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ABC MADRID 03-06-1986 página 29
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ABC MADRID 03-06-1986 página 29

  • EdiciónABC, MADRID
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MARTES 3- 6- 86- NACIONAL -ABC, pág. 29 Concluyen más de dos años de pugna judicial y política Madrid La sentencia de la Sala Primera del Supremo publicada ayer pone fin a una larga pugna, iniciada en enero de 1984, entre el Ministerio del Interior y la coalición abertzale El hecho de que este prolongado pulso se haya dirimido ante los tribunales no oculta el transfondo político que lo ha animado. Así lo han admitido en reiteradas ocasiones distintos portavoces de Interior, al manifestar: Agotaremos todas las vías legales para impedir la legalización de Herri Batasuna El proceso comenzó cuando la Dirección General de Política Interior rechazó la solicitud de Herri Batasuna para ser inscrita como partido político. El Ministerio del Interior alegó motivos formales En diciembre de aquel mismo año, el 1984, Herri Batasuna volvió a solicitar su inscripción y, ante la nueva negativa oficial, presentó un recurso contencioso- administrativo ante la Audiencia Nacional. El 31 de marzo de 1985, la Audiencia dio la razón a la coalición vasca y anuló el acto administrativo de Interior, a la vez que ordenó la inscripción de HB en el registro de partidos políticos. La Audiencia sentenció que eran otras las razones, y no de carácter formal, las que animaban al Ministerio del Interior a pedir la ¡legalización de Herri Batasuna. Agotada la vía administrativa y siguiendo la sugerencia que el Supremo hizo ai denegar el recurso del abogado del Estado, el Ministerio Fiscal, a instancias del Ministerio del Interior, inició una nueva vía civil ante el Juzgado número quince de Primera Instancia de Madrid. El fiscal pidió la ¡legalización de HB por considerar que sus estatutos no mencionaban un expreso acatamiento a la C o n s t i t u c i ó n Sin embargo, e! citado Juzgado falló también a favor de la coalición vasca. El fiscal recurrió a la Audiencia Territorial de Madrid, que también rechazó, en octubre de 1985, sus argumentaciones. El recuro de casación ante el Supremo era la última instancia a la que el fiscal podía acudir. Así lo hizo, en diciembre pasado, con los resultados ahora conocidos. Cabe anotar que en el curso del proceso HB modificó sus estatutos señalando que sus promotores son subditos españoles por imperativo legal El Supremo da luz verde a la legalización de Herri Batasuna Interior ha de inscribir a HB en veinte días Satisfacción en los medios nacionalistas dei País Vasco Vitoria. A. Hernando El fallo del Tribunal Supremo en favor de la legalización de la coalición abertzale radical de izquierdas Herri Batasuna, al desestimar el recurso del ministerio fiscal, ha tenido una acogida desigual entre las fuerzas políticas del País Vasco. Dentro de las fuezas nacionalistas con implantación en el País Vasco, el PNV ha sido el que más ampliamente ha expresado su opinión sobre la cuestión. Así, fuentes próximas a la Ejecutiva nacional del nacionalismo moderado eran rotundas al manifestar que esta sentencia nos satisface profundamente porque hace justicia y ha legalizado una situación legal de hecho Ahora lo que hace falta- añadía- es que HB se legalice a ella misma acudiendo al Parlamento vasco. Por su parte, Euskadico Ezkerra, a través del coordinador del grupo parlamentario en la Cámara de Vitoria, Javier Marquiegui, valoraba también positivamente esta decisión. Mientras, los socialistas vascos, a través de su vicesecretario general, Juan Manuel Eguiagaray, se mostraron más que prudentes y cautos. Madrid. J. A. Gundín La Sala Primera del Tribunal Supremo ha dado luz verde a la legalización de Herri Batasuna al rechazar el recurso interpuesto por el fiscal contra una sentencia- también favorable a H B- de la Audiencia Territorial de Madrid. El Ministerio del Interior dispone ahora de un plazo de veinte días para inscribir a la coalición abertzale en el Registro de Asociaciones y Partidos Políticos. La Sala Primera del Tribunal Supremo, compuesta por Ángel Escudero del Corral, Jaime de Castro, Rafael Casares, Mariano Martín- Granizo y Antonio Sánchez Jauregui, ha sentenciado que no existen indicios racionales de ilicitud para denegar la legalización de la coalición abert z a l e H e r r i B a t a s u n a La sentencia del Supremo, fechada el 31 de mayo, rechaza los argumentos presentados por el ministerio fiscal. El fiscal ha mantenido a lo largo del proceso civil que de los estatutos de Herri Batasuna se deducían indicios racionales de ilicitud penal, por lo que era congruente rechazar la legalización de la coalición. Sin embargo, tanto el Juzgado de Primera Instancia número 15 de Madrid como la Audiencia Territorial sentenciaron en su día que no se presentaban tales indicios. No obstante, el fiscal estimó que la Audiencia se equivocaba en dos cosas: en apreciar la prueba y en interpretar la ley de partidos políticos. Con esta argumentación acudió al Supremo. La sentencia del Supremo no admite la postura dei fiscal y señala textualmente que los estatutos conteniendo la delimitación de la voluntad externa no presentan los indicios racionales de ilicitud penal... que pudieran impedir la inscripción del promovido partido político El Supremo subraya que son cosas bien distintas los estatutos de Herri Batasuna y la actividad que presuntos miembros del partido, aún no constituido, hayan podido desarrollar, dando lugar con una conducta, que no es dable atribuir a una persona jurídica en formación, a un reproche de ilicitud penal para ésta En consecuencia, el Supremo viene a señalar que no cabe denegar la legalización de HB por la actitud de sus dirigentes si sus estatutos se ajustan a la Ley. ¿Qué sucederá si una vez legalizada Herri Batasuna, sus dirigentes siguen actuando contra principios constitucionales o consagrados en las leyes? La sentencia del Supremo toma en consideración esta hipótesis y se advierte que si Herri Batasuna, una vez inscrita en el registro, no desarrolla sus actividades dentro de los límites lícitos estatutarios, sino que actuara fuera de ellos por desabordar inadecuada e ilegalmente los principios o declaraciones contenidas en la manifestación de voluntad estatutaria que permitió su inscripción... es evidente que podría incurrir en la causa de disolución de la entidad política Esta advertencia es extensible a todos los partidos políticos. Rodríguez Hermida recurre al Supremo Madrid. El magistrado Jaime Rodríguez Hermida ha recurrido ante el Tribunal Supremo su expulsión de la carrera, decretada por el Consejo General del Poder Judicial en el Pleno que celebró el pasado 13 de mayo. La presentación del recurso, basado en la ley de protección de los derechos fundamentales, tendrá probablemente como efecto inmediato dejar en suspenso la medida de la expulsión. Este recurso se desarrolla paralelamente al de reforma que puede interponerse ante el Consejo, pero que ni Rodríguez Hermida ni el otro juez procesado por el caso Bardelino Ricardo Varón Cobos, han formulado. La Sala Tercera del Supremo, que es la que resolverá el recurso, deberá ahora oír al ministerio fiscal. Este podría coincidir con la comisión disciplinaria del Consejo y pedir que se mantenga la suspensión del magistrado hasta agotar el plazo legal máximo de seis meses. La figura del día La Sala Primera del Tribunal Supremo, que preside el magistrado Ángel Escudero del Corral, ha dado vía l i- bre a la legalización de Herri Batasuna. En el plano técnico- jurídico, la Sala Primera ha emitido una sentencia que en definitiva es ratificación de otras anteriores formuladas en idénticos términos. Por ello, y ante el asombro que puede producir la legalización de HB, hay que buscar la explicación en la actitud del Gobierno, que optó por la vía de los Tribunales- -cuyo resultado era previsib l e- y no por la vía legislativa.

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