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ABC MADRID 01-04-2005 página 61
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ABC MADRID 01-04-2005 página 61

  • EdiciónABC, MADRID
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ABC VIERNES 1 4 2005 Tribuna 61 ORPRENDE, a estas alturas, tener que recordar que en un Estado de Derecho sólo pueden imponerse las penas que la ley prevé, una vez declarada la culpabilidad en un procedimiento con las garantías debidas y que hay penas que ninguna ley puede establecer. Un estado democrático no puede castigar un delito con la violación de la hermana del culpable, como ha sucedido recientemente en la India, ni con la mutilación o el ojo por ojo, como desgraciadamente sigue ocurriendo en tantos sitios. Sin llegar a esos extremos, hay penas más sutiles, pero igualmente ilegales y de efectos demoledores, como la del escarnio público, a la que, sin juicio previo, ni posibilidad de apelación, han sido condenados los notarios a quienes se ha relacionado con el caso de blanqueo de capitales, que la policía está investigando en Marbella. Un principio elemental de la actuación policial y judicial, y del propio Derecho Penal, es el respeto a la presunción de inocencia y, por ende, la proporcionalidad en los métodos empleados para la investigación de los delitos, detención de los acusados y medidas cautelares para evitar su fuga o la destrucción de pruebas. Esto lo recita de corrido un estudiante de Derecho. Resulta fuera de toda medida la espectacular operación, propia de una película de James Bond, en la que, mientras la detenida se dirige al despacho, bloquean su coche otros dos, de los que descienden vertiginosamente individuos armados que lo encañonan, al punto de que pensó que se trataba de un secuestro. También lo es ser detenido esperando el desenlace de una operación a la que estaba siendo sometido un familiar. Estos procedimientos, por exagerados y vejatorios, carecen de la más mínima justificación, tratándose de personas sin antecedentes delictivos y con un arraigo, personal y profesional, de décadas. Es descabellado pensar que una acusación como la que se plantea supusiera el más mínimo riesgo de huida o que una actuación más S LA PENA DE ESCARNIO LEOPOLDO MARTÍNEZ DE SALINAS ALONSO BLANCA VALENZUELA FERNÁNDEZ Notarios. Miembros del Foro Notarial En nuestro Derecho no existe la pena preventiva de descrédito discreta y ponderada hubiera facilitado la destrucción de las pruebas del delito. Ni es razonable considerar que, ante la acusación de haber colaborado en un caso de blanqueo de dinero, los notarios habrían huido, ni lo es suponer que destruirían los documentos firmados por ellos, que son la única prueba de su presunta colaboración. Lo previsible es que se hubieran defendido de la acusación con los medios a su alcance mientras seguían desarrollando la profesión que constituye su medio de vida, y que no hubieran cometido la torpeza (esta vez sí delictiva) de destruir o alterar los documentos públicos que autorizan, sujetos a infinidad de controles, de los que existen copias circulando, que están inscritos en los registros públicos y de los que la administración tiene conocimiento precisamente porque los notarios se lo comunican. ¿Qué sentido tendría su destrucción? Da la impresión de que tan inadecuados métodos se propusieran no tanto asegurar el resultado de la investigación, como la escenificación de un escarmiento en una materia que, con razón, preocupa enormemente a las autoridades, pero en la que, sin embargo, no se ha sabido establecer un marco jurídico claro y eficaz. Que una de las finalidades de la pena es ejemplarizar también viene en un manual de primer curso, pero en nuestro Derecho no existe la pena preventiva de descrédito, amplificada con un despliegue mediático sin precedentes. Los hechos están más cerca de la liturgia de un auto de fe que del régimen de garantías y derechos que emana de la Constitución, porque a la condena sin juicio, a la ruina de una reputación contra la que, hasta la fecha, no puede argumentarse nada, al más feroz desprestigio profesional y personal, han contribuido tanto los procedimientos inadecuados, como su publicidad. Se ha pregonado a los cuatro vientos que los implicados son una notaria con 22 años de ejercicio en la plaza, su socio de despacho y un tercer notario que ejerció en Marbella durante los años 1990 y 1991 y actualmente lo hace en Granada. Ni el más cándido podría pensar que con esos detalles se preserva su identidad, de modo que esas personas quedarán marcadas de por vida, en la seguridad de que su exculpación, si se produce, no tendrá la menor repercusión informativa, porque es imposible que tal noticia sea repetida el mismo número de veces, con la misma intensidad, en todos y cada uno de los medios de comunicación y con el lujo de pormenores con que se ha informado de su detención. La recuperación de su imagen y de su dolor no se produciría ni publicando cada día de angustia, cada vergüenza sentida, cada humillación padecida. No está tan lejos el caso de un juez imputado en un delito de pederastia, del que fue finalmente absuelto y cuyo honor quedó deshecho de forma irreparable. Caiga el peso de la ley sobre los que han delinquido con todo su rigor, incluso con mayor severidad en los que tienen como función primordial velar por su aplicación, en el momento en que se condene, si fuera el caso. Es evidente que el Estado no puede dejar de actuar ante el delito cometido por un notario, pero también lo es que debe velar por el funcionamiento eficaz de todas sus instituciones, y el Notariado es una de ellas. Si el prestigio de los notarios afectados ha quedado definitivamente dañado, será largo y costoso reparar el de los notarios en general. Si lo que el Notariado ofrece es seguridad y confianza, ambas han quedado maltrechas con la información suministrada por las fuentes de la investigación, que han situado como piedra angular de un presunto delito lo que es, como mucho, un aspecto instrumental. Las normas sobre colaboración en la lucha contra el blanqueo de capitales están plagadas de apreciaciones subjetivas como la sospecha, la apariencia o la impresión que el notario extrae de las personas que comparecen ante él, de la documentación que se le presenta o de las circunstancias del negocio. Dicho sea con pleno respeto a las decisiones judiciales, parece desproporcionado pretender derivar consecuencias penales de un posible error de apreciación en la ínfima parte que hay de intervención notarial en un entramado complejísimo, en el que la casi totalidad de las circunstancias quedan fuera del conocimiento y control del notario. Es principio básico del Derecho que la comisión de un delito exige que quien lo comete pueda conocer que su actuación puede acarrear una pena, y de ahí la enorme desmoralización de los notarios, cuyo trabajo es proporcionar seguridad desde la certeza de que las consecuencias de los actos, incluidos los propios, son previsibles. El blanqueo de capitales es un terreno minado y de arenas movedizas, para cuyo control la autoridad se ve obligada a revisar continuamente las normas, mediante fórmulas excesivamente abiertas, incompatibles con la legislación penal. La forma en que se ha llevado a cabo la investigación ha arrojado sobre todos los notarios la sombra de la sospecha de colaboración, y ese es un riesgo que podía y debía haberse considerado. Sirva este artículo como motivo de reflexión para evitar que, en nuestro país, la investigación o la sanción de un delito lleven aparejada la injusta e inmoral pena del escarnio público. L 4 de abril de 1305 fue asesinado cobardemente Roger de Flor, durante la celebración de un banquete imperial celebrado en la ciudad bizantina de Adrianópolis, y al que fue invitado por el Coemperador bizantino Miguel Paleólogo. De esa manera tan vil y desdichada se puso fin al que fuera el verdadero creador e inspirador de la epopeya almogávar en el Imperio Romano de Oriente. La política bizantina acababa así con el que consideraba en ese momento su peor enemigo, a pesar que fue el propio Roger de Flor, y sus almogávares, quienes salvaron al Imperio Bizantino del peligro turco. Roger de Flor no fue plenamente inocente de su muerte; él solo se metió en la boca del lobo, desoyendo las severas advertencias que le avisaban del peligro de aquella invitación. Quizá buscara él su propia muerte; eso es algo que nunca sabremos. Pero sí es cierto que Roger de Flor se pasó la vida E 700 ANIVERSARIO DE LA MUERTE DE ROGER DE FLOR GUILLERMO ROCAFORT Historiador huyendo de sus poderosos enemigos debido a su origen templario y a su carácter marcadamente rebelde y orgulloso. Roger se fue a Bizancio con la idea determinante de que allí jamás tendría que volver a huir. Y eso le convirtió en un ser extremadamente confiado, a la vez que despreciador de su propia vida y de las ajenas. Su muerte acabó arrastrando a la de más de diez mil españoles, almogávares y comerciantes, que estaban desparramados por todo el Imperio. Esa caza a todo lo español, instigada por los pérfidos políticos bizantinos, en colaboración con los representantes de la República Comercial de Génova, tuvo como reacción a lo que se ha denominado como La Venganza Catalana que en una primera fase fue una lucha por la supervivencia en un territorio hostil, para acabar en convertirse en una furia vengativa y cruel que arrasó allí por donde pasó. Fueron meses de una locura sanguinaria indescriptible y que marcaron decisivamente la final decadencia de aquel Imperio, antes glorioso. Bizancio, matando a Roger de Flor, se suici- dó sin remisión ante la Historia. Por su parte, Aragón, y por lo tanto España, también perdieron su oportunidad de expandirse en el Mediterráneo Oriental fundamentalmente por culpa de un Rey, Jaime II el Justo, que no fue capaz de advertir la importancia de la presencia española en aquellas lejanas tierras. Ahora, 700 años después, vemos en Roger de Flor al hombre que fue, un aventurero soñador, un general capaz, con sus grandezas y también con sus miserias, pero por encima de todo, se nos presenta ante nuestros ojos como uno de los personajes más fascinantes de la Historia de España y que merece un lugar de honor en nuestra memoria colectiva que nos recuerda que hubo un tiempo en que las naves españolas cruzaban los mares y los océanos en búsqueda de hermosos sueños que, en ocasiones, como ésta, fueron conjugados también con las más horribles pesadillas.

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