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ABC MADRID 10-01-2005 página 45
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ABC MADRID 10-01-2005 página 45

  • EdiciónABC, MADRID
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ABC LUNES 10 1 2005 45 Sociedad Italia aplica desde hoy la normativa legal más estricta de Europa contra el consumo de tabaco Una ley en favor de los transexuales, nuevo capítulo en la política social del Gobierno El Ministerio de Justicia estudia cómo regular el cambio de sexo y nombre en el Registro Civil b Hasta ahora han sido los tribunales los que han autorizado estas modificaciones registrales, y algunas sentencias chocan con la doctrina del Tribunal Supremo M. J. PÉREZ- BARCO MADRID. Tras aprobar el matrimonio entre personas del mismo sexo, justo antes de fin de año, el Gobierno tiene ahora pendiente dar respuesta a las necesidades planteadas por otro colectivo que también se siente discriminado en nuestro país: las personas transexuales. Y todo parece indicar que el engranaje ministerial ya se ha puesto en marcha para empezar a atender esas reivindicaciones. Fuentes consultadas por ABC han asegurado que el Ministerio de Justicia estudia ahora un borrador sobre una futura ley de identidad de género para consensuarla con los diferentes grupos De esta forma se regularía el cambio de sexo y nombre en la inscripción de nacimiento del Registro Civil. Pero, antes de nacer, la redacción de este nuevo texto ya está sembrando la preocupación entre algunas asociaciones transexuales, que desean conocer la línea que seguirá Justicia para legislar sobre esta cuestión y mantienen sus dudas sobre si esa ley incluirá un amplio contenido liberal como había prometido el PSOE. Dolores Rodríguez, en la imagen, fue la tercera mujer transexual que contrajo matrimonio civil en España, en el año 2003 va únicamente un certificado de diagnóstico de transexualidad, emitido por un psicoterapeuta especializado, y la certificación elaborada por un endocrinólogo que acredite el seguimiento del tratamiento clínico hormonal por parte de la persona transexual Hasta ahora, modificar sexo y nombre en la inscripción de nacimiento del Registro Civil ha sido una tarea asumida por los tribunales debido al vacío legal existente a nivel nacional. De hecho, recientemente se ha conocido una sentencia del juzgado de Primera Instancia número 1 de Valladolid que autorizó a una mujer la rectificación registral de su sexo y nombre como varón. El caso despertó el interés público porque la solicitante todavía no había completado el proceso quirúrgico de reasignación de sexo ya que faltaba por practicarle una última operación denominada faloplastia que conlleva la implantación del pene. Como la de Valladolid, se han dictado sentencias similares en el juzgado de Primera Instancia número 4 de Gijón, en 2001, y en el juzgado de Primera Instancia número 1 de Amurrio (Álava) en 2002. En ambos casos, cada juez reconoció como varón a una mujer tras comprobar que el informe psicológico clínico descartaba cualquier trastorno psiquiátrico, que se habían so- EFE Lo que piden los transexuales En la reunión de junio que mantuvieron siete asociaciones transexuales se acordó transmitir al Ministerio de Justicia y al de Sanidad las siguiente peticiones: Elaboración de una Ley Integral sobre el Derecho a la Identidad de Género con soluciones multidisciplinares. Derecho a rectificar nombre y sexo en el Registro Civil, mediante un procedimiento administrativo y sin necesidad de completar la cirugía de cambio de sexo. Cobertura sanitaria pública del tratamiento clínico de cambio de sexo, que incluye atención psicoterapeuta, tratamiento hormonal y diversas intervenciones plástico- quirúrgicas. Creación en hospitales de Unidades Interdisciplinares de Género. Políticas activas para erradicar la discriminación laboral de este colectivo. Medidas de sensibilización social y educativa. Por su parte, otras organizaciones, como la Asociación Nacional de Transexualidad Clínica y la Asociación de Identidad de Género de Andalucía, reclaman también una ley integral que establezca actuaciones encaminadas a atender las necesidades sociales del colectivo, marginado a la hora de conseguir trabajo y vivienda. Objetivo electoral socialista En efecto, el programa electoral socialista marcaba como uno de sus objetivos el derecho a la rectificación registral del sexo mediante un procedimiento que establezca las garantías necesarias Una iniciativa que, según interpreta el portavoz de la Asociación Nacional de Transexualidad Clínica, Andrés de la Portilla, no exige que las personas transexuales tengan que someterse a la cirugía de genitales como requisito imprescindible para lograr el cambio de sexo en el Registro Esa misma línea se puso sobre la mesa en una reunión que en el pasado mes de junio celebraron siete asociaciones transexuales agrupadas en torno a la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (Felgt) En el acta de la reunión, a la que ha tenido acceso ABC, figura como una de las reivindicaciones que se han transmitido después al Gobierno el derecho a la rectificación de nombre y sexo en el Registro Civil, mediante un procedimiento administrativo y sin necesidad de haberse completado la cirugía de reasignación de sexo Como requisitos para conseguir el cambio registral, las asociaciones plantean que sir- metido a tratamientos hormonales e incluso se les había practicado una mastectomía (extirpación de los pechos) e histerectomía (extirpación de ovarios, trompa y útero) suprimiendo así su posibilidad reproductiva. Pero también faltaba por llevar a cabo la última intervención, la faloplastia. Fundamentos jurídicos Los jueces recuerdan que este último paso está sometido a una serie de plazos y a razones económicas, pues la operación no está incluida en las prestaciones del Sistema Nacional de Salud. En el caso de Gijón, el magistrado estimó que, aunque no se había completado el proceso, la identidad masculina estaba ya asentada en la psique de la reclamante y por tanto no precisa, en absoluto, de una última operación quirúrgica para reafirmarse El juez de Amurrio también entendió que, llegados a ese punto, no reconocer el cambio de sexo y nombre en el Registro Civil supondría una quiebra del principio de constitucionalidad de libre desarrollo de la personalidad, toda vez que ha quedado acreditado la intención irreversible de sustituir su sexo femenino por el masculino Y sobre todo, supondría una quiebra a la dig (Pasa a la página siguiente)

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