Archivo ABC
ArchivoHemeroteca
ABC MADRID 04-03-1982 página 129
ABC MADRID 04-03-1982 página 129
Ir a detalle de periódico

ABC MADRID 04-03-1982 página 129

  • EdiciónABC, MADRID
  • Página129
Más información

Descripción

terior- que al estar totalmente liberalizados pueden concertarse libremente en el extranjero- lógicamente j; e requiere que nuestras Entidades aseguradoras estén en línea de competencia internacional, no sólo en el servicio que prestan sino en el precio o prime de seguro que perciben. Pero si la amplitud de las garantías y el nivel de las primas de los ¡seguros de transportes que se contratan en nuestro mercado son homologables a las que se obtienen en el mercado internacional, no ocurre lo mismo con los impuestos que gravan sus primas, ni con las normas administrativas que rigen para la contratación de los seguros en divisas, ni con las disposiciones que regulan la inversión de sus reservas técnicas. Todo lo cual debe ser revisado y agilizado para que nuestras Entidades aseguradoras no se encuentren en situación de inferioridad para competir en un mercado libre e internacional. Así, pues, para que nuestro seguro de transportes siga prestando el perfeccionado servicio que de él se espera; para que pueda resistir con éxito la total confrontación con el seguro europeo, a la que probablemente ha de verse plenamente expuesto en los próximos años, y para que siga aportando su grano de arena al equilibrio de nuestra balanza exterior precisa, con urgencia, de un moderno marco jurídico que agilice su control, que proteja mejor a los asegurados pero que, al propio tiempo, favorezca su de- sarrollo, armonizando su fiscalidad y la inversión de sus reservas con el seguro europeo y aumentando sus posibilidades de penetración en otros mercados. PROYECTO DE LEY El Proyecto de Ley de Ordenación y Fomento del Seguro Privado, sometido al Congreso de los Diputados y cuya promulgación como Ley formal se espera para el año en curso, satisface algunas de estas necesidades, al considerar Sociedades exportadoras a las Entidades aseguradoras que realicen parte de su actividad en el extranjero o suscriban, entre otros seguros, los de mercancías en régimen de transporte internacional y los de buques o aviones matriculados fuera de España, y al prever, la regulación de las operaciones que se contraten en moneda extranjera, con aplicación a sus reservas del principio de congruencia monetaria. Consecuentemente la nueva Ley, y las disposiciones que la desarrollen, deben contribuir a mejorar la competitividad y las posibilidades de exportación de nuestro seguro de transportes, por lo que confiamos en que un día, no muy lejano, éste llegue a contar con las mismas facilidades, y a tener las mismas oportunidades, que los de aquellos países más desarrollados, con los que está ya en libre competencia, en el comercio internacional. J. L. E. PUERTAS BLINDADAS ANTES DE BLINDAR SUS PUERTAS CONSÚLTENOS Somos fabricantes de cerraduras de alta seguridad por lo cual los p recios son de fábrica a cliente directamente. Exposición permanente. ASEGURADAS EN 2.000.000 PESETAS DURANTE EL AÑO DE GARANTÍA FACILIDADES DE PAGO C 0 NSA S. A. SEGURIDAD f CLARA DELREY. 31. TELS. 4135114- 96. MADRID- 2

Te puede interesar

Copyright (c) DIARIO ABC S.L, Madrid, 2009. Queda prohibida la reproducción, distribución, puesta a disposición, comunicación pública y utilización, total o parcial, de los contenidos de esta web, en cualquier forma o modalidad, sin previa, expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa, a salvo del uso de los productos que se contrate de acuerdo con las condiciones existentes.