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ABC MADRID 31-07-1987 página 37
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ABC MADRID 31-07-1987 página 37

  • EdiciónABC, MADRID
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VIERNES 31- 7- 87- SANIDAD -ABC, póg. 37 La Federación de Sindicatos Médicos acusa a Ricardo Ferré de mimetismo conel Ministerio El Estatuto que propone la OMC convierte al médico en funcionario Madrid. Miguel Ángel Martín y Felipe Jiménez La Federación Madrileña de Sindicatos Médicos (FESIME) ha elaborado un documento sobre el Estatuto Marco, la ley que va a regular las relaciones entre los médicos y la Administración en los próximos años. FESIME acusa a Ricardo Ferré, presidente de la OMC, de coincidir con las directivas del Ministerio de Sanidad. médicos españoles añadió GilSanz. El documento elaborado por asesores jurídicos de FESIME señala, entre otras cosas, lo siguiente: Si una de las primordiales objeciones que cabía oponer al proyecto de Estatuto Marco de la Administración era el de la consideración funcionarial de tos facultativos, otro tanto cabe decir del proyecto alternativo que Ricardo Ferré presentó a la Asamblea de la OMC para su aprobación. Tanto es así que el proyecto de la OMC viene a ser una copia refundida de la legislación sobre funcionarios públicos (ley 7- 2- 1964 y sobre todo la de 2- 81984) como puede verse por la lectura comparada del texto de la OMC y de este bloque normativo. en cambio, no recoge otras típicamente sanitarias. Porque establece la jubilación forzosa, que ha sido prohibida para el ámbito laboral por el Tribunal Constitucional en 27 de julio de 1981, alejándose de la normativa laboral en la que la jubilación es un derecho y no una obligación. Cabía esperar una postura más acorde con los intereses de los facultativos Carlos Gil- Sanz FESIME le acusa asimismo de haber elaborado un Estatuto que es fiel reflejo del que propone la Administración y que está siendo rechazado por casi todos, ya que convierte al médico en funcionario El Gabinete jurídico de FESIME ha elaborado un importante documento, al que ha tenido acceso ABC, en el que critica duramente la filosofía del Estatuto Marco que Ricardo Ferré y la Comisión Permanente de la OMC encargaron a un bufete de abogados de Madrid. En teoría, el Estatuto Marco que debía proponer Ricardo Ferré tenía que recoger los principios liberales de nuestra profesión y pronunciarse por un Estatuto jurídico del médico, como hasta ahora tenemos. Pero cuál ha sido nuestra sorpresa cuando hemos visto que lo que ha encargado a ese despacho de abogados es elaborar algo muy parecida al Estatuto que propone la Administración, que es apoyado por UGT y que, en definitiva, convierte al médico en funcionario, y con eso no estamos de acuerdo señaló a ABC el doctor GilSanz, vicepresidente de FESIME, Este Estatuto o proyecto de Estatuto- prosiguió Carlos GilSanz- fue. criticado duramente por presidentes y secretarios de Colegios Provinciales de Médicos muy importantes a pesar de lo cual Ricardo Ferró logró sacarlo adelante en una Asamblea, pero creemos que ha llegado el momento de decirle ¡basta! al doctor Ferré añade la doctora Teresa Monforte. Con este Estatuto, tan parecido al que quiere García Vargas, va a hacer urí flaco servicio a los Funcionarios De los anteriores ejemplos- continúa el informe jurídico de FESIME- y de otros que la brevedad impide abordar se desprende que el Estatuto que presentó Ricardo Ferré, con su carácter ambiguo y aparentemente híbrido, conduciría a la práctica funcionarización del régimen del personal sanitario, como el que proponen el PSOE y UGT, con pérdidas de las garantías que ofrece el Derecho del Trabajo; asimismo la ambigüedad del texto de la OMC provoca no pocas contradicciones en el mismo. La OMC de Ricardo Ferré parece desconocer que el escenario ha variado radicalmente. Paulatinamente la Seguridad Social ha perdido su anterior independencia, sus presupuestos se aprueban conjuntamente con los Generales del Estado, la intervención económica es la del Estado y su personal estatutario se ha venido a integrar en el régimen común de los funcionarios públicos desde 1984, con la única excepción de los sanitarios hasta el momento. Es obvio consecuentemente, y la OMC lo olvida, que actualmente el personal del nuevo Sistema Nacional de Salud se encuentra ante un esquema diametralmente distinto al que dio origen a la concepción llamada Estatutaria de su relación profesional. En el Derecho español la relación de empleo sólo es concebible como pública o funcionarial o como laboral, con la natural consecuencia de imputar la competencia contenciosa a (os Tribunales del orden respectivo. El ingenuo artificio que intru- Ricardo Ferré menta la OMC al arbitrar un sistema netamente funcionarial en unas materias, solapado con otras a las que se da carácter laboral aun a pesar de la íntima y profunda interconexión entre una y otras, parece inviable y conduciría al marasmo, a la indefinición y a la confusión de competencias con la prolongación de procesos, en notorio perjuicio de los trabajadores sanitarios. Por todo ello, un posicionamiento racional ante tan importante cuestión debería pasar, lógicamente, entre la opción de la naturaleza funcionarial o laboral del personal- con los matices que se quiera- y al eludirlo, la OMC y Ricardo Ferré privan a su proyecto de la esencia de cualquier virtualidad práctica. La Administración no ha incurrido en tal ambigüedad, sabedora de lo que le conviene; FESIME, tampoco, atendiendo al interés de los médicos. Un híbrido sin sentido Si tal concepción pretende ser una fórmula mediadora y dialogante -según FESIME- -entre posturas de médicos y de la Administración, no lo consigue porque la posición de la OMC de Ricardo Ferré se inserta plenamente en la esencia de las tesis que mantiene el Ministerio, lo que tampoco es novedoso. Y ello por lo siguiente: Porque la estructura del Estatuto que promociona la OMC es netamente funcionarial y, por tanto, muy semejante al de la Administración. Porque en materia retributiva todo su capítulo octavo no es otra cosa que una copia de la legislación de funcionarios (artículos 23 y 24, ley 2- 8- 1984) y copia literal del Estatuto ofrecido por la Administración, prohibiendo figuras g. enuinamente laboralistas. En materia de faltas graves, la propuesta de la OMC es copia literal del artículo 31 de la ley de la Función Pública de 1984 que ha hecho la Administración socialista, incluso incluyendo faltas de imposible comisión para el personal sanitario y sólo suceptibles para quien desempeña funciones esencialmente públicas; Tímidas posturas Tal vez la OMC- termina FESIME- haya intuido razonablemente que los designios de la Administración central están ya prefijados, con lo que las posibilidades formales de desaire o de no aceptación de la, postura colegial se reducen al mínimo. Con todo, cabía esperar de dicho órgano representativo una postura más acordé con los intereses de los médicos, aun cuando ello comportara la discrepancia de fondo con la tesitura que mantenga la Administración. Porque si al final la OMC sólo ha de ser mediadora en los conflictos entre los médicos y la Administración, ¿de quién es y. con quién está la OMC?

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