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ABC MADRID 19-07-2005 página 3
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ABC MADRID 19-07-2005 página 3

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ABC MARTES 19 7 2005 Opinión 3 LA TERCERA DE ABC EL HORIZONTE SE ESTRECHA POR ÁLVARO DELGADO- GAL ESCRITOR Y PERIODISTA La presión constante sobre la Carta Magna ha provocado tantas lecturas sorprendentes, y tantas interpretaciones forzadas, que ya no nos hacemos una idea concreta sobre lo que significa constitucional SPAÑA enfila la canícula en un estado de incertidumbre considerable. No sabemos qué resultará de las carambolas que ahora se ensayan en Cataluña; desconocemos la capacidad del Gobierno para resistir las pretensiones de sus socios más peligrosos; nos hallamos en ayunas sobre lo que se cuece, o no se cuece, en la perola vasca, y así sucesivamente. En esta sazón, el PP ha paseado como un gran éxito el estatuto alumbrado en Valencia. La euforia popular se apoya en dos puntos. Primero, el consenso con los socialistas. Segundo, el encaje del documento en la Constitución. Lo último es especialmente importante, por cuanto podría señalar los derroteros por los que sería deseable que discurrieran los estatutos que con distintos grados de maduración se preparan o avizoran en otras autonomías. Prevengo al lector de que no sé nada sobre Derecho Constitucional. Pero acumulo dosis de sentido común no inferiores a las de un español medio, y me considero por tanto autorizado a hacer dos observaciones solitarias, y sacar de ellas las conclusiones pertinentes. E cas sobre cuándo ha salido la pelota del perímetro convenido. Y nos pondremos en lo peor. En materia territorial, ponerse en lo peor equivale a maliciar que la jurisdicción reclamada por una comunidad autónoma cabrá en la Constitución a poco que ésta alcance a desvirtuar su geometría original sin incurrir en contradicciones demasiado flagrantes. La lectura del texto valenciano no contribuye a aquietar las ansiedades del suspicaz. Una declaración de derechos, algunos extemporáneos, infunde al estatuto un empaque, unos visos fundacionales. Y es permanente, es tenaz, la propensión de los estatuyentes a entrometerse en las competencias del Gobierno central. En el artículo 44, sin ir más lejos, se establece el derecho de la Generalitat a dictar normas que se anticipen a lo legislado en las Cortes, y que sólo serán derogadas al entrar en vigor las de rango estatal. Se incluye asimismo la facultad del Consell de acudir, en casos de urgencia, al decreto- ley. La disposición adicional segunda proclama finalmente que el Estatuto incorporará cualquier ampliación que interese con carácter general a las CC. AA. La declaración es retórica, puesto que no está indiciada a artículos o exigencias concretas. Pero obliga a la oposición, sea cual fuere su signo, a reprochar al gobierno autónomo de turno falta de celo autonomista si no reivindica de oficio los máximos que permite la Constitución. La estabilidad del territorio exige dos requisitos. Primero, una delimitación clara de las competencias del Gobierno central, y complementariamente, de las competencias correspondientes a la administración autonómica. Segundo, la voluntad de no ingresar en una puja al alza. El estatuto no satisface ninguna de las condicio- La primera observación no reviste en absoluto un carácter técnico. En un país normal, a nadie se le antojaría urgente obtener seguridades sobre la constitucionalidad de una ley. La última se dará por supuesta, o mejor, se fiará la corrección de posibles irregularidades a los mecanismos de control oportunos. En España, por desgracia, estos aplomos no están justificados. La presión constante sobre la Carta Magna ha provocado tantas lecturas sorprendentes, y tantas interpretaciones forzadas, que ya no nos hacemos una idea concreta sobre lo que significa constitucional Citaré un ejemplo, tomado de un contexto no relacionado con el territorio. El artículo 32.1 reza lo siguiente: El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica Un usuario corriente del español entendería que aquí se está hablando de un hombre por un lado, y de una mujer por el otro. Pues bien, resulta que esta interpretación peca de ingenua. A lo que parece, no se dice que una mujer y un hombre tienen derecho a matrimoniarse entre sí con plena igualdad jurídica, sino que se ha convertido a la mujer, y al hombre, en sujetos de una acción, la acción de contraer matrimonio, cuyo complemento queda sin especificar. El complemento de la acción puede ser, indistintamente, una mujer o un hombre, o bien otra cosa. Con independencia de que aprobemos o no el matrimonio entre individuos del mismo sexo, está claro que se ha extraído de la chistera constitucional un conejo gramaticalmente estrafalario. Tales originalidades mueven, a partir de determinado instante, al escepticismo. Nos sucede lo mismo que si tuviésemos que jugar al fútbol en un campo de dimensiones elásticas. Como los límites oscilan, terminaremos por abrigar dudas sistemáti- nes. Es difícil, muy difícil, descubrir en él las virtudes invocadas por el PP. ¿Por qué se ha metido la derecha en este laberinto? Me han llegado versiones varias, casi todas de sabor conspirativo, sobre las razones que abocaron a la redacción del documento. Imagino que son ciertas, aunque no sé si importantes. Lo importante, y por otra parte obvio, es que el partido, tras la pérdida del poder, no está en grado de contener las ambiciones de sus barones. Existen dentro del PP corrientes favorables a defender la causa nacional. A esta alturas la causa nacional no se puede defender ni en la línea de Aznar, la cual consistió en congelar la Constitución a golpe de mayorías absolutas, ni revirtiendo al viejo modelo centralista. La única alternativa es proponer una reforma constitucional profunda, que aproxime nuestro diseño al de los estados federales auténticos. Éstos distinguen con pulcritud las partes del todo, y confían al todo, es decir, al Gobierno y al Parlamento central, la protección y tutela de los intereses generales. La consecución de este objetivo implicaría negociar, cuando llegue el momento, con los socialistas. Esto es, armarse de paciencia, dar tiempo al tiempo, y subordinar las tentaciones de tocar poder de cualquier modo a un proyecto que puede tardar más de dos o tres años en llegar a granazón. En el otro platillo de la balanza está la carrera por apuntarse a techos estatutarios cada vez más altos. Confluyen, en esta carrera, muchos vectores. Para empezar, la proclividad de toda administración a aumentar de tamaño, y de medios y holguras para repartir cargos. En segundo lugar, la emulación, que se traduce en una fuga excéntrica: es el territorio más autonomista el que sienta los mínimos, entiéndase bien, el que señala la meta que los restantes territorios considerarán vejatorio no alcanzar. Siendo ésta la distribución de las fichas sobre el tablero, y sin estar en posesión del palo y la zanahoria que proporciona la instalación en La Moncloa, resulta complicado, o demanda una capacidad de liderazgo fuera de lo común, transmitir a los que tienen vara alta en las regiones el siguiente recado: Renuncia a logros inmediatos y tangibles, aguanta el empuje de la oposición y probablemente de la opinión local, y espera Sí, es complicado. El borrador valenciano integra un compromiso bienintencionado, dada la situación de España y del PP dentro de España. Y es también posible que normalice al PP, esto es, que lo sume al movimiento o tendencia dominantes, con una desviación más o menos significativa respecto de las oscuridades en que parece debatirse Zapatero. Pero estas consideraciones inducen más al pesimismo que al optimismo. Hay coyunturas históricas en que las circunstancias mandan. O expresado de otro modo, en que nadie se atreve a hacer lo que querría hacer.

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