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ABC MADRID 24-10-2005 página 47
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ABC MADRID 24-10-2005 página 47

  • EdiciónABC, MADRID
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ABC LUNES 24 10 2005 47 Suecia descarta la aparición de un foco de gripe aviar cerca de Estocolmo Vías del profesorado en Cataluña Ayudante Becario (contratos administrativos) Vía contractual Vía funcionarial Otras vías De catedrático a catedrático Según la Ley Orgánica 6 2001 de 21 de diciembre de Universidades, el profesorado universitario funcionario pertenecerá, entre otros, al cuerpo docente de catedráticos de universidad Y el procedimiento de acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios seguirá el sistema de habilitación nacional previa Su artículo 60 especifica que a fin de obtener la habilitación para el cuerpo de Catedráticos de Universidad será necesario tener la condición de profesor titular de Universidad o catedrático de Escuelas Universitarias con tres años de antigüedad y titulación de doctor Además, habrá un examen de habilitación, que constará de dos pruebas. La primera consistirá en la presentación y discusión con la Comisión de los méritos e historial académico, docente e investigador del candidato. La segunda, la presentación ante la comisión y debate con ésta de un trabajo original de investigación Según la ley 1 2003 de Universidades de Cataluña, su artículo 44 define al profesorado contratado permanente como los catedráticos, los profesores agregados y, en su caso, los profesores colaboradores permanentes Y en su artículo 47 explica que para ser admitido en los procesos selectivos que las universidades convoquen para acceder como catedrático los requisitos son: estar en posesión del título de doctor; acreditar tres años de actividad docente y de investigación, o prioritariamente de investigación posdoctoral, y disponer de una acreditación de investigación avanzada. Que es lo que facilita la Agencia de evaluación autonómica. Por correo. Hay ciertas diferencias, pero lo que cuenta para Cataluña es al final: el título de catedrático. Titulados Universitarios Asociados (contrato laboral renovable) ACCESO (pruebas universitarias) Colaborador Contrato laboral temporal permanente Evaluación (AQU Cataluña) Infografía ABC Doctores TEU, TU, CEU HABILITACIÓN (pruebas estatales) ACCESO (pruebas universidades) CU HABILITACIÓN (pruebas estatales) ACCESO (pruebas universidades) ACCESO (pruebas universidad) Lector Contrato laboral temporal (4 años) Evaluación ACCESO (AQU (pruebas Cataluña) universidad) Agregado (1 er nivel) Contrato permanente Acreditación de investigación (AQU Cataluña) ACCESO (pruebas universidad) Catedrático (2 nivel) Contrato permanente Acreditación de investigación Avanzada (AQU Cataluña) ACCESO (pruebas universidad) creación de 400 contratos de catedrático contratado y 800 de profesorado agregado, a razón aproximada de 100 contratos de catedrático o profesor agregado por año, contratos que debe cofinanciar en el 50 reza la disposición final segunda de la Ley de Universidades de Cataluña. Y en estos dos primeros años, el camino está ya más que trazado, como demuestran las cuatro convocatorias de acreditación de catedráticos y profesores agregados. El TC advirtió que por la ley catalana podría quedar en entredicho la movilidad del personal docente por el conjunto del sistema universitario nacional tunidad, y las universidades están sugiriendo a los profesores que cumplen los requisitos que presenten su solicitud, que es bueno para ambos según conversaciones mantenidas por ABC con el profesorado catalán. Lo que no es lógico, al menos económicamente, para las universidades porque la plaza de un catedrático contratado supone más costes laborales para el centro que la de un catedrático funcionario Pero tiene la cofinanciación de la Generalidad de Cataluña. El Tribunal Constitucional se pronunció sobre la Ley de Universidades de Cataluña en un auto de 29 de octubre de 2003, después de que hubiera ad- mitido a trámite un recurso de inconstitucionalidad promovido por la Presidencia del Gobierno, y por tanto acordando la suspensión de los preceptos recurridos. Posteriormente, la Generalitat de Cataluña solicitó el inmediato levantamiento de la suspensión. Sin efectos automáticos En ese auto, el TC estableció que la aplicación efectiva de la Ley de Universidades de Cataluña podría suponer perjuicios irreparables o de difícil reparación para el profesorado acreditado por la Agencia nacional, pues las acreditaciones de dicha agencia no producen efectos automáticos en Cataluña, sino que se condiciona a una ulterior intervención de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña Y añadía: Ello podría suponer que quedara en entredicho la movilidad del personal docente en el conjunto del sistema universitario nacional Sin embargo, el fondo del asunto aún no ha llegado a ser contemplado por el Tribunal Constitucional y podría ser una cuestión de años. Convocatorias anteriores Según ha confirmado a este periódico la Consejería de Universidades de la Generalitat de Cataluña, en la primera convocatoria (13 de diciembre de 2003) se acreditó como catedráticos a 125 aspirantes y como profesor agregado a 312. Desde esa fecha se han sucedido otras tres convocatorias, con menos solicitudes, pero que han permitido que a fecha de hoy la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña haya acreditado como catedráticos a 252 profesores. Ahora, hasta el 28 de octubre hay una nueva opor-

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