ABC MADRID 23-09-1986 página 52
- EdiciónABC, MADRID
- Página52
- Fecha de publicación23/09/1986
- ID0001566805
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52 ABC ABC DE LA EDUCACIÓN -Enseñanzas medias- MARTES 23- 9- 86 Maravall resucita el régimen disciplinariofirmado por Mz- Giménez hace treinta años 1 bajo rendimiento académico es considerado falta sancionabie Madrid; Miguel Uñarte El deterioro real de la disciplina en los centros de Enseñanzas Medias pretende paliarse por el Ministerio de Educación y Ciencia de modo provisional hasta que se dicten las normas de desarrollo de la LODE en esta materia. Para ello se establece un catálogo de faltas y sus correspondientes sanciones, si bien para su aplicación deberá producirse la audiencia previa del interesado y la correspondiente autorización del Consejo Escolar del centro. La circular del directot general de Enseñanzas Medias, José Segovia, sobre el curso 86- 87 está siendo contestada, entre otras cuestiones, por resucitar el decreto de disciplina académica de 1954, elaborado durante la estancia de RúizGiménez al frente del Ministerio de EducaciónEntre las faltas consideradas graves figuran: el deterioró intencionado del material e instalaciones del centro, la insubordinación contra los profesores o miembros del Consejo Escolar. Estas faltas graves pueden llevar aparejada la expulsión del centro durante todo el curso o la inhabilitación perpetua para cursa estudios en cualquier centro docente. Curiosamente se señala en la circular que deben evitarse las expulsiones temporales inferiores al curso completo para no afectar el sistema de evaluación continua. A juicio de José Segovia, puestos a expulsar a un alumno hay que expulsarle todo el curso, es preferible para la buena marcha de la evaluación continua. En la EGB, sin embargo, según el Reglamento de 1838 que no ha sido expresamente derogado, la expulsión definitiva es ia úitima sanción, y se contempla la expulsión temporal de la escuela. Se da también la circunstancia de que alumnos que permanecen en la EGB hasta los dieciséis años, bien en la enseñanza normal o en la compensatoria, están sometidos a un régimen disciplinario sensiblemente más suave que otros alumnos de quince años que hayan pasado a las Enseñanzas Medias. Los profesores no tienen revisión salarial Madrid. J. M. V. El Sindicato Independiente de Funcionarios de la Enseñanza, integrado en CSIF, ha denunciado el incumplimiento de la cláusula de revisión salarial incluida en el Acuerdo Económico y Social. Según el AES, si la inflación en 1985 era superior al 7 por 100, se debería aplicar una revisión salarial de modo automático. Dicha revisión no ha sido puesta en práctica para los funcionarios. Además, según SIFE- CSIF, el incremento retributivo del 5 por 100 previsto para 1987 no va a paliar la pérdida de poder adquisitivo del profesorado. Este sindicato considera que el retraso en la celebración de elecciones sindicales en la función pública puede evitar la defensa de los intereses de los docentes. Valoran positivamente, sin embargo, la disposición del ministro Joaquín Almunia, a revisar el proyecto de ley para aproximar las condiciones de representación en el sector público y en el sector privado, de modo que, aspectos tan importantes como el de la negociación de las retribuciones o la aceptación de arbitraje, en caso de desacuerdo entre la Administración y los sindicatos, puedan ser recogidos en el nuevo proyecto. Asociaciones de padres contra la obligatoriedad del valenciano ferencias en estas últimas a la necesidad de revisar la programación del curso. Se detalla en la circular de Enseñanzas Medias las funciones y competencias de seminarios, departamentos, divisiones, áreas y secciones, con indicación del horario del profesorado y los horarios y distribución de las actividades académicas. Resulta indicativo que se recuerde a los secretarios de los centros la improcedencia de calificaciones numéricas en vez de las establecidas en el decreto de 1970. La Dirección General es extremadamente previsora, o realmente existen aún secretarios que utilizan tales calificaciones. Alicante. V. Pastor Chilar La Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos castellanoparlantes en la Comunidad Valenciana y la Coordinadora Pro Libertad de Enseñanza del Valenciano acaban de celebrar una reunión conjunta en el Ayuntamiento de Ayora, durante la que adoptaron los siguientes acuerdos: que la enseñanza de la lengua valenciana no sea obligatoria para los castellanohablantes ahora ni nunca. Que la enseñanza del valenciano no sea obligatoria en ninguna zona ni en ningún nivel educativo. Que no reduzca tiempo destinado a otras asignaturas. Que no constituya mérito para acceder a puestos de trabajo en organismos oficiales y que se implante sólo en los centros que la soliciten. La Federación de APAS castellanoparlantes de la Comunidad solicita a las restantes APAS valencianas que se adhieran a sus conclusiones, si coinciden con ellas. Reclamaciones Entre las faltas menos graves resucitadas por la circular de principio de curso figura el rendimiento académico por debajo de las posibilidades y capacidad esperadas. Las sanciones en este caso pueden ser la pérdida de los derechos de matrícula o la pérdida de beneficios de protección escolar. Junto a esta posibilidad de falta, la circular establece el procedimiento para atender las posibles reclamaciones por disconformidad con las calificaciones otorgadas. Al comparar las instrucciones de principio de curso para Educación Básica y para las Enseñanzas Medias se observa la falta de re- BUSCA TU CLASE INGLES endish acadetm La CEAPA, contraria al decreto de asociaciones de padres Madrid. Agencias La Confederación Española de Padres de Alumnos (CEAPA) ha declarado que el decreto que, como desarrollo de la LODE, regula las asociaciones de padres de alumnos, no sólo supera ninguno de los problemas que hasta ahora existían, sino que además da pie a distintas interpretaciones que pueden interferir la normal autonomía de funcionamiento de las asociaciones de padres alumnos. Ante tal situación, la CEAPA se muestra preocupada por su aplicación en los centros y ha decidido plantear a la Administración Educativa la posibilidad de modificar, entre otros, los artículos 5. 7. 9. y 10. del mencionado decreto. TIENE CLASE DE INGLES Tels. 445 09 98 445 06 60 Fernández de la Hoz, 7- 28004- Madrid