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ABC MADRID 05-04-1987 página 66
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ABC MADRID 05-04-1987 página 66

  • EdiciónABC, MADRID
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66 ABC DERECHO DOMINGO 5- 4- 87 Las transformaciones de las viviendas en oficinas No admite discusión hoy día, después de la Cuando de un piso sito en una finca dividientrada en vigor del real decreto ley 2 1985, da en régimen de propiedad horizontal, esté de 30 de abril, sobre Medidas de Política o no arrendado, se trate, la respuesta ha de Económica, que un piso construido para ser- ser otra, por que la ley reguladora de la mavir de vivienda, puede transformarse en una teria contiene un artículo, el 7. que en su oficina o un despacho abierto al público, por párrafo tercero declara que al propietario y la sencilla razón de que el artículo 8 del mis- al ocupante del piso les está prohibido desamo permite expresamente esta transforma- rrollar en él o en el resto del inmueble activición, siquiera sea preciso que el Ayuntamien- dades no permitidas en los estatutos, dañoto otorgue la oportuna licencia en relación a sas para la finca, inmorales, peligrosas, incóeste nuevo destino. modas o insalubres Y otro artículo, el 19, ¿Quiere decirse con ello que los propieta- que precisa que la infracción de las prohibirios de dichas viviendas, cuando están arren- ciones anteriores dará lugar al apercibimiento dadas, vienen obligados a consentirlo, o las al titular o, en su caso, a dicho ocupante, y comunidades de propietarios no pueden opo- desatendido éste, la junta de propietarios ponerse? Respecto a los primeros, ia respuesta drá instalar y obtener judicialmente la privano puede ser otra que una negativa rotunda ción del uso del piso o local a aquél o quieen el supuesto de que la transformación lo nes con éi convivan. Ya también contra el sea para oficinas o locales de negocio, estén ocupante no propietario para obtener del juez o no abiertos al público, por la sencilla razón el lanzamiento o la resolución del contrato. de que entrará en juego la ley de Arrenda- Artículos que han de interpretarse en el sentimientos Urbanos, que prevé que es ello cau- do de que la transformación ha de entendersa de resolución del arrendamiento si no se prohibida no sólo cuando así conste en el existe la autorización del arrendador. Debien- título constitutivo, en los estatutos de la codo darse la misma contestación si de una munidad o en acuerdo de la junta referida transformación de la vivienda a despacho de adoptado por unanimidad, sino también, a tipo profesional se tratase, aunque no sea po- nuestro juicio, aunque exista quien lo discuta, sible, en este último caso, el ejercicio de la si esta prohibición expresa no se da, cuando acción de resolución habida cuenta que dicha la transformación lo sea de una vivienda en ley no previo el caso de una vivienda que se una oficina o para el ejercicio de una activiconvirtiese en otra por asimilación condi- dad de comercio, de industria o de enseñanción ésta que es la que tienen dichos despa- za, siquiera la generalidad de las sentencias dictadas sobre el particular por los Juzgados, chos profesionales. Clausurado el IV Seminario de Estudios Jurídicos para Periodistas Madrid En la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación se ha clausurado el IV Seminario de Estudios Jurídicos para Periodistas, organizado por dicha Corporación con la colaboración de la Asociación de la Prensa de Madrid y al que han asistido más de doscientos profesionales de la información, estudiantes de Ciencias de la Información y de Derecho y abogados en ejercicio. El acto estuvo presidido por el presidente de la Academia y del Consejo del Poder Judicial, Antonio Hernández Gil, acompañado del vicepresidente y director del Seminario, don Leonardo Prieto- Castro, y asistieron, entre otras personalidades, a la entrega de diplo- mas, el Defensor del Pueblo, el fiscal general del Reino y el decano de la Facultad de Ciencias de la Información. y Tribunales vengan exigiendo, a nuestro modo de ver erróneamente, que se produzca una incomodidad con la transformación. Y esta conclusión es de aplicación, señores, a todos esos numerosísimos supuestos en los que los propietarios de viviendas los dedican o arriendan para oficinas de sociedades o de particulares, estén o no abiertas al público, academias, peluquerías, etcétera, etcétera. Y ello aunque hubieran obtenido previamente la licencia municipal, porque por encima de ésta está la voluntad de la comunidad. Fuentes LOJO FORMACIÓN DE IBERIA La Compañía IBERIA informa a todos sus usuarios que, con motivo de las pasadas huelgas de los días 27 y 31 de marzo y debido a la conflictividad laboral existente, se están produciendo anomalías en los servicios de carga en el aeropuerto de Barajas. Consecuentemente, rogamos a nuestros clientes se abstengan hasta el próximo martes día 7 de abril, a las 14,00 horas, de solicitar nuestros servicios para el transporte de carga saliendo del aeropuerto de Barajas o cualquier otro de nuestra red, siempre que sea destino final Madrid (Barajas) o requiera un tránsito en este aeropuerto. En cualquier caso, IBERIA atenderá los servicios con normalidad para mercancías perecederas y prensa diaria, cualquiera que sea su origen y destino, así como todos aquellos servicios que no requieran la utilización de nuestras instalaciones en el aeropuerto de Madrid- Barajas. Para mayor información pueden ponerse en contacto con el servicio de INFORCARGA a ios teléfonos: (91) 411 66 95 (91) 41166 12 (91) 411 67 45 La Compañía IBERIA ruega a sus usuarios disculpen las dificultades que esta, situación anómala pueda causarles. LINEAS AEREAS DE ESPAÑA

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