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EDUCACIÓN CIENCIA
MIÉRCOLES 6- 7- 1994
El Tribunal Supremo reconoce el derechode los padres a elegir Religión para sus hyos
Tercera sentencia de la Sala Tercera sobre la enseñanza de la Religión
Madrid. Javier Badi a El Tribunal Supremo acaba de hacer pública su tercera sentencia en este año sobre la necesaria evaluación de la Religión Católica, como asignatura fundamental, en la Logse, sobre la necesidad de que se oferten materias alternativas en condiciones equiparables, y, sobre todo, ha reconocido el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. La Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) acaba de comunicar a la Confederación Católica de Padres de Familia y Padres de Alumnos (Concapa) que preside Carmen de Alvear, la sentencia al recursoue interpusieron con fecha 27 de julio de 1992 contra los llamados decretos de mínimos (artículo 14 del real decreto 1.006 1991, de 14 de junio y artículo 16 del real decreto 1.007 1991, de 14 de junio, por los que respectivamente se aprobaban las enseñanzas mínimas obligatorias en Educación Primaria y en la Secundaria, de la Logse) La sentencia abunda en las dos anteriores, dictadas por el Alto Tribunal con fecha 3 de febrero y 17 de marzo, en relación con la demanda interpuesta por la Asociación Profesional de Profesores de Religión y que hacían referencia al trato discriminatorio dado por la Administración educativa a la asignatura de Religión en Secundaria y en el Bachillerato de la Logse. La sentencia declara nulos los citados artículos de los decretos de mínimos denunciados ya por la Asociación Profesional de Profesores de Religión, tanto en vía ordinaria como en vía urgente, en julio de 1991, asegurando que terminaban por asfixiar a la enseñanza religiosa A los interpuestos por vía ordinaria, tanto en Secundaria como en Bachillerato, ha contestado ya esta misma Sala Tercera del TS. Quedan pendientes de sentencia el interpuesto por vía ordinaria en Primaria y los tres interpuestos por vía urgente. Estos últimos, admitidos en su momento, sólo se justifican, en cuanto a su urgencia, si responden a que se hayan conculcado derechos fundamentales. Para Carmen de Alvear la sentencia supone una gran satisfacción en un momento en que se está destacando la importancia de recuperar la formación en valores para el desarrollo integral de la personalidad de los alumnos y de forma que quede garantizada su formación religiosa
La última sentencia del Tribunal Supremo, consecuencia del recurso de la Concapa que preside Carmen de Alvear, recuerda el derecho constitucional de los padres a que sus hijos reciban formación religiosa y moral de redundar en una mejor calificación de su aprovechamiento escolar y, por ende, en un mejor expediente académico. Por ser una elección excluyente no hay posibilidad de que los que eligieron la enseñanza de la Religión Católica puedan beneficiarse de dicho razonable aprovechamiento y mejora de calificación a reflejar en un expediente académico También este aspecto supone una infracción del principio de igualdad ante la ley, que garantiza él artículo 14 de la Constitución.
Otra alternativa
Por su parte, el ministro de Educación, Gustavo Suárez Pertierra, declaró ayer en Radio Nacional de España que es necesario buscar otra alternativa al estudio asistido La sentencia no manda que la ética sea la alternativa como pretenden algunos sectores, y es necesario buscar un planteamiento que sea respetuoso con el cumplimiento de la Constitución, que permita el cumplimiento de las sentencias- que no son unívocas- que por otra parte, sea respetuosa- y esta es una cuestión muy importante- con los derechos de los jóvenea o de los padres a elegir en plena libertad la Religión o su alternativa. Estamos conversando con la Conferencia Episcopal y con otros sectores interesados y, desde luego, yo quisiera tener, y me comprometo a ello, una solución lista para el comienzo del curso próximo. Ojalá sea una solución que no provoque ningún trauma, ni ningún problema Después de que en julio de 1991 la Asociación Profesional de Profesores de Religión, que preside Diodoro García, interpusiera por vía ordinaria los recusos en los niveles de Enseñanza Primaria y Secundaria, en octubre del mismo año y tras aparecer los decretos de mínimos correspondientes al Bachillerato en los mismos términos que los anteriores, se interpuso por la misma asociación el recurso correspondiente. Coincidiendo en el tiempo, una asociación de padres, la del Colegio San Ignacio de Loyola, de Torrelodones, y una asociación de alumnos, la Asociación Juvenil Encuentros, interpusieron otros tantos recursos por vía urgente, reservada para aquellos casos en los que se conculcan derechos fundamentales. Los recursos por vía urgente todavía no han tenido su sentencia. A principios de junio ABC dio a conocer una circular del Ministerio de Educación en la que se aseguraba que no se había recibido de manera oficial el testimonio de la sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 17 de marzo. En consecuencia, declaraba que no se podía evaluar las enseñanzas de la Religión Católica, de modo que no se iban a tener en cuenta para la nota media ante la Selectividad en la Logse. Para la parte demandante, la situación estaba muy clara: se trata de una actitud rebelde al cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, inspirada en criterios formalistas, que no se corresponden con la actitud negociadora manifestada por el ministro de Educación
Artículos nulos
La sentencia del TS, comunicada a la Concapa el pasado lunes, día 4 de julio, viene a completar de alguna forma las dos anteriores, puesto que también se refiere a la Enseñanza Primaria y reconoce de modo muy especial el derecho de los padres a la educación religiosa de sus hijos. En ese sentido, la Concapa, que tiene como finalidad esencial la de conocer, propagar, fomentar, proteger, representar y, en su caso, defender colectivamente los derechos y deberes que a la familia y a sus miembros correspondan en asuntos relacionados con la educación y escolarización de sus hijos de acuerdo con los postulados cristianos de la vida, según el Magisterio de la Iglesia, y, en particular participar como órgano de representación de los intereses y legítimas aspiraciones de los padres de los alumnos, no sólo en el ámbito escolar, sino en todos los lugares donde se decida la política educativa, asi como promover y defender el derecho de los padres a la educación religiosa de sus hijos en todos los centros docentes se ve legitimada activamente para demandar la declaración de no ser conforme a derecho las disposiciones de la Administración objeto del presente recurso contencioso- administrativo Los abogados del Estado desestimaron en junio de 1992 los recursos administrativos interpuestos por la Concapa contra los decretos de mínimos citados. La sentencia recuerda que no se ha de olvidar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones que los poderes públicos han de garantizar por imperativo del punto 3 del artículo 27 de la Constitución Sin desconocer tampoco- dice más adelante- el principio de igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de religión, opinión o cualquiera otra condición o circunstancia personal o social, que también protege el artículo, 14 de dicha Ley Fundamental
En el mismo clavo
La sentencia vuelve a remachar en el mismo clavo que las dos anteriores, cuando dice que no se cumple la equiparación que requiere el Acuerdo suscrito por la Santa Sede y el Estado Español sobre Enseñanza y Asuntos Culturales. Recuerda que con el estudio asistido, la única alternativa que hasta ahora existe, los alumnos pueden obtener un mayor conocimiento de las materias complementarias que aquellos que eligen Religión, y que ello habrá
Sida: prueban una vacuna y se infectan con el virus VIH
Bangkok. Agencias Al menos cinco o seis de los treinta voluntarios que prueban una vacuna experimental norteamericana contra el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) que causa el sida, resultaron infectados. La vacuna UBI- 1 fabricada en Estados Unidos por la empresa Biomedical es una proteína similar al VIH diseñada para activar el sistema inmunológico, con el fin de que produzca anticuerpos. De acuerdo con el equipo de médicos que administra este preparado en el hospital de la Cruz Roja de Bangkok, los voluntarios contagiados pensaron probablemente que la vacuna los hacía invulnerables a la enfermedad y se relacionaron en actividades altamente peligrosas Las primeras inyecciones de la vacuna fueron administradas el pasado mes de junio; la siguiente dosis el 6 de julio y la última se administrará el 21 de noviembre próximo.