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ABC MADRID 26-12-2005 página 76
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  • EdiciónABC, MADRID
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76 Economía LUNES 26 12 2005 ABC ACERALIA CORPORACIÓN SIDERÚRGICA, S. A (Sociedad Absorbente) ARCELOR ESPAÑA, S. A. Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbida) Fusión por absorción y cambio de denominación social En cumplimiento de lo previsto en la vigente Ley, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de Accionistas de ACERALIA CORPORACIÓN SIDERÚRGICA, S. A. y de ARCELOR ESPAÑA, S. A. Sociedad Unipersonal, en respectivas sesiones celebradas el día 20 de diciembre de 2005, acordaron la fusión por absorción por ACERALIA CORPORACIÓN SIDERÚRGICA, S. A. de su filial íntegramente participada ARCELOR ESPAÑA, S. A. Sociedad Unipersonal, con extinción de esta última, que quedará automáticamente disuelta, sin necesidad de liquidación, y traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio a ACERALIA CORPORACIÓN SIDERÚRGICA, S. A. todo ello en los términos del Proyecto de Fusión aprobado por los Administradores de ambas Compañías y depositado en los Registros Mercantiles de Asturias y Madrid. Asimismo, en la citada Junta General Extraordinaria de Accionistas de ACERALIA CORPORACIÓN SIDERÚRGICA, S. A. se acordó el cambio de denominación social, por la de la sociedad absorbida, ARCELOR ESPAÑA, S. A. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión, según el art. 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión. Madrid, a 20 de diciembre de 2005. El Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y los Administradores Mancomunados de la Sociedad Absorbida. Los accidentes laborales cuestan más de 12.000 millones al año En la ley española de prevención de riesgos laborales está todo hecho b Hasta octubre, 849 trabajado- res perdieron la vida. De ellos, cerca de 300 pertenecen al sector de la construcción. Cada año mueren unos 1.500 trabajadores MAITE VÁZQUEZ DEL RÍO MADRID. Hacía falta que se produjera un accidente como el de Almuñécar (Granada) y que fallecieran seis trabajadores para que desde todos los ámbitos empiecen a rasgarse las vestiduras. España cuenta con una buena ley de prevención de riesgos laborales, pero los trabajadores siguen muriendo, muy por encima de la media de la UE. Una ley, por muy avanzada y moderna que sea, de nada sirve si no se cumple. ¿Son los empresarios los responsables por no poner los medios necesarios? ¿Son los trabajadores que se confían? ¿Son los materiales los que fallan? ¿Hacen falta más recursos públicos? ¿Más inspectores de Trabajo? ¿Falla la coordinación entre las Administraciones? ¿O es una mezcla de todos estos componentes, además del infortunio? La cuestión es que entre enero y octubre han fallecido 849 trabajadores (a los que se suman otros 329 muertos in itinere -de camino o vuelta del trabajo- y, que en esos diez meses, se han producido 755.229 accidentes laborales, según los últimos datos del Ministerio de Trabajo. Con ello, en un año el número de muertos ha aumentado un 10,8 y el de accidentes un 10,5 Los sindicatos recuerdan que anualmente mueren entre 1.400 y 1.500 trabajadores, unos cuatro diarios. Nadie se atreve a hacer estimaciones, pero los accidentes laborales en la UE suponen un gasto del 3 del PIB comunitario, y España absorbe el 20 del total de los accidentes laborales. Un informe de CC. OO. correspondiente a los datos de 2002 estimaba que el millón largo de accidentes anuales suponen un coste de 12.000 millones de euros (casi dos billones de las antiguas pesetas) el 1,72 del PIB español. Los 12.000 millones de coste se reparten entre 6.500 millones (el 53 del total) de gasto en jornadas laborales perdidas (en 2002 supusieron 21.597.604 horas con un coste de 1.489 millones de euros) y el de la cobertura de riesgos profesionales por las Mutuas y la Seguridad Social (5.038 millones) Estas últimas son cotizaciones para abonar asistencia sanitaria, prestaciones económicas por incapacidad temporal o rehabilitación, así como gastos farmacéuticos o pensiones causadas por invalidez y supervivencia, entre otros. A su vez, los costes implícitos de los accidentes laborales se elevan a 5.461 millones (el 47 y se reparten entre las jornadas perdidas por los autónomos y el coste de sus bajas (1.288 millones) y el coste de las jornadas perdidas Accidentes de trabajo según tipo, gravedad y sector de actividad TIPO DE ACCIDENTE (Enero- octubre 2005) Accidentes sin baja Accidentes con baja en jornada de trabajo ACCIDENTES CON BAJA EN JORNADA DE TRABAJO SEGÚN: SECTOR DE ACTIVIDAD GRAVEDAD Mortales 849 Graves Servicios 324.165 8.237 596.064 755.229 Construcción 201.926 Leves 746.143 (Enero- octubre 2005) (Enero- Oct. 2005) Total: 755.229 Fuente: Boletín de Estadísticas Laborales Trabajadores muertos en accidente laboral EN JORNADA DE TRABAJO IN ITINERE TOTAL 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 1.008 982 1.070 1.071 1.110 1.130 1.021 1.104 1.033 955 849 Enero- octubre 2005 341 322 384 420 462 445 447 453 452 488 329 1.349 1.304 1.454 1.491 1.572 1.575 1.468 1.557 1.485 1.443 1.178 Infografía ABC Fuente: Boletín de Estadísticas Laborales por los trabajadores de la economía sumergida (1.065 millones) A estas cantidades se suman los 388 millones de los costes de los accidentes de los afiliados a Muface (funcionarios) y el gasto del sistema público no declarado como profesional (2.617 millones) En 2002, según el mismo informe de CC. OO. las sanciones impuestas por la Inspección de Trabajo alcanzaron los 103 millones de euros, lo que supone el 1 de los gastos ocasionados por los accidentes laborales, y pone en evidencia la abismal distancia que existe entre el importe de las sanciones y los costes de los accidentes Como consecuencia de dicho informe, el responsable de Salud Laboral de CC. OO. Joaquín Nieto, asegura que la prevención de accidentes y enfermeda- des profesionales conllevaría un ahorro importante, tanto para el empresario como para la sociedad y liberaría un dinero que podría destinarse a la prevención. La ley acaba de cumplir diez años El 8 de noviembre de 1995, tras un largo periodo de negociaciones entre empresarios y sindicatos, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba la Ley de prevención de riesgos laborales, que entró en vigor el 1 de enero de 1996. La norma acaba de cumplir los diez años, mientras su objetivo permanece: reducir la elevada siniestralidad. La ley incluye toda la normativa sobre prevención, el ámbito de aplicación, las actuaciones y coordinación entre las Administraciones, el papel del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, la participación de empresarios y sindicatos, la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. También fija los derechos y obligaciones, capítulo en que el se incluye desde el derecho a la protección, la acción preventiva, la evaluación de riesgos, los equipos de trabajo y los medios de protección, la formación de los El Gobierno se ha adelantado a la futura reforma laboral, regulando el papel de las subcontratas en el sector de la construcción Infografía ABC 75.819 Accidentes con baja in itinere Industria Agrario 199.997 29.141

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