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ABC MADRID 24-01-1987 página 69
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ABC MADRID 24-01-1987 página 69

  • EdiciónABC, MADRID
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SÁBADO 24- 1- 87 ESPECTÁCULOS ABC 69 Los artistas y su integración en la Seguridad SocialManuel Feyoo Sánchez Julia Trnjíllo I 3 I El Ministerio no debería haber aprobaPresidente de la Asociación de Empresarios de Circo -I do el decreto sin escuchar a las dos partes. Hizo caso a los que más bulla armaron en la calle. Actriz No se puede perseguir a los artistas que trabajan en el extranjero para defendernos de posibles pagos injustificados Justo Alonso Productor Me parece raro que se cotice por un señor que ya no está en nomina Repercutirá en los precios de taquilla t Incide negativamente al aumentar des- -I mesuradamente los costes de producción. En primer lugar, porque los actores, al cotizar por u. sueldo real, sufrirán un descuento aproximado del veinte por ciento de su sueldo, loyqüe provocará un reajuste salarial, con et consiguiente aumento de costes. En segundo lugar, la subida de cotizaciones a cuenta del productor supone en algunos casos un mil por ciento sobre las cotizaciones actuales. Naturalmente nos veremos obligados a repercutir los costes en los precios de taquilla. Sobre todo los productores, como en mi caso, en qué actúo libremente y no solicito apenas ayudas ministeriales, y como ejemplo, en mil novecientos ochenta y seis, de ocho producciones realizadas sólo he tenido ayuda en una. El hecho de la subida de precios en las localidades puede provocar un descenso de espectadores, con lo cual afectará también a los autores, puesto que disminuirá la presencia de las obras en cartel I 2 I La aceptación por ambas partes de coI tizar a la Seguridad Social por las tablas salariales y únicamente por los días trabajados, como sucede en el resto de los sectores integrados en la Seguridad Social. Debería haberse escuchado a los productores, como lo solicitaron sin ser escuchados. Hubiera sido prudente, pues hay precedentes de anteriores conversaciones. En este caso nos han ignorado. 3 m H a) El conflicto que nos crea es gravísimo. Los artistas españoles trabajan también en otros países. Si aquí lo hacen, por ejemplo, dos meses y seis en el extranjero, ¿por qué habremos de cotizar todo el año por ello? ¿Es que tendremos que perseguirles para averiguar dónde trabajan en el extranjero con el fin de defendernos de posibles pagos injustificados? b) Hay que tener en cuenta que una atracción de circo normalmente está compuesta por una familia o troupe donde como mínimo hay dos o tres personas y en la mayoría de los casos hasta ocho o diez artistas componen la atracción. Los artistas que van solos son casos mínimos dentro del espectáculo circense. I 2 I Los puntos 1, 3 y 4. En el mismo de creto se contempla el pase af Régimen General de los viajantes. El sistema podría aplicarse a los artistas o simplemente que se les incluyera en el Régimen de Autónomos. Naturalmente, en lo económico y en la incertidumbre de tener que cotizar en un futuro por un trabajador que ya no pertecene a su nómina. I 2 I Justo el que pertenece a lo dicho anteI riormente. Me parece raro que se cotice por un señor que ya no está en plantilla. 3 No solamente con las empresas, sino con el Ministerio de Cultura y con una Comisión de actores. Antonio Amengual Productor teatral Hay muchas zonas oscuras en el real decreto y puntos que perjudican por igual a todos B S Sería conveniente que se tratara el decreto contemplando en profundidad las peculiaridades del trabajo de los artistas de circo y de la explotación empresarial. Ya que los artistas de circo no guardan en su actuación y tipo de trabajo relación alguna con los otros artistas. De tal manera que puede suponer (a desaparición de la mayor parte de los promotores teatrales, ya que la subida de cuotas tanto a priori como al final es totalmente impracticable. Creo que es e primer caso en la historia teatral en que no se puede saber cuánto graba definitivamente a la empresa la Seguridad Social hasta después de finalizado el año. E Juan José Seoane Productor teatral Manuel Manzaneque Productor Lo farragoso y confuso del decreto puede llevar a diversas interpretaciones Teniendo en cuenta que el decreto es farragoso, confuso y difícil de entender, puede llevar a diversas interpretaciones del mismo. La Seguridad Social encarece un promedio de unas ochocientas pesetas por persona y día al teatro, lo que supone, para una compañía normal, cerca de diez mil pesetas diarias. La ley tampoco está clara, porque con el epígrafe entregas a cuenta nunca se sabrá en qué situación se está con la Seguridad Social. También este decreto se contradice con el AES, en el que se prometía que bajaría la Seguridad Social y así se sube hasta un doscientos por cien. I 2 I En la mayoría de los países europeos, 1 los actores son autónomos, ya que ejercen una profesión liberal muy especial, en la que se cobra mucho porque no se sabe el tiempo que se va a trabajar. Que las bases fueran más bajas, con las mismas características que disfrutaban los artistas en el Régimen Especial. Se tenderá a contratar a actores que estén constantemente trabajando m Fundamentalmente en un incremento en cuanto a las bases de cotización. En el caso más beneficioso para el productor de espectáculos, dicho incremento es el del cien por cien y se está expuesto a una varible extraempresarial en función del número de días que el artista trabaje, si es que éste trabaja con otra empresa o se queda parado después todo el año, caso que ocurre a muchos artistas con frecuencia al término de un contrato. a Hay muchas zonas oscuras en el real decreto, pero fundamentalmente hay dos puntos que perjudican por igual á todos, productores y artistas, y que, en mi opinión, tendrán que ser forzosamente variados. Me refieran concretamente: a) Que las cantidades ingresadas sean consideradas a cuenta para al final del ejercicio reclamar la cotización definitiva marcada. Esto en la práctica tanto para la empresa como para el artista será de muy difícil cumplimiento, si no imposible. b) Que si no se alcanzan las cotas máximas de cotización mediante actuaciones, se coticen por el porcentaje sobre el suelo real cobrado por todos los conceptos. Paradoja clara: a menor trabajo más descuento y más impuestos. I 2 I El artista más débil o que se contrate I- -I con menos frecuencia a partir de esta ley quedará en franca desventaja con otros compañeros, porque las empresas de producción, como es lógico, tenderán a contratar actores que estén constantemente trabajando. S Debería haber reunido en una mesa de negociación a una comisión de actores, productores, técnicos del espectáculo, con una representación del recientemente creado Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, del Ministerio de Cultura. Bueno, es que me parece elemental que un real decreto que afecta a la profesión teatral se haga y se discuta al menos con informe de la Asociación Nacional de Productores de Teatro. Así los problemas que ahora pueden surgir y que pueden dar al traste con la profesión, no por una postura de intransigencia, sino por auténtica imposibilidad física de hacer frente a ese coste impensable, se habrían solucionado antes de ser publicado el decreto. Así no se daría el caso, por ejemplo, de que la Compañía Lírica Española, que se fundó en 1974, y no ha dejado de actuar durante estos años, puede verse si Dios no lo remedia, en trance de desaparición.

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