suspensión, traslado forzoso o separación de la carrera. Aunque no hay doctrina consolidada del TS sobre la desatención -así lo reconoce la Inspección- el informe se apoya en tres sentencias para asegurar que se trata del comportamiento omisivo del juez que no observa el cuidado debido asimilable a ligereza o distracción La ley, añade, no exige que se trate de una conducta reiterada El magistrado que recabó firmas contra el Estatuto catalán sustituirá en funciones a Gómez Bermúdez N. C. MADRID. Fernando Bermúdez de la Fuente se hará cargo en funciones de la presidencia de la Sala Penal de la Audiencia Nacional cuando cese su titular, Javier Gómez Bermúdez, como consecuencia de la anulación de su nombramiento por el Tribunal Supre- mo. La responsabilidad recaerá sobre Bermúdez de la Fuente por ser el más antiguo entre los magistrados que presiden las cuatro secciones de la Sala. La Comisión Disciplinaria del CGPJ archivó recientemente- -por tres votos a dos- -la información previa que la Inspección abrió a este magistrado por recabar firmas a favor de la celebración de un referéndum sobre la reforma del Estatuto catalán, iniciativa que le costó muchas críticas. Fue precisamente Gómez Bermúdez quien- -como presidente de la Sala Penal y al igual que ha hecho en el caso de Juan del Olmo- envió al CGPJ un informe sobre los hechos. Fuentes próximas a Gómez Bermúdez aseguran que está a la espera de conocer el contenido de la sentencia y su alcance, y que en ningún momento se ha parado a pensar sobre futuribles relacionados con una hipotética reelección por parte del CGPJ.

Te puede interesar

Copyright (c) DIARIO ABC S.L, Madrid, 2009. Queda prohibida la reproducción, distribución, puesta a disposición, comunicación pública y utilización, total o parcial, de los contenidos de esta web, en cualquier forma o modalidad, sin previa, expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa, a salvo del uso de los productos que se contrate de acuerdo con las condiciones existentes.