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ABC MADRID 21-04-2005 página 39
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ABC MADRID 21-04-2005 página 39

  • EdiciónABC, MADRID
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ABC JUEVES 21 4 2005 Nacional 39 PERMISO DE CONDUCIR POR PUNTOS El carné no podrá perderse en un día salvo que se cometan infracciones muy graves Los buenos conductores serán premiados con puntos extra hasta un máximo de 15 de 45 a 31 las infracciones que restarán puntos en la nueva licencia, tras el acuerdo unánime de los grupos parlamentarios CRUZ MORCILLO MADRID. La posibilidad de que usted pierda el carné de conducir en un día, cuando entre en vigor el permiso por puntos, se reduce a que cometa infracciones muy graves, tales como conducir borracho y circular en sentido contrario. Si no es así, lo máximo que le quitarán serán ocho puntos. Esta es una de las rebajas aprobadas ayer por todos los grupos parlamentarios, que decidieron reducir de 45 a 31 el número de infracciones que implicarán la pérdida de su saldo inicial (12 puntos) Los buenos conductores serán premiados, de forma que quienes mantengan los doce de partida recibirán dos extra durante los tres años siguientes, y un punto por cada uno de los sucesivos hasta un máximo de 15. La Comisión de Interior del Congreso debatió ayer las 194 enmiendas presentadas por los grupos al texto del Gobierno, de las que se descartaron casi b El Congreso reduce Cómo funcionará la nueva licencia Se parte con un saldo de 12 puntos, salvo los conductores noveles (con menos de tres años de experiencia) y los que hayan perdido todos los puntos y después recuperan el carné, que contarán con 8. La pérdida total del crédito supone estar 6 meses sin carné la primera vez (12 meses las siguientes) -para los profesionales se rebaja a 3 y 6 meses, respectivamente- realizar cursos de reeducación obligatorios (30 horas) y examinarse de nuevo. Se pueden recuperar todos los puntos si se está tres años sin cometer infracciones, o cuatro puntos con un curso de 15 horas (máximo uno cada dos años) Infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos -Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,50 mg l. Profesionales y conductores con menos de dos años de antigüedad, más de 0,30 mg l (un tercio de cerveza o una copa) -Conducir bajo los efectos de drogas o estimulantes. -Negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia o drogas. -Circular en sentido contrario, conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas y conducir de forma temeraria. -Circular en autopista a más de 180 km h. en carretera a más de 135 km h. y en ciudad a más de 80 km h. -Incumplimiento de los tiempos de conducción y descanso de transportistas en más de un 50 -Conducir con una tasa de alcohol de entre 0,25 y 0,50 mg l. Profesionales y conductores con menos de dos años de antigüedad, entre 0,15 y 0,30 mg l (ingerir cualquier bebida alcohólica) -Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido. -Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 %o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor. -Circular en paralelo con vehículos con los que esté expresamente prohibido. -Conducir con un permiso o licencia que no le habilita para ello. -Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación. -Conducir de forma negligente creando un cierto riesgo y relevante para los otros usuarios. -Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 40 km h. salvo que esté incurso en el apartado 5. -Incumplir las disposiciones establecidas en esta ley sobre prioridad de paso en las condiciones exigidas reglamentariamente. -No respetar un Stop -Incumplir las normas del adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario. -Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario. -Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. -Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va a ser adelantado. -Adelantar en las curvas o cambios de rasante de visibilidad reducida o en algún lugar o en circunstancias en que la visibilidad disponible no sea suficiente, invadiendo la zona reservada al sentido contrario. -No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación. -No respetar la luz roja de un semáforo. -Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 30 km h. hasta 40 km h. -Efectuar un cambio de sentido incumpliendo las disposiciones de esta ley y en los términos establecidos reglamentariamente. -No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le antecede. -Conducir utilizando manualmente el telefono móvil, cascos, auriculares o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción. -Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o los peatones en los términos que se determinen reglamentariamente. -Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 20 km h. hasta 30 km h. -Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano. -Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas que eludan la vigilancia de los agentes de tráfico, así como la utilización de mecanismos de detección de radares. -Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio. -Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección o dispositivos de seguridad, o permitir que los ocupantes no cumplan estas normas. -Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores (con las excepciones que se determinan reglamentariamente) el 90 por ciento según el portavoz del PSOE Victorino Mayoral. Con este consenso el próximo jueves el proyecto de ley se debatirá en el Pleno, aunque algunos grupos, como CiU, apuestan por reducir aún más el número de conductas que serán penalizadas. La filosofía del futuro carné por puntos es castigar aquellas infracciones que impliquen un riesgo evidente e inminente en el tráfico por encima de malos hábitos de cáracter administrativo, tales como circular con un vehículo que no esté matriculado o que incumpla las condiciones técnicas o las revisiones, así como una serie de prácticas relacionadas con el estacionamiento. -6 -4 Los noveles, menos saldo Otro de los apartados relevantes aprobados ayer se refiere a los profesionales del volante. En caso de que pierdan el carné podrán obtener un nuevo permiso a los tres meses, en lugar de a los seis, como se establece para el resto de conductores. Si reincide en los tres años siguientes, tendrá que esperar seis meses en lugar de un año que es la norma general. Se ha previsto asimismo un tratamiento singularizado para estos profesionales que podrán ganar hasta cuatros puntos con los cursos obligatorios que establece la normativa europea. Los conductores noveles parten con un saldo de ocho puntos hasta que transcurran tres años. Pasado ese tiempo, si no han cometido infracciones, conseguirán los 12 de carácter general. Si usted ha sido un pésimo conductor y llega a perder su carné, la Administración se lo notificará en quince días, igual que le informará de su estado de puntos. Se prevé que cualquier ciudadano pueda acceder a su cuenta personal de conducir por varios procedimientos informáticos. Los profesionales podrán recuperar su permiso a los tres meses, en lugar de a los seis, la norma común La filosofía del proyecto es castigar las conductas de riesgo por encima de algunos malos hábitos -3- 2

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