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ABC MADRID 19-04-2005 página 57
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ABC MADRID 19-04-2005 página 57

  • EdiciónABC, MADRID
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ABC MARTES 19 4 2005 Sociedad 57 Educación La libertad para elegir colegio encuentra serias dificultades en las Autonomías socialistas Priman más los criterios objetivos que los referidos al ideario de los centros b Pese a las sentencias en contra, se mantienen las oficinas municipales de escolarización que centralizan todo el proceso en detrimento de los centros y de los padres M. ASENJO MADRID. Millones de familias viven estos días en toda España pendientes del proceso de admisión de alumnos. La posibilidad de elegir centro no es homogénea, ya que el desequilibrio entre la oferta y la demanda se mantiene y la valoración de los criterios por las diferentes Autonomías condiciona el ejercicio de ese derecho. El desequilibrio entre la oferta y la demanda obliga a las Administraciones educativas a aplicar unos criterios básicos, fijados por la normativa estatal, pero el peso que cada Autonomía otorga a estos criterios es bien diferente. En la admisión se tienen en cuenta la proximidad del colegio al domicilio, los hermanos matriculados en el centro, la renta per cápita de la unidad familiar, la discapacidad de algún miembro de la familia, la condición de familia numerosa, la existencia de enfermedad digestiva crónica y otras circunstancias debidamente justificadas. Además, el procedimiento tampoco es idéntico y en algunas Comunidades gobernadas por el PSOE- -fundamentalmente Cataluña y Castilla- La Mancha- -la Administración centraliza el proceso y los colegios apenas intervienen. Es decir, se constituyen oficinas municipales de escolarización que reciben y examinan las solicitudes de plaza y, de acuerdo, con los baremos establecidos distribuyen a los alumnos en centros públicos y concertados. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha falló en contra del decreto del Gobierno autonómico que regulaba la admisión por considerar que era contrario a derecho, pero la Administración regional lo recurrió y en la actual convocatoria se han mantenido las oficinas de escolarización. Cataluña también inició esta práctica e intenta mantenerla, pese a que las oficinas están suspendidas cautelarmente por el Tribunal Superior de Justicia autonómico. Aragón sigue la estela de Castilla- La Mancha y Cataluña. Las tres Comunidades confían en que la Ley Orgánica de Educación (LOE) refrende la centralización y extienda a todos los municipios esta iniciativa, calificada de intervencionista por padres y titulares de centros. En Andalucía, región donde el Trinunal Superior de Justicia ha dictado sentencias en favor de la libertad de elección, también existe una fuerte tendencia a la centralización, y el excesivo celo de las Comisiones de Escolarización a la hora de adjudicar las plazas despierta la picaresca e incluso provoca acciones fraudulentas para conseguir el puesto deseado. La escuela concertada denuncia que en general, las Adminsitraciones del PSOE otorgan un excesivo peso a la proximidad del domicilio familiar o laboral de uno de los padres o tutores al centro, lo que provoca una concentración tal de solicitudes que hay que recurrir al sorteo para distribuir a los alumnos. Elevada valoración La puntuación que se otorga a este apartado oscila entre los 4 puntos de Madrid o de Castilla y León, los 8 de Andalucía y los 10 de Castilla- La Mancha. Con esta elevada valoración, basada sólo en el lugar de residencia o trabajo, se corre el peligro de crear guetos y se impide que la elección se deba a criterios que tengan una mayor relación con el tipo de educación que los padres desean para sus hijos, de acuerdo con sus principios dicen quienes defienden una mayor puntuación para los principios más relacionados con la libertad de elección. El criterio hermanos en el centro se valora con un máximo de 5 puntos en Castilla y León, 4 puntos en Madrid y 3 en Andalucía. Cataluña aplica una valoración muy alta y la existencia de hermanos en el centro se valora con un máximo de 40 puntos. A continuación, aparece Alumnas de Infantil, antes de entrar en clase MADERO CUBERO Reserva de plazas Todos los centros deben reservar plazas para alumnos con necesidades educativas especiales: discapacitados, inmigrantes, o en desarraigo social. Sin caducidad. Salvo excepciones, la reserva se mantiene durante todo el curso en previsión de la incorporación permanente de alumnos al sistema. Infantil y Primaria. Con carácter general, se reservan a esta finalidad tres plazas en Infantil y Primaria y cuatro en Secundaria. Aulas de Enlace. Son clases especiales para que los inmigrantes nivelen sus desfases curriculares o aprendan el castellano. la proximidad que puede llegar hasta los 30 puntos. La condicición de familia numerosa se prima con 15 puntos. Otro aspecto que condiciona la libertad de elección es el de la gratuidad del segundo tramo de Infantil, ya que hay colegios donde conviven niveles concertados y no concertados. Se da también la circunstancia de que las Comunidades socialistas son las más retradas en la extensión de la gratuidad, sobre todo Asturias, Extremadura y Andalucía, pese a tímidos avances. Esta situación hace que un elevado número de escolares que ha cursado Infantil sin concertar tenga que competir con candidatos ajenos al centro por una plaza concertada en Primaria. La reforma introduce elementos intervencionistas El anteproyecto de Ley Orgánica de Educación (LOE) vincula la elección de centro más a la programación y planificación de la enseñanza que a la demanda de las familias. Y esto es para la concertada contrario al derecho de los padres a elegir el centro educativo que quieran para sus hijos y al buen uso de los fondos públicos Además, y según sostienen los responsables de los llamados colegios de iniciativa social, en el proceso de admisión se prescinde del carácter propio de los centros, es decir, del ideario. El borrador es calificado de intervencionista y centralizador ya que hurta a los titulares de los centros la posibilidad de intervenir en el proceso de admisión de sus alumnos. La creación de Comisiones de Garantías, que reciben las solicitudes y las procesan, es considerada como un instrumento más para controlar el proceso de admisión. Hasta ahora, ninguna de las leyes educativas existentes ha introducido este órgano y ha sido el desarrollo normativo de las Autonomías el que los ha ido instaurando. Las críticas contra la normativa básica de admisión se extienden también a la reserva de plazas para los alumnos que se incorporen al sistema durante todo el curso, fundamentalmente inmigrantes. En concreto, las discrepancias se refieren a que esa reserva no tenga caducidad y bloquee durante todo el año académico numerosos puestos escolares que corren el riesgo de no ser cubiertos, pese a tener una fuerte demanda.

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