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ABC MADRID 29-04-1992 página 28
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ABC MADRID 29-04-1992 página 28

  • EdiciónABC, MADRID
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28 A B C NACIONAL MIÉRCOLES 29- 4- 92 Las duras penas impuestas por el Tribunal Supremo sorprenden hasta a los afectados por la colza Cuatro de los implicados, que estaban en libertad, ingresaron en prisión Cuatro de los procesados por el síndroóme tóxico que ya se encontraban en libertad ingresaron ayer en prisión después de que se hiciera pública la sentencia del Tribunal Supremo en relación con el caso de la colza Juan Miguel Bengoechea y Ramón Ferrero, los dos únicos inculpados que permanecían en la cárcel El fallo eleva de 20 a 77 años y de 12 a 67 la condena de los principales responsables Madrid. Nieves Colli han visto aumentadas sus penas a setenta y siete y sesenta y siete años respectivamente. Por otra parte, el Supremo no ha admitido las peticiones de acusación y defensa respecto a la modificación del censo de afectados, y sólo ha añadido once personas a las veinticinco mil reconocidas por la Audiencia Nacional. Un individuo lanzó un cóctel molotov contra eledificio antes de conocerse la sentencia El Tribunal Supremo puesta al recurso interSENTENCIAS DEFINITIVAS DE LA COLZA hizo público ayer el fapuesto por Juan Miguel llo sobre los veintisiete Beongoechea, la Sala 1 Enrique Salomó J. M. Bengoechea recursos que defensa y Segunda considera que T. S. 38 años de cárcel. T. S. 77 años de cárcel. acusaciones presenta existe una ley natural A. N. 4 años y 2 meses de A. N. 20 años de reclusión ron contra la sentencia causal cuando comprisión. menor. del síndrome tóxico probado un hecho en El fiscal pidió para él El fiscal pidió para él dictada en 1989 por la un número muy consi 60.650 años. 60.409 años. Audiencia Nacional. El derable de casos simifuerte aumento de pelares, sea posible desnas que este Tribunal cartar que el suceso Ramón Ferrero Jorge Pich impone a diez de los haya sido producido T. S. 12 años de cárcel. T. S. 67 años de cárcel. procesados provocó por otras causas A. N. 10 años de prisión. A. N. 12 años de prisión escenas de verdadera De la misma forma, tensión en el vestíbulo rechazó otro de los El fiscal pidió para él El fiscal pidió para él del Palacio de Justicia motivos aducidos por el 60.409 años. 60.418 años. de Madrid, donde, enrepresentante de Bentre los gritos de justigoechea, en el sentido cia, justicia y que se de que su defendido, al 1 Ramón Alabart Elias Ferrero pudran en la cárcel desconocer la toxicidad T. S. 10 años de cárcel. T. S. 40 años de cárcel. varias mujeres que hadel aceite, no podía ser A. N. 4 años, 2 meses y A. N. 4 años y 2 meses de bían acudido a oír el condenado por la comiprisión. 1 día de prisión. fallo perdieron el conosión de un delito doEl fiscal pidió para él El fiscal pidió para él cimiento. Antes de la loso. La Sala se remite 60.418 años. 60.650 años. publicación del mismo, a la sentencia de la un individuo hubo de Audiencia Nacional en T. S. Tribunal Supremo A. N. Audiencia Nacional ser detenido por agenA. Rodííouoz Ja que se afirmaba que tes de la Guardia Civil Bengoechea sabía que tras haber lanzado un cóctel molotov conel aumento de los castigos en el hecho de el aceite tenía anilina y que esta era una sustra la fachada del edificio. que quienes introduzcan en el mercado de tancia venenosa y afirma que si se tiene por La sentencia del Tribunal Supremo au- consumo mercancías corrompidas cometen probado que el aceite contenía veneno y que menta las penas a diez de los implicados en acciones que suponen un grave riesgo para el vendedor lo sabía, la previsibilidad del reel caso, lo que supone, por ejemplo, que Fer- la salud. Toda introducción en el mercado sultado es claramente indiscutible nando Bengoechea Calvo, socio de la em- de consumo de mercancías corrompidas, El Supremo ha aceptado parcialmente la presa Rapsa, que fue absuelto por la Audien- cuya rehabilitación no ha sido realizada de tesis del fiscal, lo que explica el fuerte aucia Nacional, deba ahora cumplir una pena acuerdo con las exigencias sanitarias del mento de las penas. El fiscal defendió que de seis meses de arresto mayor por un delito caso, se deben reputar peligrosas para la salos responsables del síndrome tóxico dede imprudencia temeraria. lud. Este peligro supera el límite del riesgo bían ser castigados por tantas muertes y lesiones como se produjeron, que tenían que Asimismo, los cinco procesados que se en- permitido afirma el Supremo. ser sancionadas de forma independiente. El contraban en libertad (Enrique Salomó, RaEl Tribunal Supremo desestimó los recurAlto Tribunal no ha aceptado esa tesis pero món Alabart, Elias Ferrero y Cándido Hernán- sos que los abogados de la defensa presensí ha entendido que debe ser castigada sepadez) ingresaron en prisión a lo largo del día taron sobre la falta de pruebas de la relación radamente cada acción de ayer. de causalidad entre el consumo de aceite Por su parte, los dos únicos implicados que desnaturalizado y la enfermedad. Así, en resLa defensa de Ramón Ferrero, otro de los aún permanecían en prisión han visto cómo principales responsables, había justificado la resolución del Supremo ha aumentado sus con la falta de título profesional la inocencia penas. Juan Miguel Bengoechea y Ramón de su cliente. A este respecto, el Supremo Ferrero, principales responsables de las emafirma que la culpa profesional no se puede presas Rapsa y Raelca, respectivamente, han limitar a las profesiones tituladas ni a la impe sido condenados a setenta y siete años de ricia No cabe duda- puntualiza- que prisión el primero y sesenta y siete el sequien asume como forma habitual de sus gundo. La Audiencia Nacional les había conocupaciones el comercio, especialmente en la denado a veinte y doce años. alimentación, ejerce una actividad que no Uno de los razonamientos que ha llevado sólo requiere una pericia, sino también una 2 730 m superficie. al aumento de las penas de Bengoechea, prudencia especial 14 plazas de garaje. Pich, Salomó y Alabart ha sido la estimación Los representantes de los afectados soliciparcial de uno de los recursos de las acusa Inmejorable situación. taron la revisión del número de los mismos. ciones particulares que les consideraba auto Diáfana, exterior, mucha luz. En este extremo, el Tribunal Supremo afirma res de un delito de estafa al argumentar que que los documentos alegados por los recuDirectamente propiedad todos ellos quisieron vender al consumidor rrentes no tienen mayor fuerza de convicaceites que habían contenido un producto veSeñor Moreno ción que aquellos en los que se basó el Trinenoso bunal a quo aunque admite los recursos inS 431 16 16 y 431 16 75 La sentencia del Tribunal Supremo explica dividuales de once afectados SE ALQUILA OFICINA BARRIO SALAMANCA

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