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ABC MADRID 03-03-2000 página 43
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  • EdiciónABC, MADRID
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ABC VIERNES 3- 3- 2000 INTERNACIONAL PINOCHET VUELVE A CHILE. CONSECUENCIAS DEL PROCESO 43 El mundo ya es menos seguro para los genocidas LONDRES. J. M Costa corresponsal A trás quedan diezyseis meses de batalla legal, de esfuerzo y argumentos para que el responsable de más de 3.000 muertos y desaparecidos y de innumerables casos de torturas y detenciones ilegales respondiera de esos crímenes aberrantes ante la Justicia. Para muchos, la liberación de Pinochet supondrá una especie de anti- -climax, una sensación de vacío. Pero lo sucedido durante estos meses ha supuesto un cambio dramático en la ley internacional y debe considerarse im hito histórico en las relaciones humanas, más allá de consideraciones ideológicas, religiosas o raciales, por encima de barreras nacionales. Pretender que este gran logro se limita únicamente a una conspiración de la izquierda internacional como pretende Margaret Thatcher, tan agradecida por la ayuda prestada por Chüe durante la guerra de las Malvinas, no es más que permanecer anclado en un pasado donde la razón de Estado pesaba más que las consideraciones humanitarias básicas. Quienes piensan que este proceso ha sido sólo un gesto moral que ha costado millones de libras sin haber logrado nada concreto (el líder conservador WUliam Hague) parecen amar aquel pasado hasta el punto de no comprender su trascendencia. CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Un Augusto Pinochet humillado y derrotado ante los tribunales ha podido regresar a Chile únicamente debido a su edad y a las deficiencias de su estado mental. Los sistemas democráticos saben de razones humanitarias, incluso aunque a quienes se le aplican las hayan ignorado de manera fría, reiterada y sin mostrar el más mínimo asomo de arrepentimiento o pesar. Desolación ayer entre quienes esperaban el anuncio de Straw en Londres Como dijo el juez Ronald Bartle en su sentencia de extradición, el actual proceso tiene lugar al amparo de la Convención Europea de Extradición- y de la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas. Estas Convenciones representan una tendencia creciente de la comunidad internacional para unirse a fin de declarar fuera de la ley crímenes considerados horrendos en una sociedad civilizada En 1984, las Naciones Unidas aprobaron la Convención contra la Tortura, firmada y ratificada hasta el momento por más de cien países. Entre ellos se encuentran España, el Reino Unido, prácticamente todos los países eiu- opeos y el mismo Chüe (en tiempos de Pinochet, lo que son las cosas) pero no Estados Unidos o China, por poner dos ejemplos interesantes. Las obligaciones respecto a la tortura de los Estados firmantes no se limitan al mismo Tratado y aparecen en documentos como el Artículo 55 de la Carta de las Naciones Unidas, en el Artículo 5 de la Declaración de los Derechos Humanos y en el artículo 7 de la Convención Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos. En principio, y según dichos dociunentos, la práctica de la tortura no admite justificación alguna, como tampoco la del genocidio o el secuestro político. Según el Artículo 6 de la Convención, cualquier Estado en donde se encuentre la persona acusada de haber cometido el crimen (de tortura) debe tomarle en custodia Es decir, bien por iniciativa propia, bien bajo solicitud de otro Estado firmante de la Convención y donde se haya pre- sentado ima denuncia, cualquier país debe proceder a la detención. Es lo que hizo Inglaterra, una vez los Lores de la Ley decidieron que los jefes o ex jefes de Estado no disfrutan de inmunidad en Inglaterra en relación a crímenes contra la Humanidad (realizados después de 1998, fecha en que la ley entró en vigor en el Reino Unido) El Estado donde se realiza la detención está obligado a investigar inmediatamente los hechos imputados. En el caso presente, dicha investigación no se realizó porque se trataba de una extradición a vm tercer país signatario y es en España donde el juez Garzón había llevado a cabo sus indagaciones, resumidas en la solicitud de extradición. De otra parte, la detención debe ser comunicada al país donde sucedieron los hechos, en este caso básica, pero no exclusivamente, Chile. Según los acuerdos, el país andino siempre tendría una precedencia absoluta para juzgar a Pinochet, de ma- nera que si hubiera presentado una orden de detención formal contra el ex dictador, se le habría entregado hace mucho tiempo. Como esto no ha sucedido, la precedencia pasa a Inglaterra, donde el fiscal general ha desestimado algunas denuncias presentadas. Por eUo el caso corresponde a los terceros países que desean juzgar esos hechos, empezando por el primer solicitante, España. Esta construcción legal está vigilada por el Comité contra la Tortura, un organismo oficial de la ONU. Dicho Comité, por ejemplo, ya había advertido a Inglaterra que las secciones 1 y 14 de la ley de Inníunidad de 1978, pueden entrar en conflicto con las obligaciones contenidas en los artículos 4,5,6 y 7 de la Convención Los Lores de la Ley decidieron por eUo una interpretación restrictiva de su propia legislación, reconociendo que en la Convención no existe ningún tipo de inmunidad para los acusados. Todo lo anterior ha tenido consecuencias concretas en el caso de Pinochet, pero mucho más para el ordenamiento jurídico internacional. En este caso un país, España, ha hecho ver que puede y debe juzgar crímenes contra la humanidad y otro, el Reino Unido, sometió su propia ley a una normativa superior. Se crea así im espacio internacional donde la posibilidad de acción es efectiva. OTROS CASOS Esto no es ningima teoría. En este momento el ex dictador deLChad, Hissein Habré, está siendo juzgado bajo estas mismas premisas en Senegal, donde se encontraba desdé 1990, cuando se vio obligado a abandonar el poder. A él pueden seguirle otros (Idi Amin, actualmente en Arabia Saudí, Baby Duvalier, en el sur de Francia, Haile Marian... porque como dijo el presidente del segundo tribunal de apelación. Lord Browne Wilkinson, aquí se trata de saber si los responsables de esos crímenes pueden o no encontrar refugio Él y otros muchos, jueces británicos o simples personas en todo el mundo, piensan que ese refugio no existe, no debe existir. ¿Su seguro de salud le cubre los gastos de farmacia? 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