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ABC MADRID 05-04-1987 página 65
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  • EdiciónABC, MADRID
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DOMINGO 5- 4- 87 DERECHO 65 combatió las agravantes apreciadas por la Audiencia y propugnó la apreciación de imprudencia. 1 Supremo califica de asesinato un homicidio con desistimiento de violación El Alto Tribunal estima que hubo alevosía Se plantean en esta sentencia varias cuestiones. Primera: ¿hubo desistimiento voluntario en ia viciación iniciada y, por tanto, hubo o no tentativa en el delito? Segunda: ¿qué trascendencia pena! tienen ios móviles para calificar el desistimiento? Tercera: ¿existió homicidio con agravantes de despoblado y abuso de superioridad o asesinato con alevosía? Cuarta: supuesta la comisión de asesinato, ¿qué incidencia tienen aquellas agravantes? El Tribuna! Supremo niega la tentativa por- que le identificase, al tiempo que le presionaque afirma lá voluntariedad del desistimiento, ba ¿I tórax con las rodillas. Visto parcialmente aun recogiendo la dificultad de entrar en la a distancia por unos trabajadores de un barvoluntad ajena y teniendo en cuenta que su co, volvió a alejar más a la víctima y huyó en móvil fue un cambio de dolo: matar y no vio- el coche. La mujer fue recogida por aquéllos lar. Pero los motivos del cambio son inope- y murió poco después. rantes a efectos penales. Y señalando una La playa, apartada de la casa más próxima ruptura en el propósito inicial, advierte dos- unos 800 metros- es poco concurrida. conductas: la violadora, impune por ese de- Avelino es bebedor habitual, y poco antes de sistimiento, y la homicida, que por aprovechar los hechos ingirió, como de costumbre, cuatro la indefensión sobrevenida de la víctima cubalibrés, con una muy ligera limitación de constituye asesinato alevoso, que embebe el sus facultades. abuso de superioridad, subespécte de alevosía, y elimina el despoblado, porque un misSentencia y recursos mo hecho no puede originar dos agravantes distintas. Lá Audiencia de Oviedo absolvió a Avelino del delito de tentativa de violación y le condenó por homicidio, con las agravantes de despoblado y abuso de superioridad y atenuante Los hechos analógica de trastorno mental transitorio, a El procesado, Avelino Larriet Pérez, con veinte años de reclusión menor, indemnizaantecedentes penales por abusos deshones- ción de cuatro millones de pesetas y prohibitos, fue a una playa del pueblo asturiano de ción de residir en el mismo lugar que la famiOrtiguera en el verano de 1982, lugar donde lia de la víctima durante veinte años. el día antes había tenido que desistir de tener La acusación particular recurrió en casaacceso camal con una joven que tomaba el ción alegando la comisión de tentativa de viosol, desistimiento producido por la presencia lación, ya que el desistimiento surgió por el cercana de un señor. Esta segunda vez la jo- ánimo homicida ante la resistencia de la víctiven estaba tendida boca abajo y Avelino se ma; asimismo, alegó la concurrencia de aseacercó cautelosamente a ella, la cual, cuando sinato con alevosía. se dio cuenta de su presencia, le reconoció La defensa, en recurso de igual clase, como a su primo y, sospechando sus intenciones, trató de defenderse. Avelino, ante la resistencia de la mujer, la golpeó con una piedra en la cara, dejándola semiinconsciente y sangrando. En este momento ya no quiso VIBOT Mpdeüsta- patronista titulado. Calzado medida y continuar con su propósito inicial de yacer ortopédico para deformidades del pie. HORMEcon la mujer, que ya no podía ofrecer una reRÓ. Conocimientos anatómicos y patológicos sistencia eficaz. Acto seguido, la arrastró hasVISITAS EN MADRID: Próximo martes, 7 de ta detrás de unas rocas, y como respuesta a abril, y todos los primeros martes de mes, en Gran Hotel Ve ázquez, tí Velázquez, 62. De sus quejas la golpeó reiteradamente en la ca 11 a 2 y de 4 a 6. Teléfono 275 28 00 beza con una piedra para matarla e impedir Sentencia del Supremo La Sala Segunda del Supremo estima parcialmente ei recurso de la acusación particular, y en cuanto al de la defensa, lo acoge porque su desestimación sería incompatible con la estimación del otro recurso, perjudical para el procesado: no se admiten agravantesdel homicidio porque se sustituyen por la cualificativa del asesinato. El análisis del desistimiento voluntario de la tentativa- dice la sentencia- es uno de los temas más precisados de delimitación. La doctrina científica y la jurisprudencial se mueven todavía bajo la influencia de la teoría del estímulo No obstante, es pacífica la distinción entre voluntariedad y espontaneidad. Lo decisivo para valorar la voluntariedad es lá valoración jurídica de los motivos que impulsaron al autor a variar su originaria resolución de cometer el delito. El recurrente silencia que el procesado no quiso continuar con su propósito de yacer con la agredida, que ya no podía ofrecer una resistencia eficaz. Tratar de penetrar en los motivos íntimos de este desistimiento es ajeno al campo jurídico- penal y el cese es indudablemente voluntario desde el punto de vista psicológico. En cambio, es apreciable la alevosía: el cese del dolo inicial de violación se enlaza con el propósito de matar, convirtiendo así la acción en una sucesión progresiva de dolos; en la segunda acción la víctima estaba en imposible defensa. El despoblado no concurrió, ya que el propósito homicida surgió rápida y sucesivamente: no hubo, pues, aprovechamiento consciente ni búsqueda previa de él, y un solo hecho no puede originar dos circunstancias distintas. Asimismo, apreciada la alevosía, decae la de abuso de superioridad. La alegación de imprudencia es extraña y confusa La sentencia condena por asesinato a veintitrés años de reclusión mayor y mantiene el resto del pronunciamiento condenatorio de la Audiencia. ROMANO Norias Majadahonda Es el momento de vivir, vivir. En la mejor localización de Majadabonda. En las Norias de Majadabonda, pisos de y 4 dormitorios y dúplex de 6 dormitorios y dos salones. Con garaje, piscina tenis y jardín. Disfrute de espacios abiertos. Acomódese. Viva su entorno. En las Norias de Majadabonda, prestigio de vida. Prestigio de Vida Información: INTIKVEMTA 5, S. A. M. a de Molina, 46. 28006 Madrid Tel. 4117746 ARA: Gran Vía, 43,3? Majadahonda (Madrid) U. 638 12 49 Promodonar KUNN AA Promociones, S. A Finando: CAIXA Dt BAKÜONA Mt

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