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ABC MADRID 09-02-1997 página 30
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  • EdiciónABC, MADRID
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30 ABC NACIONAL Hacia la Administración del siglo XXi DOMINGO 9- 2- 97 El Gobierno estudia que el sueldo de los empleados públicos se vincule al rendimiento en el trabajo Reforzará el mecanismo de acceso a la Administración para acabar con el enchufismo del PSOE Pretende terminar con el amiguisrao con una carrera basada en la progresión de tategoría profesional Madrid. José Luis Lorente plantación de procedimientos para evaluar el trabajo de cada funcionario, la vinculación de una p te de las retribuciones al rendid miento y la instrumentación de mecanismos de reclasificación profesional de acuerdo con las necesidades objetivas. Todo ello con el objetivo de poner en marcha la Administración del siglo XXI. Además, se fijan sistemas de promoción y reclasificación para adecuar las categorías profesionales a las nuevas necesidades de la Administración. El proyecto se limita a consagrar en la normativa básica los siguientes aspectos; El carácter residual de la oferta de empleo público, instrumento para hacer frente a las necesidades de personal que no pueden cubrirse con el efectivos existentes mediante procesos de reclasificación, provisión, etc. Las medidas que podrán contener los planes de empleo, estableciéndose en todo caso la posibilidad de optar por otros mecanismos para efectuar la adecuación de los recursos humanos a las necesidades de las organizaciones. Los sistemas que se deberán utilizar para la selección del personal: oposición (único sistema ordinario) el concurso- oposición y el concurso en casos especiales. La necesidad de que cada Administración cuente con un registro de personal. El Estatuto introduce cambios trascendentales en la ordenación de la actividad profesional en la medida que se abre la posibilidad Buscará el consenso de Autonomías y sindicatos para el nuevo Estatuto de la Función Pública El Gobierno tiene preparado un proyecto de reforma de las Administraciones que presentará el próximo viernes a las Comunidades autónomas y negociará después con los sindicatos. Los aspectos más destacados del proyecto de Estatuto de la Función PúbHca son el disráo de un verdadero sistema de carrera profesional, la imEl objetivo del Ministerio de Administraciones Públicas, departamento encargado de redactar el borrador, es conseguir que el Estatuto de la Función Pública cuente con el mayor consenso posible de las Comunidades autónomas. Corporaciones locales, sindicatos, partidos políticos y asociaciones profesionales, al tratarse de una regulación básica. Transcurridos 18 años desde la aprobación de la Constitución, el Gobierno del PP considera llegado el momento de abordar decididamente la redacción de este Estatuto que la propia Carta Magna prevé y los anteriores Ejecutivos socialistas fueron incapaces de elaborar. Para el Gobierno, la situación actual de la Función Pública presenta una serie de deficiencias o carencias que hacen necesario abordar una reforma en profundidad de las Administraciones. La inexistencia de una carrera profesional incentivadora y objetiva, la proliferación de normas confusas y diversas en cada Administración Pública, la carencia de normas de conducta ética de los funcionarios, la insuficiencia de instrumentos de planificación y redistribución de los emplea- dos públicos en sectores excedentes y la ausencia de elementos motivadores y de evaluación del rendimierito y de conceptos salariales que instrumenten esta valoración hacen absolutamente necesario proceder a la renovación de la normativa de la Función Pública considera el Ministerio que dirige Mariano Rajoy. En opinión del Gobierno, la consecución de una Administración Pública profesionalizada se garantiza exigiendo con todo rigor la aplicación de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para el acceso al empleo público, La legislación actual, aunque ya prevé sistemas de selección objetivos, ha permitido la proliferación de procesos de entrada en la Administración mediante procedimientos no excesivamente seguros, por lo que el reforzamiento de la calidad de la selección constituye una garantía de calidad para los ciudadanos se señala en el proyecto. Por otra parte, el borrador establece la aplicación de instrumentos de planificación de los recursos humanos y mecanismos de movilidad de los empleados públicos, lo que permitirá una óptima utilización del personal. Los puestos directivos se cubrirán por concurso Madrid. J. L. L. cia y la competencia serán los El borrador del Estatuto de la factores fundamentales para proFunción Pública que ha prepa- gresar. rado el Ministerio que dirige MaEl proyecto entiende por funriano Rajoy aborda por primera ción directiva aquella que ejervez la regulación del personal di- cen los titulares de los órganos rectivo. Así, el borrador esta- que desarrollan y ejecutan los blece que los titulares de los ór- planes de actuación de la organiganos directivos están sujetos a zación establecidos por los órgaresponsabilidad profesional, per- nos de gobierno de cada una de sonal y directa por la gestión de- aquellas sarrollada y sometidos al control El personal directivo se nom y evaluación de dicha gestión por brará libremente entre funcionael órgano superior o directivo rios del Grupo Primero (el supecompetente rior de los grupos profesionales El Gobierno considera que el en que se integren los Cuerpos y adecuado funcionamiento de las Escalas de funcionarios) atenAdministraciones exige la exis- diendo siempre a criterios de tencia de directivos profesionali- competencia profesional y expezados y diferenciados del ámbito riencia se señala en el texto al político que sean capaces de ges- que ha tenido acceso este periótionar los procesos de cambio y dico. que poseean las habilidades y ap No obstante- añade el borratitudes para ello. dor- mediante norma de rango Por esta razón, el futuro Esta- legal, se podrá dispensar en detuto de la Función Pública prevé terminados casos (aunque nunca el ejercicio de la función direc- cuando se trate de subdirectores tiva como una segunda carrera generales) de la exigencia de profesional, en la que la evalua- nombramiento entre funcionación del desempeño, la experien- rios T- gmmíf Con esta excepción, los puestos de naturaleza directiva se cubrirán por concurso específico, en el que, como mínimo, el 50 por ciento de la puntuación corresponderá a la valoración de la experiencia y conocimientos, la categoría profesional, los cursos, las titulaciones y demás méritos que se estimen adecuados a la naturaleza de dichos puestos, quedando el resto de la puntuación a la apreciación de la autoridad convocante. El Gobierno entiende que, de esta manera, se mantiene un margen de discrecionalidad necesario para conformar de manera flexible los equipos directivos. No obstante, se introducen elementos de mayor objetividad que los que existen en la actualidad, ya que se tienen que valorar un conjunto de méritos previamente establecidos en relación con el contenido y la naturaleza directiva de los puestos. El cese en el desempeño de la función directiva sé realizará libremente por el órgano superior. Por último, el borrador- establece que los titulares de la función directiva no tendrán la condición de electores ni elegibles a los órganos de representación y que sus condiciones de trabajo se excluyen de la negocación colectiva. De este modo, el Ministerio de Mariano Rajoy considera que se clarifica la posición de la función directiva y se consolida su carácter de responsable de la dirección de las organizaciones públicas. Hasta ahora no ha existido una delimitación entre el ámbito político y el funcioharial y esto ha procado en numerosas ocasiones una excesiva politización de la Función Pública y una utilización instrumental de la misma. El camino de la profesionalización de la función directiva, ya comenzado en la ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (Lofage) se consolidará y desarrollará en el proyecto de Estatuto que ha elaborado el Gobierno.

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