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ABC MADRID 15-07-1987 página 88
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ABC MADRID 15-07-1987 página 88

  • EdiciónABC, MADRID
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887 A B C EDICTO DON BIENVENIDO GONZÁLEZ POVEDA, secretario del Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de Biibao. DOY FE: Que en la pieza de beneficio de Justicia gratuita que se tramita en este Juzgado bajo el número 456 86, seguida a instancia de don Eduardo González- Careaga Benito, se ha dictado la siguiente sentencia. En la villa de Bilbao a 24 de julio de 1986. El ¡lustrísimo señor magistrado- juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de Bilbao ha visto los precedentes autos seguidos ante este Juzgado con el número 456 86 sobre reconocimiento judicial de Justicia gratuita, promovidos por don Eduardo González- Careaga Benito, representado por el procurador don Pedro María Sántín Diez, en turno de oficio, contra el señor letrado del Estado, para litigar en tal concepto en el expediente de jurisdicción voluntaria para la declaración de ausencia de don Federico González- Careaga Benito sobre concesión de Justicia gratuita, teniendo las partes las circunstancias personales que constan en los autos y se dan aquí por reproducidas. GENERALES trámite la demanda, señalándose día para la celebración del juicio, citándose a l efecto a la parte demandada y al señor letrado del Estado, habiéndose celebrado la vista en la forma sucintamente consignada en las actuaciones, en la que, tras ratificarse el actor en su demanda, se opuso la parte contraria a, la concesión del beneficio de Justicia gratuita, recibiéndose el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas y quedando el juicio concluso para sentencia. Tercero. -Que en la tramitación de este juicio se han observado, en lo esencial, todas las prescripciones legales. II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero. -Que de los documentos aportados y de las pruebas practicadas, aparece que la parte demandante carece de bienes suficientes y que sus ingresos por todos conceptos no superan el doble del salario mínimo interprofesional vigente en esta fecha por lo que es procedente, conforme a los artículos 13, 14 y concordantes de la ley. de Enjuiciamiento Civil, reconocerle judicialmente el derecho a Justicia gratuita para litigar con la parte demandada y en el juicio, ya reseñados en el encabezamiento de esta sentencia. Segundo. -Que no es de estimar temeridad ni mala fe en ninguna de las partes a efectos de imposición de costas. Vistos los artículos citados y demás preceptos de general y pertinente aplicación. FALLO: Que estimando la demanda promovida por don Eduardo González- Careaga Benito debo reconocer y le reconozco el derecho a Justicia gratuita para litigar contra el señor letrado del Estado en el procedimiento ya consignado, sin hacer pronunciamiento sobre costas. Así por está mi sentencia, de la que se unirá certificación literal a los autos, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y su presentación en el diario ABC, expido y firmo el presente en Bilbao a 1 de junio de 1987. MIÉRCOLES 15- 7- 87 Ayuntamiento deCarabaña ANUNCIO En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del día 4 de mayo, ha sido publicado el acuerdo de aprobación inicial de modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento de Carabaña; lo que se hace público por plazo de un mes, contado a partir de la publicación del presente anuncio, a fin de que cualquier persona que quiera examinar el expediente pueda hacerlo en horas de 9 a 15 en la Secretaría de este Ayuntamiento, pudiendo, asimismo, deducir las alegaciones que estime pertinentes. Carabaña, a 8 de mayo de 1987. -El alcalde, Felipe Gómez Valdericeda. I ANTECEDENTES Phmero. -Que por el procurador ya mencionado en el encabezamiento de esta resolución fue presentada demanda, que correspondió conocer a este Juzgado en turno de reparto, solicitando se dicte, en su día, sentencia por la que se reconozca a su representado el derecho a litigar gratuitamente contra el litigante ya reseñado, con base a los hechos que se detallan en la demanda, y que en este lugar se dan por reproducidos, como igualmente la súplica contenida en la misma, en la que constan también los fundamentos de Derecho. Segundo. -Que reclamados previamente por el Juzgado las certificaciones que la parte no había obtenido, y recibidas se admitió a En virtud de lo acordado por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Palma de Mallorca en expediente número 785 87- V, promovido por doña Juana María March Manresa, actuando en nombre propio y en el de sus hijas menores de edad María y Marta Juan March, sobre declaración de fallecimiento de don Antonio Juan Crespi, quien falleció a finales de noviembre de 1983 a bordo de su embarcación denominada Al- Suhail en la travesía desde la isla de Cabrera a la de Mallorca; por medio del presente se da público conocimiento de la existencia de dicho expediente, a todos los efectos legales oportunos. Dado eh Palma de Mallorca a 3 de julio de 1987, -EI secretario (ilegible) EDICTO ¡Llámanos! Información: Coordinadora Nacional de la Lucha Antidroga. Central: Mayor de Gracia, 92 Tel. (93) 217 97 38 08012 Barcelona. ¡Oh! San Judas Tadeo, apóstol y mártir, grande en virtud y rico en milagros, pariente cercano de Jesucristo, fiel intercesor de todos los que evocan tu ayuda especial en tiempos de necesidad. A ti acudo desde lo profundo de mi corazón y te ruego a ti, a quien Dios ha dado tan grande poder que vengas a ayudarme. Ayúdame en mi presente y urgente invocado. Tres Padrenuestros, tres Avemarias y tres Glorias. San Judas Tadeo, ruega por nosotros y por todos los que piden tu ayuda. La publicación de esta Novena tiene que ser prometida. -T. P. SAN JUDAS TADEO A SANTA CLARA Haga tres pedidos, uno de negocios y dos imposibles, rezar durante nueve días nueve Avemarias, lo mismo sin tener fe, será atendido. Rezar con una vela encendida y dejar quemar. Publicar el noveno día. -NI. P. Q. Haga tres pedidos, uno de negocios y dos imposibles, rezar durante nueve días nueve Avemarias, lo mismo sin tener fe, será atendido. Rezar con una vela encendida y dejar quemar. Publicar el noveno día. -J. G. R. A SANTA CLARA gracias por los favores recibidos. -R. C. ESPÍRITU SANTO gracias por los favores recibidos. -R. C. ESPÍRITU SANTO, GRACIAS SAN JUDAS TADEO, GRACIAS C. M. C. M. GRACIAS, ESPÍRITU SANTO, P C. A. GRACIAS, SAN ANTONIO POR EL FAVOR M. A. GRACIAS, SAN JUDAS TADEO E. S. GRACIAS, ESPÍRITU SANTO D. B. GRACIAS, SANTA CLARA C. T. GRACIAS, SANTA CLARA por los favores recibidos. -Juan y Clara

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