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ABC MADRID 11-03-2006 página 35
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ABC MADRID 11-03-2006 página 35

  • EdiciónABC, MADRID
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ABC SÁBADO 11 3 2006 Madrid 35 Alfredo Galán lleva en prisión desde julio de 2003 CHEMA BARROSO El Supremo confirma la pena del asesino del naipe a 142 años de cárcel Rechaza los recursos de la defensa de Galán y la indemnización del Estado por ser ex militar a Arturo Galán autor de seis asesinatos consumados y otros tres en grado de tentativa, perpetrados entre los meses de enero y marzo de 2003 ABC MADRID. Un año después de que la Audiencia Provincial de Madrid dictara sentencia, el Tribunal Supremo (TS) ratificó ayer el fallo que condena al ex militar Alfredo Galán Sotillos, el asesino de la baraja a 142 años y tres meses de prisión como autor de un delito de allanamiento de morada, seis asesinatos consumados y tres en grado de tentativa realizados en los tres primeros meses de 2003. Así lo acuerda la Sala de lo Penal del Supremo en una sentencia que desestima todos los recursos interpuestos por la defensa de Galán y por las acusaciones particulares, centrados estos últimos en la petición de que el Estado fuera responsable de los hechos cometidos por el ex militar. Valiéndose de su antigua profesión adquirió e introdujo en España una Tokarev. Con ella, el 24 de enero acabó con la vida de Juan Francisco Ledesma, portero de una finca de la calle de Alonso Cano. El 5 de febrero mató de un disparo a Juan Carlos Martín en una parada de autobús; bajo sus tobillos apareció por azar el as de copas Ese día en Alcalá perpetró un doble asesinato: el de Mikel Jiménez y Juana Dolores Uclés, en el Bar Rojas. Por último, el 18 de marzo segó las vidas de una pareja rumana en Arganda. El 3 de julio se entregó en la comisaría de Puertollano (Ciudad Real) tras confesar su autoría, dando detalles b El alto tribunal considera Cumplirá 25 años en prisión Un máximo de 25 años. Son los años de prisión que fija su sentencia. No obstante, Alfredo Galán, al igual que otros delincuentes comunes con varios delitos pendientes se verá afectado por la nueva aplicación de los beneficios penitenciarios establecida recientemente por una sentencia del Tribunal Supremo, como informó ABC. Ello significa que cumplirá, año tras año, el tiempo máximo fijado en la sentencia- -25 años- pues las redenciones a las que tenga derecho se descontarán de cada una de las penas, y no del máximo de 25. que sólo conocían los investigadores. Luego se retractó y se negó a declarar en el juicio oral. Su defensa interpuso recurso de casación argumentando que no se había respetado la presunción de inocencia de su cliente. Existencia de pruebas La Sala considera que su silencio puede ser objeto de valoración cuando el cúmulo de pruebas de cargo reclame una explicación por su parte de los hechos a la vez que especifica que pese a no declarar puede deducirse una ratificación del contenido incriminatoria resultante de otras pruebas Sobre la indemnización pedida al Estado por las acusaciones particulares, el TS entiende que el imputado actuó al margen de su cargo o función de militar Añade que la reclamación no podrá efectuarse por la vía penal, sino por la contencioso- administrativa.

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