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ABC MADRID 19-02-1987 página 39
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ABC MADRID 19-02-1987 página 39

  • EdiciónABC, MADRID
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JUEVES 19- 2- 87 MADRID El retraso de la ley especialsus principales características. Estas fueron sus respuestas: Juan Barranco: En primer lugar, creo que éste es un asunto muy importante, pero, a la vez, también, muy delicado y trascendental, no solamente para el Ayuntamiento de Madrid, ya que afecta a las tres Administraciones Públicas, a la estatal, a la autonómica y a la municipal. Lo principal de esta Ley, es que nazca con una voluntad de consenso desde el primer momento; es decir, lo más importante, a mi juicio, es que intentemos conseguir o repetir el mismo proceso que ya se llevó a cabo con el Estatuto de Autonomía de Madrid. Allí se consiguió, afortunadamente, el voto unánime de todas las fuerzas polí- A B C 39 decisión de dejar pasar el tiempo y esperar que sea el Gobierno de la Nación quien ponga las condiciones necesarias para que pueda debatirse la ley especial de Madrid. Se trata, una vez más, de una supeditación de la iniciativa municipal a la iniciativa del Gobierno, actitud ésta que se viene reiterando en otros aspectos de la gestión municipal. El momento actual Aunque poco, parece que algo se ha andado. En todo caso se discutió el asunto. Por ello, cuando preguntamos sobre el estado actual de la cuestión recibimos las siguientes respuestas: Juan Barranco: Pues la verdad, no sé muy bien cómo está. Nosotros hemos preparado una serie de documentos que tenemos ahí, a disposición de los legisladores. Eso habría que preguntárselo a los grupos políticos que están presentes en la Asamblea de Madrid Joaquín Leguina: No parece conveniente abordar la ley hasta la próxima legislatura José María Alvarez del Manzano: Desde el punto de vista formal, existe presentada en la Asamblea parlamentaria de la Comunidad autónoma de Madrid, una proposición no de ley, por parte del Grupo Popular, concretamente por el diputado Germán Hoeling, que tuvo acogida favorable de modo unánime y que todavía no ha cristalizado en el proyecto concreto. Al mismo tiempo habrá que recordar, que el Estado español se ha adherido a la Carta de la Autonomía Municipal que ha sido mandada por el Consejo de Europa y a cuya realización legal contribuimos los que formamos parte de la Comisión de Estructuras y Finanzas de la Asamblea de Poderes Locales y Regionales del Consejo y que significa un fuerte impulso de aclaración sobre lo que es el régimen municipal autonómico. Adolfo Pastor: Pues está en cartera por parte de todo el mundo. No están calificadas las condiciones políticas para abordar asunto tan delicado. Imagino que en la campaña electoral las formaciones políticas van a dar un bosquejo de lo que debe ser esa ley, para presentarla en serio, cuando esté calificada la participación municipal Francisco Herrera: EI de espera, el de dejar, tranquilamente, pasar el tiempo. José María Alvarez del Manzano: El Ayuntamiento va perdiendo competencias en favor de la Comunidad Adolfo Pastor: Los grupos políticos de la Asamblea no han estado dispuestos a entrar en el asunto Juan Barranco: Lo principal es que nazca con voluntad de consenso ticas madrileñas. Creo también que esta Ley, por el rango y la importancia que tiene, tendría que conseguir también la voluntad, el acuerdo y el consenso de todos los grupos políticos de Madrid. Creo, por lo tanto, que, además, de ser una ley muy importante y delicada, hay que llevarla adelante con una gran prudencia, con contactos previos entre las fuerzas políticas, e intentar, por todos los medios, garantizar que el proceso sea abierto, participativo, flexible, que garantice al final el mayor consenso posible sobre la ley. El consenso a nivel municipal, a nivel autonómico y de los máximos representantes de nuestro Estado en las Cortes Generales. Como se puede imaginar esto no es sencillo. Puede traer problemas también de suspicacias, con otras regiones de nuestro país. A mi juicio, es un tema que hay que llevar con extremada prudencia, con mucha delicadeza, con una gran flexibilidad y, sobre todo, con una volun- Así debe ser Por último, hemos preguntado a todos los encuestados, cómo debe ser, a su juicio, la Ley Especial de Madrid y cuáles deben ser tad política clara desde el principio de buscar la unanimidad y el acuerdo de todas las fuerzas políticas Joaquín Leguina: Sé cómo se define en negativo: a) No puede tocar el Estatuto de Autonomía, b) No puede tocar la Ley de Régimen Especial c) No puede abrir agravios comparativos. En positivo sé que debe de establecer las obligaciones de la Villa para con el Estado y las obligaciones del Estado para con la Villa. Es posible que de ahí deriven derechos económicos y políticos José María Alvarez del Manzano: Como algo de vital importancia, para la ordenada administración de esta ciudad y que evite la actual laguna legal, que produce fricciones permanentes de competencia, entre las diversas Administraciones que concurren en el espacto territorial de Madrid: la Estatal, la Autonómica y la Local. Las lineas esenciales de una Ley Especial han de abordar la debida delimitación de competencias, en la triple conjunción de las Administraciones citadas, especialmente en temas tan conflictivos como la seguridad ciudadana, el urbanismo, la descentralización de funciones, las exigencias fiscales o el régimen fiscal, la participación vecinal, los transportes y la Sanidad. Internamente, en el Municipio de Madrid han de resolverse la coordinación, entre las funciones asignadas a las Juntas de Distrito, con las propias de la Comisión de Gobierno y con las específicas de la función pública. Han de decidirse las competencias entre el alcalde y el Pleno municipal, a mi juicio, insuficientemente resueltas en la Ley de Bases de Régimen Local y con el resultado de un exceso de atribuciones al alcalde. Han de redefinirse, en Madrid, la existencia y función de los directores de servicio. Ha de fijarse la responsabilidad real de los órganos políticos y las personas que los integran. Ha de valorarse el costo fiscal de la capitalidad y el costo real de los servicios que de la misma se derivan y que aquí, en el municipio, y por el propio municipio, se prestan y encontrar una fórmula económica compensatoria. Han de encontrarse fórmulas específicas en la participación vecinal que está simplemente mencionada, pero que solamente un desarrollo ordenado hará viable una auténtica participación vecinal Adolfo Pastor: En la perspectiva actual hay que esperar. En la perspectiva futura habrá que saber primero qué pasa con la Ley de Financiación de las Haciendas Locales. Una Ley de Régimen Especial para Madrid iplil TU RQUESTAN w Nü wm LA CASA MAS ANTIGUA DE ESPAÑA EN ALFOMBRAS ORIENTALES ALFOMBRAS LEGITIMAS DE PERSIA, ASIA MENOR

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